Reanudación de los plazos judiciales tras el estado de alarma.
2 junio, 2020El Jueves 4 de Junio, comienzan de nuevo los plazos procesales
Tras la crisis sanitaria a consecuencia del COVID-19 y la plena suspensión de todos los plazos administrativos y procesales (acordados por medio de Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma), finalmente se van a reanudar todos los plazos, tanto de la administración de justicia (plazos procesales), como los de la administración pública (plazos administrativos), conforme a los arts. 8, 9 y 10 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo.
El día 4 de Junio tendrá lugar la reactivación, alzándose la suspensión de todos los plazos procesales. Aunque dicho alzamiento tiene la peculiaridad, de que se pondrá el contador a cero, de forma que no se considerarán los días ya transcurridos para cualquier requerimiento, plazo o interposición de recurso correspondiente, empezando a computarse a partir de esta fecha.
Asimismo, en algunos casos se han ampliado al doble los plazos para recurrir , caso de las sentencias o resoluciones ponen fin procedimiento notificadas:
-Dentro periodo suspensión ( desde 16 de Marzo a 3 de Junio) ,
-Y las notificaciones a partir del 4 de Junio dentro de los 20 días hábiles siguientes (del 4 al 17 de Junio).
Reanudación plazos administrativos: 1 de Junio
Asimismo, la suspensión de los plazos administrativos, dejará de estar vigente a partir del 1 de Junio, siendo ésta por tanto, la fecha de su reanudación.
Plazos de prescripción y caducidad: 4 de Junio
Por último, con efectos desde el 4 de Junio 2020, se alzará la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones, reanudándose desde este momento.
Si tiene alguna duda, consúltenos.
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