¿Se pueden recurrir las sentencias? Sí, con un recurso de apelación

27 febrero, 2018
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¿SE PUEDEN APELAR TODAS LAS SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA? ¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA HACERLO? ¿QUÉ MOTIVOS HAY PARA APELAR? ¿QUÉ PUEDE PASAR?


Cuando se obtiene una sentencia desfavorable en primera instancia (en la jurisdicción civil), como es popularmente conocido,  se puede recurrir en apelación, acudiendo –a las Audiencias Provinciales- a que revisen la sentencia en segunda instancia. Por lo general todas la sentencias son apelables, a excepción de que la cuantía del litigio no exceda los 3000 €, que suelen ser los verbales,  que no tendrá acceso al recurso de apelación.


TIEMPO PARA INTERPONER EL RECURSO.

¿Qué plazo hay para apelar la sentencia? Desde que es notificada la resolución, se tienen 20 días hábiles a partir del siguiente al de su notificación. Si no se apela en ese plazo, la sentencia será irremediablemente declarada firme.

MOTIVOS PARA RECURRIR.

Para interponer un recurso de apelación hay que fundamentar bien los motivos, no olvidemos que también en esta instancia existe condena en costas. Los principales motivos para apelar una sentencia:

Falta de motivación de la sentencia. Es decir que la sentencia de primera instancia no haya razonado debidamente por qué opta por unos argumentos y por qué desecha otros, el juzgador debe pronunciarse sobre todo lo que argumentaban las partes, no basta con rechazarlos de plano, deben ser adecuadamente motivados.

Incongruencia, que exista alguna contradicción en la sentencia entre lo razonado y lo resuelto o entre lo que piden las partes y lo que se concede.

Vulneración de algún precepto legal. Se deben citar las normas que se consideran infringidas. Legislación, artículos, doctrina etc..

Errónea valoración de la prueba practicada. Que se ponga en duda por qué el juzgador habiendo presenciado la práctica de la prueba (interrogatorios de partes, los testigos, la pericial o la documental) y siendo supuestamente las conclusiones que se obtienen claramente de una forma haya tomado una decisión opuesta.  Esto suele ser un cajón desastre, que los abogados utilizamos siempre.

–  Alegar una indefensión sufrida, como haber sido denegadas algunas pruebas trascendentales. Para ello hay que acreditar que se denunció oportunamente en su momento la infracción si se hubiese tenido oportunidad procesal para ello.

PRUEBAS EN SEGUNDA INSTANCIA.

Están muy tasadas por ley. Apenas se dan casos en los que se pueda practicar o añadir más pruebas a lo que se ha aportado ya en primera instancia. Como decíamos, deben haberse rechazado en la primera instancia, y acreditar su necesariedad o novedad. Pero lo normal es que las Audiencias Provinciales resuelvan con los mismos documentos y autos que resolvió el juez “a quo” (el de primera instancia).

TIPOS DE SENTENCIA

La sentencia de Segunda Instancia puede ser:

  1. Confirmatoria. Desestimando el recurso de apelación interpuesto y confirmando la sentencia de primera instancia.
  2. Revocatoria. Estimando integra o parcialmente el recurso de apelación y revocando la sentencia de primera instancia.

Puedes contarnos tu caso, para que te lo estudiemos y te informemos, sin ningún tipo de coste o compromiso para ti. Consúltanos

Comentarios

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103 Comentarios

  1. Fran

    El inss me ha puesto recurso de suplicacion por una incapacidad permanente total ganada en juzgado de primera instancia.
    Mi pregunta es si el tjs les hará caso a ellos o lo normal sería que me confirmen la sentencia?.
    No entiendo cómo el inss recurre y recurre.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Francisco:
      Aunque lo más habitual es que se confirme, obviamente dependerá de cómo está
      fundamentada la sentencia de instancia, el recurso del INSS, su oposición etc..
      En estos tiempos la Seguridad Social por la falta de liquidez evita a toda costa
      tener que pagar. Un Saludo.

  2. Jose

    Si un juez dicta dentencia de divorcio y yo apelo la sentencia en plazo de 20 dias:

    ¿Puedo hacer caso omiso de su sentencia, al no ser firme. o tengo que cumplir su sentencia y luego esperar a la nueba sentencia de apelacion?.

    Gracias.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. José:
      No es que tenga que hacer caso omiso, es que si la sentencia
      ha sido apelada, no es firme, y por lo tanto no se puede ni ejecutar
      ni tiene que acatarla, porque al estar pendiente de recurso puede revocarse o confirmarse.

      • doris aleida Gallego

        buenos dias
        he perdido dos veces el juicio de una herencia
        el problema es que mi suegra hizo el testamento con principios de Alzheimer
        por eso me quitan la herencia
        La familia dice que yo los indujo hacer todo ami nombre cosa que no es verdad
        mi esposo cambió con su madre antes de que el muriera
        que puedo hacer todo esta en mi contra
        también mi abogado desde el principio no hizo nada esperando desde el primer juicio al cual no fue
        me dicen que el no hizo nada desde el principio
        estoy desesperada

        • Moya Marín Abogados

          Estimada Sra Aleida:
          Por lo que dice, ¿quiere decir que tiene ya sentencia firme, dictada por la Audiencia Provincial?
          Si es así, poco más se puede hacer. Un saludo.

