Sentencia favorable con costas sobre la no existencia de "puenteo" de inmobiliarias en la venta de un inmueble
21 marzo, 2018Hace unos meses escribíamos un artículo sobre el “puenteo” de inmobiliarias en la venta de un inmueble, explicando la problemática general de estos asuntos, y en particular, especificando un procedimiento reciente llevado en este despacho en el que nuestros clientes como vendedores, a pesar de haber pagado a una segunda inmobiliaria, la primera inmobiliaria que intervino, enseñó y realizó gestiones en cuanto a la venta del inmueble, quiso reclamarle sus honorarios.
Como decíamos, era importante demostrar que no había habido encargo en exclusiva a ningún intermediario, y quién había sido determinante para que se perfeccionara la venta.
Por esos supuestos honorarios impagados, la inmobiliaria demandante le reclamaba a nuestros clientes la cantidad de 32.912 € más intereses y costas judiciales. La comisión iba en proporción a la venta, y el precio había sido importante.
Pues bien, gracias a lo acreditado en la contestación a la demanda y en la práctica de la prueba del juicio, el Juzgado de Primera Instancia nº 71 de Madrid, nos ha dado la razón y ha dictado recientemente sentencia desestimatoria de la reclamación cursada a nuestros mandantes, rechazándoles todas sus pretensiones y condenándole en costas a la inmobiliaria que les reclamaba.
Para leer ésta y algunas de nuestras últimas sentencias, pinche el siguiente enlace
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