Cómo elegir mi propio abogado en caso de accidente de tráfico
7 noviembre, 2018Cómo dar parte de accidente a mi compañía de seguros y elegir a mi propio abogado. Cobertura de Defensa Jurídica.
Acabo de tener un accidente de tráfico , en el que no he tenido culpa. ¿Qué hago? ¿Cómo comunico el accidente a mi compañía de seguros? ¿Quién paga a mi abogado ? ¿Puedo elegir yo abogado o me lo impone la compañía ? ¿recuperaré esos gastos de abogado?
Lo primero que debe hacer es rellenar adecuadamente el parte amistoso de accidente, con todos los datos, sobre todo los relativos a la identificación de los conductores, los vehículos y las compañías de seguro respectivas. Además si tiene alguna molestia o lesión, debería ir a que le vieran en urgencias ese mismo día.
Con el parte amistoso del accidente, si ha tenido el accidente en Almería, lo segundo sería contactar con un abogado especializado en accidentes de tráfico en Almería, para que le pueda tramitar todo, y derivar a un médico y/o rehabilitador para que le lleve a cabo la rehabilitación de sus lesiones, que si se hace dentro de las 72 primeras horas, lo normal es que entre dentro del convenio Unespa.
Luego, debería dar parte a su propia compañía, presentando una copia del parte amistoso, y comunicando la designación de abogado. Lo puede hacer o por correo electrónico escaneándolo todo, o presentándolo en una oficina de su compañía de seguros , sellándole una copia para quedarse Vd con constancia de su presentación.
Vd está en su perfecto derecho de designar el abogado que estime oportuno para defender sus intereses, y no tener que conformarse con los tramitadores de su propia compañía, que, seguramente, velarán más por los intereses de la aseguradora que los de Vd.
Así lo establece el artículo 76 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro: “el abogado y procurador designados por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador”.
Lo mejor es que designe a un despacho de abogados especializado en accidentes de circulación. Lo normal es que ese despacho ya se ocupe de todo, reclamándole a la compañía contraria.
Dependiendo de las garantías contenidas en su póliza, y en caso de designarnos a nosotros, nos ocuparemos además de que su aseguradora le reembolse los honorarios que satisfaga como consecuencia del accidente hasta el límite contratado (Defensa Jurídica).
Recuerde que muchas pólizas de seguro que la ley obliga a contratar, contienen un apartado relativo a la “Defensa Jurídica”; de tal forma que su propia aseguradora costeará, en todo, o en parte, y de acuerdo al contenido de la póliza, los gastos que la gestión de un Abogado particular pueda ocasionarle. Todo esto, independientemente de si existen condena de costas judiciales. Por lo que al menos recuperará parte de esos honorarios. Aunque piense que las compañías de seguro siempre intentan pagar lo mínimo, y se resisten siempre a pagar, pero al menos recuperará parte de los honorarios.
Puede contarnos su caso, para que se lo estudiemos y le informemos, sin ningún tipo de coste o compromiso.
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