  3. Carlos

    Estimados Sres. ;

    Hay algún modo de recurrir una sentencia de juicio verbal para un importe inferior a 3.000 euros ?, he visto que por ley se han establecido restricciones.
    El juzgado de 1ª instancia ha dictado una sentencia absolutamente aberrante a la demanda presentada por mi.
    Relato de los hechos demandados : Solicito los servicios de unos profesionales, para realizar unos trabajos de enfoscado exterior, colocación de puertas y remates de ventanas, asi como la colocación de 2m2 de escayola, para cuyos trabajos me proponen un presupuesto de 2.200 euros,
    Se presentan el primer día cuatro personas, sin materiales ni herramientas,alegando que un colega que debía de haberles dejado el material no lo hizo, extraño, me solicitan que les entregue el 40 % del presupuesto, para poder comprar los materiales, a lo cual accedí, incluso ocupándome yo mismo de comprar materiales y herramientas.
    Esa primera jornada no hicieron prácticamente nada, a pesar de ser cuatro personas, y lo poco que hicieron, fueron daños, ya que las puertas colocadas, fijadas simplemente con espuma estaban mal colocadas y no se podían abrir, y hubo que rehacerlo íntegramente.
    Tras el primer día, ya no fue posible contactar con ellos, por lo que presento denuncia policial, verificándose que dos de estos cuatro individuos del este, tenían un largo historial de antecedentes.
    Aporto imágenes del trabajo realizado, solicitando en la vista poder hacer entrega de las facturas y la declaración gravada de un testigo, que no se me permite hacer.
    Es posible revocar al juez, por la forma aberrante de administrar justicia ?
    Agradeciéndoles de antemano, reciban un cordial saludo.

  4. antonio

    buenas tardes mi pregunta es la siguiente me encuentro inmerso en un caso penal por impago de pensiones el juez me condena sin pruebas en mi contra y presentando encontrarme en situacion de desempleo en el periodo que se me pide y habiendo realizado una modificacion de medidas que desestime el juez diciendoque lo civil no tiene nada que ver con lo penal bien me condena y un año pero tengo antecedentes por una condena anterior de lo mismo por que habia trabajado a intervalos en el periodo de 4 años que me pedian y en ina media de 30 o 40 dias por año por lo que me condenaron a pagar una multa que como no tenia dinero la cambie y tal no confio mucho en el recurso a la audiencia provincial y si la audiencia tambien ratifica la condena aunque como le digo no se presento nada por parte de la demandante solo la declaracion de elle y de 2 de mis hijos en la que solo dijeron que no sabian si tenia trabajo y la madre ademas que no le interesaba si tenia o no mi pregunta
    aunque ratifique la audiencia provincial y no me de opcion a recurrir puedo pedir un recurso de casacion al tribunal supremo ya que se vulneran mis derechos al condenarme sin pruebas y en la sentencia el juez dice que hay indicios por que de que voy vivir que he alegado que mis padre son los que me ayudan pero que no los lleve como prueba y en penal quien tiene que aportar las pruebas son la parte denunciante por lo que podria recurir¿

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Antonio:
      Espérese al resultado de la sentencia de la Audiencia, para ver si cabe o no casación.
      Un saludo.

  5. Andrea

    Estimados buenas tardes ,por favor su ayuda.
    A un cercano lo condenaron a 7 años de prisión y se lo rebajaron a 3 años. Esto fué hace dos días.
    Es posible apelar nuevamente para rebajar más ? esto es en Chile.

    Muchas gracias, quedo atenta.

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Andrea:

      Disculpe, pregúntele mejor a un abogado de allí , que conocerá mejor el código penal chileno.
      Está contactando con un despacho de abogados de Almería (España). Un saludo y que vaya bien.

  6. DORA

    Buenas tardes,

    A mi marido le acaban de notificar que su demanda a la empresa fue desestimada, creemos que hubo un poco de falta de interés por parte de nuestra abogada, pero en fin ya tenemos sentencia, lo que queríamos saber si podíamos recurrir ya que al finalizar la sentencia dice lo siguiente.
    A tenor de lo prevenido en el ariculo 138.6 de la LRJS, contra esta sentencia no cabe recurso de suplicación, de lo que se advertirá a las partes.
    Agradeceria nos ayudara con esta duda ya que si se puede apelaremos con otro abogado, gracias.

    • Moya Marín Abogados

      Buenos días Dª Dora:

      Necesitaríamos nos mandara la sentencia y la demanda presentada, para poder pronunciarnos
      sobre su recurribilidad. Mándelo a la dirección de correo electrónico moyamarin@moyamarinabogados.es . Un saludo.

  7. Erika

    Hola,

    Se puede apelar los costos judiciales?

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Erika:
      Sí, sí se puede apelar la imposición en costas. Siempre y cuando esté en plazo. Un saludo.

  8. Mariangeles

    Hola, con mi abogado he llegado al acuerdo que si yo cobro el también cobra ,si no es así, nada…
    He ganado el juicio en primera instancia, condenando a la otra parte en costas.El demandado ha
    recurrido en segunda instancia.
    La pregunta es. Si gano en segunda instancia y lo condenan otra vez en costas. Las costas a quien
    le corresponden a mi abogado o mi.
    Dándole las gracias de antemano. Saludos

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Maria Ángeles:
      Rige la libertad de pactos. Depende de lo que haya acordado Vd con su abogado. Pregúntele a él.
      Un saludo.

