Reclamar impuesto de plusvalía

22 mayo, 2017
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¿Qué hacer para reclamar la plusvalía si se ha vendido con pérdidas?

Como avanzábamos hace unos meses en un post anterior sobre la inconstitucionalidad del impuesto de plusvalía, puede comenzar ahora  un avalancha de reclamaciones tan grande como el de las cláusulas suelo,  frente a los Ayuntamientos que durante años han cobrado a los contribuyentes de forma automática el impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o coloquialmente conocido como “impuesto de plusvalía”.

Como para calcular la plusvalía,  las ordenanzas municipales de los Ayuntamientos (como por ejemplo las del Ayuntamiento de Almería, o las del Ayuntamiento de Roquetas de Mar)  establecen actualmente un método de cálculo completamente desfasado y  alejado de la realidad y del precio real de mercado de los inmuebles, -basándose en los valores catastrales, que la mayoría no han sido revisados desde hace años (estando aún muy elevados) y dando por hecho que de forma automática el inmueble se ha revalorizado tan sólo con el paso del tiempo, siempre salía a pagar.

Ahora el Pleno del Tribunal Constitucional en fecha 11 mayo de 2017 se ha pronunciado sobre la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4864-2016 promovida por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Jerez de la Frontera, en relación con el art. 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. A diferencia del pronunciamiento anterior, sobre el  impuesto local de plusvalía de Guipúzcoa, éste ya va con efectos generales, (a pesar de que todas las ordenanzas tienen un texto prácticamente idéntico).

Y por tanto en dicha sentencia ha declarado el Tribunal Constitucional que los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,  son inconstitucionales y nulos, en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor.

Por ello, si Vd ha vendido su inmueble con pérdidas en los últimos 4 años, (que pagó más al comprarlo que lo que le pagaron de precio de venta)  y sin embargo pagó el impuesto de plusvalía al Ayuntamiento, y quiere recurrirlo,  podemos ayudarle a reclamar dicho impuesto. Contacte con nosotros. Moya & Marín Abogados.

Comentarios

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2 Comentarios

  1. Alfonso gerez

    Buenas noches
    En 2005 adquirí una vivienda más plaza garaje en Almería,por un importe total de 165.000 €
    En enero 2017, vendí ambas propiedades por 146.500 €
    Estoy terminando ya de pagar la plusvalía de la venta y me gustaría saber de qué manera y si es posible recuperar ese dinero ya que son 4500€
    Podría contar con ustedes por si pueden llevarme el asunto y saber sus honorarios?.
    Gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Alfonso:

      ¿Cuándo recibió la notificación de la plusvalía? ¿Mostró conformidad con la liquidación propuesta?.
      Póngase en contacto con nosotros a través del correo electrónico para facilitarnos información y documentación.
      Un cordial saludo.

      Responder

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