
En qué casos se puede impugnar un testamento.
Lamentablemente es algo que sucede de forma muy frecuente, que por disputas familiares y económicas, entre herederos o incluso entre el causante y sus herederos, existen verdaderos conflictos con la herencia dejada por el fallecido. Habiendo herederos que no están en absoluto de acuerdo con dicho testamento.
En ocasiones puede ser un heredero que ha coaccionado al testador a realizar el testamento en su beneficio, o que el testador no se encontraba en plenas facultades para saber lo que hacía. O que se ha hecho sin cumplir los requisitos legales. Si el testamento no se ha otorgado legalmente se puede pedir su nulidad.
Veamos los supuestos:
- Que se otorgara el testamento, estando el otorgante del testamento incapacitado judicialmente por un juez. O que el testador fuera menor de 14 años. En ese caso, es fácil demostrar
- Cuando su consentimiento estaba viciado. Si no estaba el testador en sus plenas facultades, teniendo Alzheimer, demencia senil. Estas circunstancias deberían ser acreditados con informes médicos.
- Que se realizara el testamento bajo amenaza, intimidación o engaño de alguien. En el caso de acreditarlo, obviamente no sólo se declarará su nulidad, si no que son delitos tificados en nuestro Código Penal.
- Si no se ha respetado los tercios legales de legítima, mejora, y libre disposición, o si se ha ignorado a algún heredero forzoso.
- Si se ha desheredado a alguien de forma injusta.
El plazo para solicitar la nulidad de un testamento, aunque es interpretable , sería de 15 años, desde el fallecimiento del causante o desde que se tuviera conocimiento del testamento.
Si tiene alguna consulta relativa a una impugnación de testamento, consúltenos. Moya & Marín Abogados.
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