      • andrea

        hola una consulta que significa contesta agravios sin elevacion ?? el agravio lo contesto mi abogado que gane primera instancia y el demandado apeló. mil gracias

        • Moya Marín Abogados

          Estimada Andrea
          Creemos que ha habido una confusión. Está contactando con un despacho de abogados de Almería (España). Aunque
          tienen muchas cosas en común, el derecho argentino tiene diferencias con el español. Un cordial saludo y le deseamos suerte.

      • Carmen mauriz sanz

        He ganado un juicio,y el recurso,que puso la otra parte,Page 250 euros del recurso,porque m dijo mi abogada q lo pagase yo,q luego ya se lo sacaríamos s ella,todavía no he cobrado nada,eso es normal?porque lo Page yo ,si le correspondía a la otra parte por perderlo?

        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Carmen:
          La obligación del pago de los honorarios es de cada cliente con su abogado, si bien
          con la condena en costas judiciales puede recuperar del contrario sino todo, gran parte de ellos.
          Un cordial saludo.

      • Carlos

        Hola…tengo una consulta.
        He tenido un juicio en el cual le dan a la madre la custodia por 1 año, tenemos 2 hijos uno de 4 y una de 2 la de 2 no está escolarizada el de 4 Si…la madre se fue a unos 25 kilómetros a otro domicilio y el juez le da 1 año de custodia asta que la menor cumpla 3 años..el mayor esta escolarizado donde viviamos…la madre lo que quiere es llevarlo al colegio próximo a su casa…el juez le da la custodia a la madre pero el colegio me deja elegir donde dejarlo…se queda en el Que está y la madre ahora tiene que ir todos los días, a recurrido al provincial…pidiendo más años de custodia, más dinero pago 300e y quiere 500e y que le dejen decidir el colegio que me dio a mi el juez, yo cobro un subsidio de 430e y le pasó 300e puede el provincial pedirme los 50pe que quiere la madre y que le den el colegio también?
        Bueno…muchísimas gracias por su contestación, he de negarme a su recurso claro! Que tengo que decir en dicho recurso?
        Le podrían dar ahora a la.madre el colegio que quiere cuando el juez me concedió elegir a mi?
        Muchas gracias y espero que pase pronto este infierno.
        En el juicio de medidas nos dieron compartida, en el juicio definitivo 1 año custodia materna después de la pericial que también dictaminó esto asta que.la menor tenga 3 años ..el provincial cambiará esta sentencia?
        Saludos y disculpen por tantas preguntas.
        Muchas gracias
        Ya estoy pagando 3 meses los 300e que me pusieron para manutencion de los niños..la madre cobra sobre 800e más las ayudas por madre trabajadora más mis 300e es decir que ella tiene sobre 1200-1300e y a mi me quedan 130e en fin

        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Carlos:
          No podemos saber qué puede decidir la Audiencia Provincial, sin tener ni los recursos
          ni las oposiciones ni la sentencia (y ni aún así hay certeza). Pregúntele mejor a su abogado.
          Un saludo.

    • Jose

      Denuncie una diligencia médica y en el juzgado de Toledo en el contencioso administrativo denuncie al sescam y la diputación condenaron a sescam y lo gane apelar on en Albacete en el tribunal provincial de Castilla la Mancha y condenaron a la diputación de Toledo y no apelar on pues a hora no me quieren pagar y e tenido que demandar y a hora habrá juicio otra vez no lo entiendo y le hacen a mi abogado aportar pruebas eso es nomal

      • Moya Marín Abogados

        Estimado Sr. José:
        Pregúntele mejor a su abogado. Porque a nosotros ni siquiera se nos queda claro
        el asunto tal y como lo ha explicado. Parece ser que tiene Vd una sentencia
        firme a su favor en la que se condena al Sescam por negligencia médica, y que ahora deberá ejecutarla.
        Su abogado sabrá cómo actuar. Un saludo

  9. juan

    Hola me condenaron a un pago de 6500 € y 4 meses de prisión donde al estar pagando me suspendían la prisión, mas tarde al cabo de un mes no pude afrontar ningún pago.

    Ahora la sentencia me manda a prisión, la abogada de oficio no me hace caso, puedo pagar a un abogado para hacer una apelación a esa sentencia? puedo hacerlo por mi mismo? cuales serian los pasos?

    Muchas gracias

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Juan:
      La sentencia ya será firme y no la podrá apelar, y al no haber cumplido con los pagos
      ya no se acuerda la suspensión de la condena, pues es requisito obligatorio. Le aconsejamos consulte a su abogada de oficio
      por si puede hacer algo. Un saludo

      • Flori

        Si una sentencia es firme,la parte contraria puede recurir otravez?

        • Moya Marín Abogados

          Estimada Flori:

          Si la sentencia es firme, no, no se puede recurrir.

