
¿Qué hacer si te han ocupado ilegalmente la vivienda? ¿puedo poner un desahucio? ¿Puedo echarlos por la fuerza? ¿Cómo se les demanda si ni siquiera sé su identidad?
Lamentablemente es algo frecuente la desagradable noticia de que personas desconocidas y por la fuerza han ocupado una vivienda sin permiso, los llamados “okupas”.
A continuación vamos a dar una serie de consejos con los pasos a seguir:
- No enfrentarse a los okupas ni intentar recuperar la posesión a la fuerza. Puede salir muy mal.
- Poner una denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
- Acreditar suficientemente la titularidad de la vivienda.
- Acudir un despacho de abogados que interpongan un procedimiento ante el Juzgado para conseguir la recuperación de la vivienda.
Deberá entonces interponerse una demanda, no de desahucio propiamente dicha, sino gracias a la Ley 5/2018, , de ocupación ilegal de viviendas, se denomina “Tutela Sumaria de la Posesión”, y es un proceso específico y en teoría más ágil.
En este procedimiento, acreditando la titularidad por parte del propietario, se podrá demandar sin necesidad de conocer la identidad de los ocupantes, se les requerirá por parte del Juzgado en un breve plazo para que o aporten título bastante que justifique su posesión, y en caso contrario se decreta el lanzamiento. Fecha en la que la comisión judicial, acompañada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en su caso, realizarán el “lanzamiento” (el desalojo de los ocupantes).
Si tiene “okupas” en una vivienda de su propiedad en Almería, y necesita asesoramiento, contáctenos.
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