Caso de que el arquitecto vaya poco a la obra o peor: Que no aparezca nunca

17 abril, 2018
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Defectos constructivos, reclamar al arquitecto de la obra.


El arquitecto, tiene el deber de vigilar y controlar la obra.

Este se erige en protagonista único del proceso material de la misma, conforme a lo proyectado, lo que le impone un plus del deber de vigilancia. Debe controlar y vigilar que la construcción se realiza conforme a la idea o al proyecto realizado por él mismo. Por tanto, ha de responder “por culpa in vigilando” de las deficiencias fácilmente perceptibles.

Debe inspeccionar, constatar y ordenar la correcta ejecución de la obra, lo que le impone la obligación de visitas asiduas, para proceder a corregir los eventuales defectos. Si el arquitecto reconoce que acudía poco porque no le llamaban o por cualquier otra excusa, a la obra, al no haber renunciado a su labor, ha de pagar con las consecuencias. El propietario de la obra, sobre todo si es un particular que se hace una casa unifamiliar, debe, sin timidez, llamarle para que vaya y decida cualquier duda. Si no le avisa, no le hace un favor “por no molestarlo”, todo lo contrario, si en el futuro hay problemas, dirá que no le llamaron.

Incluso si se trata de un promotor dueño de la obra que ordena, manda y dirige la obra en sus ausencias, no puede, el arquitecto, ampararse en la intervención de la propiedad, para eludir su responsabilidad, toda vez que o bien debía hacerlo constar en acta, o bien renunciar a la obra mucho antes. El Arquitecto debería haber presentado en su caso, un acta que contemplara las diferencias habidas con la propiedad y los cambios que ésta introducía

Las misiones del arquitecto podemos resumirlas en la proyección, dirección y vigilancia de la ejecución de las obras, por tanto:

  • Es de su responsabilidad, los mal llamados “vicios del suelo” si los hay, (realmente hay que decir “vicios de proyecto”), esto es, la consecuencia de un proyecto defectuoso que no ha previsto, o que no ha estudiado la composición geológica o topográfica del suelo y subsuelo.
  • El proyecto, debe cumplir todas las normas legales y reglamentarias.
  • La dirección y vigilancia de la obra son actividades difícil de separar, ya que el cumplimiento de una, implica la realización de la otra.

Si surge durante la construcción, un problema, daño, o algo nuevo a solucionar, de poco importa que se trate de elementos incluidos o no en el proyecto, pues la necesaria vigilanciade lo construido por el arquitecto, le exige una labor personal de cuidado, atención y celo, lo cual es imposible si va poco a lo obra, o peor, que si no aparece nunca.

Puedes contarnos tu caso, para que te informemos, sin ningún tipo de coste o compromiso.

Comentarios

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4 Comentarios

  1. jose luis molina fernández

    Buenas tardes, soy presidente de una comunidad en la que estamos ejecutando la obra de instalación de ascensor. Para ello se tuvo que derruir la escalera y reconstruir en estructura metálica según proyecto técnico. La dirección de obra puso la condición de que al no tener acceso el edificio durante un tiempo, se tendría que desalojar, lo cual se hizo con el consiguiente gasto en realojo.

    El edificio ya tiene acceso pues la escalera metálica ya está construida y todas las medidas de seguridad que indicó la dirección realizadas.

    La dirección de obra no estuvo en el arranque de la escalera ni en las primeras soldaduras de la misma, momento que creo crítico para corregir, comprobar calidades y resistencia, etc. Tampoco se pidió en ese momento el dictamen del laboratorio correspondiente para analisis de las soldaduras.

    Sí tengo entendido que le solicitaron al contratista varias veces la actuación del laboratorio sin que este les hiciera caso. La dirección no tomó ninguna medida al respecto como levantamiento de acta, visita a la obra y paralización parcial de tajos. El análisis se ha hecho con la escalera ya terminada. Hubieron algunas soldaduras que presentaban poros y el laboratorio no las validó hasta que se rectificaron. Tenemos constancia verbal del laboratorio, de que, una vez rectificadas estas, el informe es favorable.

    Cual es el problema? Que la dirección de obra, aún con el informe del laboratorio positivo, no se fía de la calidad de las soldaduras y pretende revisar todas las soldaduras de una escalera de cuatro plantas todo con cargo a la comunidad, claro.
    Esto supone un enorme perjuicio económico para la comunidad.

    Entiendo que hay una responsabilidad de la dirección por culpa in vigilando, por no haber hecho los controles en el momento inicial ni haber tomado las medidas oportunas. Me gustaría que me aclarasen este extremo. Muchas gracias.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Molina:

      Seguramente exista responsabilidad de la dirección facultativa, tanto
      por la falta de vigilancia en una fase crucial de la obra, como por la recepción
      de los materiales o ejecución de los trabajos sin el adecuado control. No obstante,
      para dirimir adecuadamente la responsabilidad legal de los intervinientes constructivos
      debe encargase un informe pericial. Nosotros colaboramos con varios peritos expertos en
      esta materia. Si quiere le podemos poner en contacto con alguno. Un saludo.

      Responder
  2. Adrian Martin Sanchez

    Nos estan construyendo una vivienta, esta al 60 %, el arquitecto tiene cobrado el proyecto a falta diereccion de obra, es hermano de mi mujer, queremos cabiar la forma del jardin dejarla plana y no hacer bancadas o cuestas pendientes en el mismo, que sea plactico y renunciar al diseño, que lo reflejamos el dia que nos enseño el proyecto haciendo caso omiso de ello, por este motivo renuncia al proyecto, despues de invertir hasta el ultimo centimo que disponiamos y pasar por todos los problemas concesion hipoteca, nos vemos impotentes, con ayuda sicologica, medicacion etc, tenemos algun derecho pues capricho de diseño

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Martín:
      Puede ser, si el arquitecto ha desobedecido algún deseo o instrucción de la propiedad,
      y no existen razones técnicas que justifiquen su variación. Coméntenos toda
      la información y mándenos si quiere la documentación a la dirección de correo moyamarin@moyamarinabogados.es
      para poder estudiárselo. Un saludo

      Responder

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