  10. Julio Cesar

    Hola Buenos días. Quería consultar un tema en particular.
    El demandado, pierde y hay sentencia firme de división de condominio. Luego fuera de tiempo presenta una solicitud de nulidad por no intervenir Adajus (son discapacitados). La Juez resuelve desestimar el planteo de nulidad. Cuanto tiempo tiene el demandado para poder responder esto? y si no lo hace en ese tiempo queda sentencia firme? Desde ya muchísimas gracias! Saludos

    • Moya Marín Abogados

      Buenos días Sr. Cesar:

      Tal y como nos comenta, si la sentencia era firme, y le han desestimado el incidente de nulidad de actuaciones al contrario, la
      sentencia sigue siendo firme, sin perjuicio de que deberá esperar un plazo de 20 días hábiles para pedir la ejecución, si no
      se ha previsto otro plazo en la resolución. Sin otro particular, un cordial saludo.

  11. Alfonso Fernández

    Buenos días. Me ha llegado una sentencia del tribunal superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada condenándome a pagar como empresario autónomo una cantidad de 14.600 euros por una sentencia que en su día fui absuelto por el Juzgado de lo Social de Jaén. Ahora me comunican que si quiero recurrir la sentencia debo depositar el dinero o entregar un aval bancario. Mi pregunta es, si no tengo el dinero, no puedo recurrir??? La sentencia está basada en mentiras fácilmente demostrables. Hay alguna posibilidad de recurrir??

    Un saludo

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Fernández:
      El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es el órgano superior en la comunidad autónoma, y como tal puede solicitar
      que se deposite dicha cantidad cautelarmente para recurrir. Consulte mejor al abogado que le haya llevado el asunto en primera
      instancia y lo conocerá sobre la viabilidad de recurso. Un saludo.

  12. Boris

    Buenas tardes a todos. Hace tiempo en la visita de un reparador de calderas nos facturaron 52 euros por la visita ( sin peparar naa )que nos negamos a pagar. Dentro de 2 meses viene un documento de juzgado de primera instancia en Madrid ( en la calle Princesa ) con unos documentos que me dan un plazo de 5 días para pagar los 52 €. Viene con mi nombre y DNI erroneo ( la letra es diferente )

    No he sido avisado para tal juicio para poder defenderme y un plazo tan corto me hace pensar que todo es un montaje.

    La empresa esa tiene 130 malos comentarios en google maps todos diciendo lo mismo que van solo para cobrar las visitas y no a reparar.

    Es posible salir una sentencia tan rápido? Es valida con mi dni incorrecto?

    gracias y que tengan un buen dia

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Boris:

      Nos suena todo un poco raro sí, mándenos si quiere la notificación que ha recibido a nuestro correo electrónico moyamarin@moyamarinabogados.es para poderle asesorar. Un saludo.

    • Rocio

      Buenis dias he tenido un juicio por el cuidado de mi hija menor y lo he ganado. Pero su padre recurrio. Me dice mi abogada que el dia 18 de noviembre hay una audiencia.
      Me tengo que pesenciar a dicha audiencia?

      • Moya Marín Abogados

        Estimada Dª Rocio:
        Pregúntele a su abogada. Un saludo.

  13. Santiago

    Después de un juicio verbal la sentencia ha salido en mi favor como demandante, se trataba de un problema de aguas en una parcela. La resolución indica que de forma inmediata la demandada ha de reponer las aguas como estaban y hacerse cargo de las costas. Tengo la duda si presentan recurso, la sentencia dice que dicho recurso carecerá de efecto suspensivo, sin que en ningún caso se proceda de forma contraria a la resolución. Esto último no lo entiendo del todo, si es que puede haber la posibilidad de que no cumpla la obligación dictada en la sentencia o si se juzgará de nuevo el caso

  14. veronica caballero

    buenos dias. hace una semana salio el juicio por la manutención de mis hijas. el fiscal solicita 6 meses de prision y accesoria, debiendo indemnizar a sus hijas en la persona de su madre en 1280€ mas el interés
    mi pregunta es: ¿es absuelto de todo? legal y las costas.
    el fallo

    . absuelvo al individuo de toda clase de responsabilidades criminal en el presente procedimiento, con todos los pronunciamientos favorables, declarando ser oficio las costa causadas.
    mi pregunta es ¿es absuelto de todo? ¿tendria que recurrir?.
    gracias

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Caballero:

      Para pronunciarnos, debería remitirnos la sentencia para poder leer exactamente el fallo de la sentencia en su contexto e indicarnos cuándo le fue notificada.
      Un cordial saludo.

      • Domingo

        Como se la envío?

  15. Felipe

    La audiencia me denego un recurso que la jueza ya havia aprobado se puede recurir ala audiencia

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Felipe:

      Mándenos el auto de denegación del recurso de la Audiencia en su caso para que podamos asesorarle.

      Un cordial saludo.

