Cómo interponer un desahucio de vivienda en Almería

16 octubre, 2023
Abogados en Almería » Noticias » Poner un desahucio en Almería

             Aunque la realidad es que los alquileres están muy altos, no lo es menos que existe escasez de viviendas en el mercado de alquiler, y que la legislación con la nueva Ley de la vivienda Ley 12/2023, de 24 de mayo,  y con las medidas de los Reales Decretos introducidos durante la pandemia que modificaban la Ley de Enjuiciamiento Civil, beneficia a los inquilinos en cuanto a poder dilatar el plazo de arrendamiento  y suspender los procedimientos de desahucio en determinadas circunstancias  y sin embargo perjudican a los arrendadores. Aunque lo cierto es que siguen existiendo buenos instrumentos legales para resolver un contrato de alquiler y pedir que desalojen el inmueble.

 

 

        Aunque previamente a explicarle qué hacer para interponer un desahucio,  les damos unos pequeños consejos previos para alquilar una vivienda en Almería si no quiere tener problemas:

  • Lo más importante es, previo a arrendar el inmueble, comprobar la buena solvencia del inquilino. Antes de firmar un contrato el candidato debería acreditar su solvencia con la nómina o pensión de sus últimos meses, ganancias si trabaja por cuenta ajena u otra forma de acreditar su patrimonio, o con un avalista etc… dado que esto va a ser fundamental a la hora de poder recuperar las cantidades en caso de impago .
  • Se puede consultar también si ese candidato a inquilino consta en algún fichero de morosos o incluso que pueda dar una carta de recomendación con las señas de otros caseros anteriores.
  • Asimismo le aconsejamos que realice antes un inventario de los muebles de la vivienda y con el estado completo del piso, con un reportaje fotográfico y que lo anexen al contrato.
  • Deben firmar un contrato de alquiler bien redactado (asesorados por un abogado), donde conste perfectamente el objeto del contrato y bien identificadas las partes, con algunas cláusulas importantes. Si quiere que le ayudemos con la redacción del contrato, estaremos encantados.
  • De cualquier manera le recomendamos que la renta y las cantidades asimiladas las ingresen siempre en una cuenta. Y domicilio a efecto de notificaciones el inmueble objeto de arrendamiento y una dirección de correo electrónico.

 

 

¿Qué pasa si mi inquilino deja de pagar la renta?

          Si su inquilino ha dejado de pagar una o dos mensualidades de la renta, debe ponerse en contacto con un despacho de abogados especialista en arrendamientos, para que primero le haga un requerimiento extrajudicial de pago a su inquilino, a ver si lo atiende o no. En ocasiones puede servir para regularizar su deuda, pero incluso si no paga todo,  pero devuelve las llaves resolviendo el contrato, también puede ser una opción beneficiosa para el arrendador.

           Si no contesta o lo rechaza, ya hay que acudir necesariamente a un proceso judicial para que un juez condene al pago de las rentas y resuelva en su caso el contrato.

 

 

¿Y si el inquilino paga y se pone al día?

          La ley permite que el inquilino pueda ponerse al día y  “enervar la acción” una vez, es decir, que la primera vez que se le requiere e insta el desahucio se le puede perdonar una primera vez. La segunda vez ya no.

 

 

¿Qué se necesita para interponer un desahucio?

Para interponer la demanda, necesitarán básicamente:

  • Acreditar la titularidad del inmueble (con una nota simple o con la copia de escritura) 
  • La copia del contrato de arrendamiento.
  • Realizar un apoderamiento apud acta electrónico  o un poder para pleitos en una notaría para facultar a un procurador/a que les represente en juicio.

Y aunque es el demandado el que tiene que probar en su caso el pago de la renta que se le reclama, vendría bien acreditar el impago de las mensualidades o cantidades asimiladas.

 

¿Dónde se interpone la demanda de desahucio?

            En todo caso, si la vivienda en alquiler está en Almería, el Juzgado que va “conocer” del asunto para realizar el desahucio debe ser un Juzgado de primera instancia de Almería. No caben la renuncia o  sumisiones expresas a otros fueros. La demanda se tiene que presentar en el Partido Judicial donde esté sita la finca.

 

 

¿Cuánto cuesta una demanda de desahucio en Almería?

              Dependerá de la renta pactada, de las mensualidades que se deban, y de la complejidad, pero orientativamente puede salir una demanda de desahucio desde los 800 €.

 

¿Cuánto tarda un procedimiento de desahucio en Almería?

               Depende mucho en qué Juzgado recaiga, dado que hay algunos Juzgados más lentos que otros. Sobre todo lo principal que tienen que hacer es incoar la demanda (que si tienen muchas pendientes pueden tardar), y notificar al inquilino ( que dependerá su agilidad del Servicio común de notificaciones) . Pero si no está el Juzgado colapsado y tienen disponibilidad de agenda el procedimiento en realidad podría ser muy rápido. Dado que se le requiere al demandado y se le dan 10 días para que pague, si no paga,  ni se opone, directamente se dictará sentencia declarando resuelto el contrato y se señalará fecha para juicio.

 

                     Si tiene algún problema con su alquiler de una vivienda en Almería, contáctenos.

 

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