¿Cómo cancelar mi hipoteca?

16 octubre, 2018
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¿Qué debe hacer cuando quiera cancelar su hipoteca?

Cuando se alcanza la última cuota hipotecaria o se realiza una amortización hipotecaria,  hay que hacer una serie de trámites para poder actualizar dicha información en el Registro de la propiedad.

Es cierto que ya no se le debe nada a la entidad bancaria, pero la vivienda tiene una carga inscrita, que hay que proceder a cancelar, para evitar problemas en el futuro (ya que es necesario si se quiere pedir una segunda hipoteca, o si se quiere vender el inmueble).

El banco en la mayoría de ocasiones ofrece la posibilidad de tramitarlo a través de su propia gestoría, pero si lo quiere realizar directamente el cliente (ahorrándose gastos), estos son los pasos que se tiene que seguir para realizar una correcta cancelación:

  1. En primer lugar, hay que solicitarle al banco un certificado de saldo de deuda cero. Dicho documento acredita que el préstamo se encuentra amortizado económicamente y que no se le debe nada por ello.  Generalmente dicho certificado tiene que ser solicitado por escrito en el propio Banco, y tarda unos días en que se lo faciliten.
  2. Una vez obtenido el certificado, hay que llevar el mismo a una notaría, así como una copia de la escritura de constitución de préstamo hipotecario y una nota simple actualizada de la finca registral. En la notaría preparan una escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca, y llaman a los apoderados del banco para que vayan a firmar (ya que sólo ellos tienen que comparecer ante el notario).
  3. Posteriormente hay que recoger la escritura del notario y pagar el importe de la misma. Los gastos de dicha escritura son por cuenta del requirente (el cliente), y la minuta va a en función del importe del préstamo hipotecario. (Puede rondar los 150-200 euros).
  4. Una vez lista la escritura, hay que llevarla al Registro de la propiedad donde la vivienda se encuentre inscrita. El acto está sujeto al impuesto sobre actos jurídicos documentos, aunque exento (así que es posible que algunos Registros, exijan el formulario 600 rellenado de la Delegación de Hacienda, aunque no hay que pagar nada por él).

El registro tardará unos días en levantar la carga del bien, y los gastos de dicha inscripción son también a cargo del cliente.

Si necesita más información o desea que lo tramitemos por usted, no dude en contactar con nosotros.

Comentarios

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4 Comentarios

  1. Alex

    Hola, buenas tardes, mi banco solo hace que darme largas para enviar a un apoderado a la notaria para que firme la cancelación de la hipoteca (la notaria ya tiene en sus manos el certificado de deuda cero que me emitió el banco).

    Tengo el piso vendido (solo falta que el banco firme dicho documento para escriturar la venta) y por culpa de una simple firma de algo que tengo debidamente pagado, voy a perder la venta.

    ¿Hay algún marco legal para poder denunciar al banco y que acudan a firmar?

    ¿De perder la venta por culpa de este motivo, habría alguna forma de denunciar al banco y reclamar el dinero que he perdido con la venta?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Alex:
      Le aconsejamos interponga un requerimiento por burofax al banco dándole fecha
      para personarse en la notaría, y advirtiéndole de que en caso de que no comparezca
      y se frustre la compraventa que tiene apalabrada, le reclamará a la entidad bancaria
      los perjuicios que se causen. Si quiere que le asesoremos más, póngase en contacto
      con nosotros en moyamarin@moyamarinabogados.es

      Responder
  2. Juan González

    Hola, estoy interesado en una cancelación de hipoteca, ¿podríais indicarme por favor cual es el importe de vuestra gestión para este trámite?

    Responder

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