  16. Juan

    Interpuse una querella penal por estafa y falsedad documental y después del juicio acabo de recibir la sentencia absolviendo al acusado. Creo que no se han tenido en cuenta suficientemente mis pruebas contundentes.
    Es posible interponer recurso de apelación contra la sentencia ? En caso de perder nuevamente podría incurrir en costas ?
    Gracias.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Juan:

      Tendría que facilitarnos copia de la sentencia (y de la querella, documentos, declaraciones etc..)
      y saber cuándo fue notificada dicha resolución absolutoria para que le asesoremos sobre la viabilidad de recurrirla.
      Escríbanos si quiere a moyamarin@moyamarinabogados.es

      Un saludo

  17. Maria

    Buenas tardes…tuve un juicio por ocupar una vivienda porque no tengo trabajo ni ingresos, la ocupo con un niño de tres años, asuntos sociales me dicen que no tienen viviendas sociales para darme una, me dan dos meses para abandonar la vivienda…puedo recurrir la sentencia segun me han informado…si recurro cuanto tiempo tardaria en volver a tener noticias es en Guadalajara España,para que al menos tener tiempo dada mi situación a encontrar algo donde vivir. Gracias

    • Moya Marín Abogados

      Estimada María:
      Si tiene motivos para apelar la sentencia, le recomendamos que solicite abogado del turno de oficio. Seguramente
      retrase la ejecución de la sentencia unos meses, sí. Un saludo.

      • Henry vladimir Ruiz

        Hola buenas … me ha llegado una notificación de sentencia y el cual mi abogado a notificado para el recurso de apelación ‘ quería saber si puedo viajar o salir de España mientras …gracias

        • Moya Marín Abogados

          Estimado Sr. Vladimir:
          Por lo que comenta, parece una sentencia penal. Pregúntele a su abogado mejor, por si hubieran
          interpuesto contra Vd unas medidas cautelares. Un saludo.

  18. Maria Pilar

    Muchas gracias por la información y un cordial saludo

    • María Isabel

      Quisiera preguntarle si en un juicio por Accidente Laboral con Sentencia Desfavorable se Puede Recurrir ,Muchas Gracias

      • Moya Marín Abogados

        Estimada María Isabel:

        Sí, podrá recurrir siempre y cuando esté en plazo. Un cordial saludo.

  19. Palmira

    Buenos días.

    Hace unos días me salio la sentencia de un juicio penal.La otra parte ha recurrido……Tengo yo la obligación de contestar a ese recurso a través de un abogado??……….que coste económico me puede suponer,no siendo yo quien recurre??

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Palmira:

      Obligación no tiene. Si no se opone al recurso de apelación del contrario en forma, la Audiencia Provincial resolverá
      sobre si la sentencia es revocada o confirmada, independientemente de que se oponga Vd o no. Lo único es que no podrá Vd ilustrar
      a la Sala con sus argumentos para que se confirme la sentencia. Aunque si está personado el Ministerio Fiscal puede que sí se opongan ellos.
      El coste económico obviamente depende del tipo asunto y de su cuantía. Si quiere que lo estudiemos contáctenos a moyamarin@moyamarinabogados.es Un cordial saludo.

  20. Jacobo

    Hola buenas noches. Hace dos meses un perro de raza peligrosa (en adelante ppp) mató al mio (de pequeño tamaño 7,5 kg, con 11 años, en perfecto estado de salud y como uno mas de la familia). El ppp iba sin correa, sin bozal, carece de seguro y la licencia la están comprobando, siendo el ataque en un parque público con niños y gente, y para mas inri, tiene antecedentes por los mismos hechos a finales del año pasado. Mi perro lo tengo asegurado con el seguro de la casa. El departamento jurídico de la aseguradora (no el abogado del seguro o el abogado designado por mi) me ha dicho que por daños morales, en la tabla de valores, me darían 500 euros, cantidad que veo muy poca ya que lo hemos pasado bastante mal. Nosotros pedimos una cantidad mucho mayor (4000 euros mas gastos veterinario,229), Dicha cantidad nos comunica el departamento que es excesiva y que en la clausula de la póliza indica lo siguiente:
    «Cuando, por considerar que no existen posibilidades razonables de prosperar una reclamación de daños, estimemos que no procede la iniciación de un pleito, deberemos comunicárselo a Usted. Si a pesar de ello, Usted inicia el pleito, tendrá derecho al reintegro de los gastos habidos con los límites expuestos en la presente póliza, siempre y cuando el resultado obtenido haya sido íntegramente estimatorio de sus pretensiones».
    Supongo que si el dueño del perro ppp no accede a lo que pido tengo el derecho a solicitar abogado y comenzar un pleito por lo civil reclamando dicha cantidad. Y entiendo por lo que dice el texto anterior que si voy al pleito civil y no consigo mas de los 500 euros que me dice el departamento tengo que pagar yo al abogado. ¿eso es cierto?¿por cuando se esta indemnizando por este tipo de casos?. ¿si el juez accede a dar 2500 euros, ¿se quedaría algo el abogado?. En el caso de no estar de acuerdo con la indemnización por parte del juez ¿que tipo de recurso cabe?, ¿el Contencioso?. muchas gracias

    • Moya Marín

      Estimado Sr. Jacobo:

      A lo que nos pregunta, el texto de la póliza se refiere a que sólo le reembolsaran los gastos de abogado según su límite establecido (que no tienen que ser los 500 €, que son sus expectivas de éxito, sino otra cantidad de cobertura de gastos jurídicos que aparecerá en la póliza) sólo en el caso de que le estimen íntegramente la demanda (que le den el 100 % de lo que Vd pide, lo cual es un poco complicado)

      Si Vd contrata a un abogado externo a la compañía, Vd deberá pagarle obviamente sus honorarios, independientemente de si recupera algo de la compañía o no.

