Qué hacer si recibo una notificación

22 junio, 2016
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A veces una llamada al timbre, o un aviso de correos nos trae la desagradable noticia de recibir las tan temidas notificaciones. Puede ser una Demanda, una notificación de Hacienda, una multa de tráfico, una denuncia penal, una sanción del Ayuntamiento… etc. A continuación damos consejos genéricos sobre qué hacer cuando se recibe una notificación de cualquier tipo:

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• Primer consejo: Aceptarla ó recogerla. No sirve de nada no aceptar o no recoger o la notificación, (en el caso de que te dejen el “aviso” de correos). La notificación, sin que nosotros podamos evitarlo, se publicará finalmente en los Boletines Oficiales correspondientes, teniendo ya efectos plenos, como si la hubiéramos recibido personalmente. Por eso, ya que al final se nos va a dar por notificados, siempre será mejor saber el contenido, para en su caso defenderse debidamente o saber a qué atenernos.

Apuntar la fecha de recepción de la notificación. Anotarla en la propia notificación. Muy importante para contar el plazo correctamente y que no venza. Los plazos correrán dependiendo de si es una notificación civil, penal o administrativa. Normalmente se indica en la misma resolución si en dicho plazo se contarán días hábiles o naturales. Los plazos comenzarán a correr desde el día siguiente a aquel en que se hubiere efectuado la notificación.

Leer detenidamente lo que pone en la notificación. No asustarse demasiado con el contenido. Normalmente es al final de la resolución , en la parte dispositiva, suplico, propuesta de sanción , etc.. donde se nos concreta lo que se nos reclama; pero previamente puede haber información muy útil y aclaratoria de todas las circunstancias.

No acatar de primeras lo que piden. Hacer alegaciones, responder, recurrir etc.. A todo se le puede dar una “vuelta de tuerca”. Puede existir un defecto de forma (ni que decir tiene la gran cantidad de asuntos que prosperan por esto) o de fondo. Para el caso de querer allanarse, y presentar la “rendición incondicional” ya habrá tiempo.

Recordar toda la información respecto a este tema. Haga memoria. Cuanta más información mejor, a veces los detalles más insignificantes han servido para abrir una nueva vía de ataque y satisfactoria para oponerse a esa reclamación.

Recopilar toda la documentación necesaria sobre ese asunto. Documentos, facturas, comunicaciones , informes etc.. lo que sea que tenga relación con lo que le están reclamando y pueda ser utilizado como pliego de descargo.

Acuda a su abogado de confianza. En nuestro despacho www.moyamarinabogados.es estaremos encantados de atenderle y de ayudarle a resolver esa situación. Como dice el proverbio “más sabe el diablo por viejo que por diablo” y aquí nos sabemos unas cuantas.

Comentarios

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2 Comentarios

  1. Jaime Q.

    2 preguntas por favor:
    Un estudio de abogados puede emitir notificaciones?
    Que tipo de notificaciones serian?
    Gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Jaime:

      No sabemos a qué clase de notificaciones se refiere. En principio no.
      Un saludo.

      Responder

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