Mi inquilino lleva siete meses sin pagarme ¿qué puedo hacer?
Consulta: Tengo un local en propiedad, el inquilino lleva siete meses sin pagarme, no sé si mandarle una carta a este hombre, diciendo que rescindimos el contrato y entrar por las buenas y cambiar la cerradura con un cerrajero, porque cierra muchos días, y luego reclamarle las rentas que me debe y los daños que encuentre en el local.
Ante todo le informamos que lamentablemente no puede hacer las cosas como Vd dice “por las buenas”. Al existir un contrato de arrendamiento vigente, Vd no puede arrebatarle la posesión del local al arrendatario, cambiando la cerradura.
Podría denunciarle por un delito de coacciones. La ley es garantista respecto al inquilino y se debe hacer todo a través del cauce legal. Un juez debe declarar resuelto el contrato por incumplimiento de las obligaciones del arrendatario, y luego acordar el lanzamiento (literalmente que lo desalojen del local, entregándole la posesión a Vd). Así como acordando debidas las cantidades de renta o asimiladas, para que se pueda ejecutar la sentencia, embargándole en su caso en concepto de estas sumas.
Para ello, debe Vd interponer una demanda de desahucio con reclamación de cantidades. Ahora funcionan más rápido los llamados “desahucios express”. Tal y como están previstos, es muy fácil que prospere su demanda, dado que es el inquilino el que si se opone debe probar fehacientemente que le ha pagado los meses que Vd dice que le debe. No al revés. Si no se opone, ni enerva la acción (esta es la oportunidad que se le concede al inquilino para ponerse al día, consignando todo lo que debe en el Juzgado y se le “perdona” por una única vez) directamente se decreta el desahucio sin necesidad de juicio, resolviendo el contrato, acordando fecha para el lanzamiento (desalojo) y reconociendo las cantidades que le deben.
Si quiere que le preparemos la demanda nosotros, o tiene alguna duda sobre el tema consúltenos https://www.moyamarinabogados.es/
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