      Y por último, si Vd reclama 4229 € en la demanda, frente a la sentencia, de no ser satisfactoria para Vd, sí cabría recurso de apelación (cuyo límite son 3000 €) pero le aconsejamos que si no lo tiene muy claro en primera instancia, no espere que en segunda instancia las expectativas mejoren.

      Sin otro particular, esperando haberle sido de ayuda, reciba un cordial saludo.

  21. victoria

    Hola me llamo victoria y quería decirle mira mi chico tiene recurrido una sentencia pero en verdad es recurso de apelación eso se puede volver a recurrir o no?

    • Moya Marín

      Buenos días Dª Victoria:

      Para saber si está bien recurrido (en plazo y una sentencia recurrible) debería proporcionarnos la resolución.
      Si su pregunta es si después del recurso de apelación caben más recursos, sí, teóricamente el recurso de casación.
      Aunque es difícil que se lo admitan. Un saludo

      Sin otro particular, un cordial saludo.

      • Maria Pilar

        Hola buenas le quería consultar se puede recurrir un acuerdo en una pensión de alimentos por lo penal tenía un juicio el día 5 de este mes y yo le dije a mi abogado que estaba nerviosa por el juicio y le dije que si se podía llegar a un acuerdo y le dije por 3000e y mi excompañero me tenía que pagar por lo visto 15000e mi abogado no me asesoró no me dijo lo que tenía que pedir y yo le dije le pido 3000 e y no voy a juicio y dijo mi abogado que tenía que entrar lo mismo y entonces le dije pues no llego a un acuerdo y el abogado no hizo caso y le dijo a la jueza que yo quería pedirle 3000e yo lo que quería saber es si cuando me venga la sentencia si se puede recurrir o si se podría recurrir ahora o si es mejor hablar personalmente con la jueza .Si es tan amable me podía decir lo debo hacer muchas gracias

        • Moya Marín Abogados

          Estimada Sr. Pilar:

          Si , tal y como comenta, se trata de un acuerdo que homologaron en sala, y que ahora la sentencia va a recoger
          dicho acuerdo en los mismos términos que Vds pactaron , difícilmente puede ser apelado. Y no creemos que intentando
          hablar con Su Señoría se consiga algo. Un saludo.

          • Vicente iniesta

            Hola buenas se puede recurrir uNa sentencia en la audencia provincial

            • Moya Marín Abogados

              Estimado D. Vicente:

              Buenos días, no nos queda claro si se refiere a recurrir una sentencia DE la Audiencia Provincial (en algunos
              casos cabe el recurso de casación ante el Supremo) o recurrir una sentencia ANTE la Audiencia Provincial, de una
              sentencia dictada de un Juzgado de Primera Instancia en el plazo de 20 días hábiles desde su notificación.

              Un saludo.

  22. Maria

    Buenos días, he perdido en primera instancia un juicio sobre división y partición de bienes, mi pregunta es cuanto tiempo tengo para apelar?.
    Muchas gracias.
    Mary

    • Moya Marín

      Buenos días Sr. Carmona:

      Tiene vd de plazo para apelar 20 días hábiles (en los que no cuentan ni fines de semana ni festivos) desde la fecha de la notificación de la sentencia.
      Un saludo

  23. Miri_ovi@hotmail.com

    Hola:
    He ganado una sentencia en un juzgado de primera instancia con condena de costas por parte del demandado,han recurrido a la audiencia y vuelven a perder.si recurren al tribunal supremo tendrían que pagar ya las costas anteriores.

    • Moya Marín

      Estimada Sr. Miri.

      Aunque es improbable que le sea admitido el recurso de casación ante el Tribunal Supremo, sería dicho tribunal quien se pronunciara sobre la condena hechas de todas las alzadas confirmando las condenas en costas anteriores, revocándolas y/o haciendo pronunciamiento de las costas causadas en casación.. Esperamos haberle ayudado. Un saludo

      • Mirian

        Muchas gracias por su ayuda.
        Un saludo

  24. Magda

    Buenos días,
    He ganado un juicio a la Seguridad Social por incapacidad laboral, y la S.S. me ha comunicado por carta que ha recurrido al TSJC. Mi pregunta es, si yo he acordado con mi abogado que le abonaría sus honorarios en el caso de que ganara, debo pagarle cuando la sentencia sea firme (después de que se resuelva el recurso que ha interpuesto la SS) o puede reclamarme el pago ya?
    Gracias

    • Moya Marín

      Buenos días Dª Magdalena.
      Eso lo tiene Vd que tratar con su abogado. Un saludo.

  25. Ana Ruiz

    Buenas, es posible ganar un juicio en el TSJA por incapacidad, desestimado en juicio de lo social o es prácticamente seguro que el TSJA, confirmara la decisión del juzgado de lo social?

    • Moya Marín

      Buenos días Sra. Ruíz:

      Obviamente depende de cada asunto, aunque siempre es más fácil que se confirme una sentencia en Segunda Instancia manteniendo el pronunciamiento de primera, dependiendo del caso
      puede ser perfectamente revocable dicho pronunciamiento y «dar la vuelta» a lo que se resolvió en Primera Instancia.

  26. Rafael Picornell Muñoz

    Buenos dias.Quisiera saber si puedo recurrir una sentencia en la cual me obliga a pagar 3000 euros en concepto de devolucion de un contrato de arras,el cual habia expirado y 8 dias mas tarde cuando les devuelvo los 3000 euros que me habian adelantado, en el concepto la inmoviliaria puso que lo devolvia por no poder vender el piso por el dinero que yo pretendia.Siendo que los compradores no tuvieron el dinero en el plazo acordado y sin que yo me quedase su dinero me paso esto al devolverlo.No veo justo que sin mala fe devuelvo un dinero que me lo podia haber quedado y luego me denuncian y pasa esto.Espero su respuesta gracias.

    • Moya Marín

      Estimado Sr. Picornell:

      Gracias por su consulta, para estudiar si tiene viabilidad un recurso de apelación de la sentencia que le ha recaído en contra, es imprescindible que nos remita
      copia de la misma (y si puede ser copia de la demanda y la contestación). Remitanoslo todo a moyamarin@moyamarinabogados.es Gracias.

  27. Blanca

    Buenas noches.
    ¿Cuándo se ha de empezar a aplicar una sentencia? ¿En cuanto la recibes o después de los 20 días?
    Gracias

    • MoyaMarin

      Buenos días, Gracias por su consulta. Si la sentencia es firme (que no haya sido apelada por ninguna de las partes en el plazo de 20 días hábiles desde su notificación )
      entonces sí puede empezar a surgir los efectos. En concreto la ley da un plazo genérico de otros 20 días para cumplimiento voluntario. Si no cumple la parte condenada, podrá solicitarse al Juzgado la ejecución de esa sentencia con los gastos de esa ejecución.

  28. Maria jesus

    Llevo 15 meses esperando contestacion de un recurso el tsja de Sevilla por lo social es demasiado tiempo.es normal esperar tanto tiempo sin saber nada

    • MoyaMarin

      Buenos días María Jesús. Aunque esperar 15 meses no es lo normal, lamentablemente tampoco es extraordinario por el volumen que acumulan los Juzgados. Esperamos que le resuelvan pronto. Un saludo.

  29. Marta

    Buenas tardes. En primera instancia se ha dictado sentencia estimando parcialmente mis pretensiones como demandante. Ayer cumplió el plazo para presentar recurso de apelación, (al menos por nuestra parte) pero desconozco si el plazo ha finalizado también para el demandado (era un juicio ordinario civil derivado de accidente de tráfico). Cómo puedo saber cuándo les notificaron a ellos la sentencia para poder saber si la sentencia ya es firme y reclamar su cumplimiento? La firmeza de una sentencia la comunican desde el juzgado? Es el procurador quien lo puede averiguar? Mi abogado actual no me aclara ninguna duda a este respecto y sólo nos recomienda que hay que esperar, pero no hasta cuándo. Muchas gracias de antemano.

    • MoyaMarin

      Buenos días. Gracias por su consulta. Si el demandado se personó en forma en el procedimiento, lo normal es que le notificaran la sentencia a través de su procuradora el mismo día que a Vds. Si no estaba personado, deberá ser notificada personalmente al demandado y puede por tanto variar el plazo para recurrir que empezará a contar desde el día que fuera notificada la sentencia a esa parte . Un cordial saludo

      • Marta

        Gracias por responder. Los demandados entiendo que eran el conductor del vehículo y la compañía aseguradora. El conductor no se personó físicamente, acudió la letrada de la aseguradora. Yo pensé que la notificación de la sentencia sólo se hacía personalmente a los demandados en procesos penales, pero en los civiles bastaba con la comunicación al procurador. En este caso, cómo podemos saber qué día se le notificó a la parte demandada? Mi procurador lo puede averiguar?

        • MoyaMarin

          Si demandaron al conductor y a la Cia de seguros, y el conductor no contestó a la demanda ni se personó en el procedimiento con procurador (y fue declarado en rebeldía)
          sí que le deben notificar la sentencia personalmente. Su procuradora podrá averiguar cuándo le notifican, sí. Un saludo.

  30. MoyaMarin

    Buenas tardes,
    Depende sobre todo de cómo esté fundamentada la sentencia en primera instancia. Si está bien fundamentada tendrá más posibilidades de ganar.

  31. Maria

    Buenos días , tuve un juicio verbal porque no me devolvieron mis pertenencias ( unos 1000 € ) tras la separación, firmado en convenio además. La otra parte alegó que ya me las devolvió. La sentencia ha salido desestimada para mi y condenàndome además en costas, según esa sta no puedo interponer ningún recurso, pero eso es cierto? Me gustaria recurrir. Agradeceria que me pudieran ayudar. Gracias.

    • MoyaMarin

      Buenas tardes

      Lamentamos confirmarle que si la cuantía de la reclamación no supera los 3000 € (y es una reclamación de cantidad sin ser de una materia especial) no puede interponerse recurso de apelación.

  32. Adriana alvarez

    Tuve una caída en el zaguán de entrada de una comunidad, causada por una mancha en el suelo, subo a la oficina quejándome de dolores por la caída y bajaron a limpiar la mancha para evitar posibles caídas.
    Voy a urgencia por mucho dolor y a los dos días llamo a la aseguradora de la comunidad para que me traten y dicen que guarde facturas y les envíen cuando termine mi alta.
    Al final me aconsejan un abogado ellos mismos, denunció , y la resolución… no me he caído, Ania bastante luz( según fotos presentadas por ellos.
    Me conviene recurrir?
    Gracias

    • MoyaMarin

      Buenos días:

      Deberíamos ver la sentencia a fin de comprobar cómo está fundamentada y ver si tiene viabilidad su apelación, y saber cuándo le fue notificada para ver si está en plazo para recurrirla.
      Un saludo.

  33. Enriquegrandefresno

    La empresa aportaba una foto en la cual se ve a mi mujer con una taza y alegó la empresa que se la llevó del centro por lo cual la pusieron despido inciplinario el juez a dado la razón a la empresa porque su compañera claro testificó a favor de la empresa mintiendo a su señoría porque a nosotros nos echó una conversación que tenemos grabada en la cual reconoce que dicha taza no salió del centro mi señora trabaja en la limpieza llevando desde el 2003 gracias y si recurrimos dicha prueba de audio valdría si recurrimos aunque no la admitieran la primera vez

    • MoyaMarin

      Buenas tardes y gracias por su email. Pues todo dependerá de la fecha en que la Sentencia les fue notificada. Si lo desea, remítanos la sentencia a nuestro correo: moyamarin@moyamarinabogados.es y la estudiaremos gratuitamente sin coste. Pero necesitamos que nos precise qué día les fue notificada. Saludos.

  34. Sergio

    Contra sentencia emitida en una apelación se puede recurrir o ya es firme? Gracias.

    • MoyaMarin

      Buenas tardes y gracias por contactarnos. En algunos casos tasados por la Ley, es posible recurrir en casación las sentencias de apelación, en función de la cuantía y del posible interés casacional que pueda tener el asunto. Si lo desea, remítanos a moyamarin@moyamarinabogados.es la sentencia y la analizamos sin coste. Saludos.

  35. Carlos Pérez Millán

    Estimados licenciados:
    En un juicio de 2014 se dictó sentencia de pagar la aseguradora del aparejador el 65% del coste de una reparación de una nave construida en 1994 y el 35% la constructora (mi parte) Dicha empresa estaba desactivada en ese año y ni nos llamaron para el juicio ni nos comunicaron la sentencia. 2018. Activamos la empresa y sorpresa que tenemos que pagar ese 35% sin habernos podido defender. 20 días para contestar dicha sentencia en firme y no recurrible. Eso es posible?

    • MoyaMarin

      Buenas tardes y gracias por su consulta. Es posible que fueran Vds. notificados en su momento y se les declarara en rebeldía, de ahí su desconocimiento. Y es posible que la ejecución haya seguido todos estos años sin Vds. saberlo, ya que las ejecuciones no prescriben. Ahora bien, puede que tengan Vds. algún elemento de defensa. Si quieren, podemos estudiarlo sin coste. Contáctenos en moyamarin@moyamarinabogados.es. Saludos.

  36. Linares

    Buenas tardes. Tras un accidente laboral se denunció a la empresa por falta de seguridad y formación. El abogado pidió una cantidad y la sentencia salió a mi favor. Es menos de lo que se pidió y dijo que no se calculo bien y se podía recurrir. Yo estoy satisfecho con la cantidad y por mi parte no iba a recurrir. Pero la empresa ha recurrido. Puede ser que el TS modifique la cantidad para menor o mayor? Un saludo

    • MoyaMarin

      Buenas tardes y gracias por su pregunta. En principio, si Vd. no recurrió la Sentencia, no podrá concederse ahora más de lo conseguido hasta ahora. Pero si su abogado, además de oponerse al recurso de apelación contrario, impugnó la sentencia, entonces puede ser que en apelación se conceda una cantidad mayor o menor a la de primera instancia. Si lo desea, mándenos detalles de su asunto a moyamarin@moyamarinabogados.es

  37. Angelin Casasola

    Hola licenciada … ayer tuve una audiencia de guarda y crianza por la custodia de mi hijo de 1 año y 6 meses pero temo que por que no se me permitió de hecho ni llevar un testigo ni aportar mas pruebas importantes en mi defenza y noté que la parte demandante tuvo más tiempo para sustentar mejor sus argumentos finalmente el juez decida darle la custodia al padre(cosa en la que no estoy de acuerdo) mi pregunta seria: puedo yo apelar esa decision en caso de que no sea a mi favor?

    • MoyaMarin

      Estimada Sra. Casasola:
      Sí puede apelar. Pero solicitar de nuevo la práctica de alguna prueba en segunda instancia es más complicado. Un saludo.

  38. Mercedes

    Se puede ganar un juicio por segunda instancia ?

    • MoyaMarin

      Estimada Sra. Mercedes:
      Sí, sí se puede. El recurso de apelación tiene que estar fundamentado en alguno de los motivos que comentamos en el artículo e interponerse en plazo. Si tiene alguna duda contáctenos.

  39. Abel

    Buenas tardes, el juez a dictaminado custodia compartida y ella a recurrido, me dicen que esto puede tardar 6 meses, ella no me deja el niño. Mi pregunta es si hasta que no salga la segunda sentencia no puedo dormir un semana con mi hijo? Gracias

    • MoyaMarin

      Estimado Sr. Abel:

      Su abogado podría pedir unas medidas provisionales o ejecutar provisionalmente la sentencia mientras es revisada por la Audiencia Provincial. Un saludo

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