Nulidad de actuaciones ¿Qué es y como pedir la nulidad de lo actuado?

11 junio, 2018
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Cuando se produce un error procesal importante se puede solicitar la nulidad de cierta parte de lo actuado en el procedimiento.

¿Qué es la nulidad de actuaciones?

La nulidad de actuaciones es la declaración de que cierta parte de lo actuado en un procedimiento, es nulo de pleno derecho porque se haya producido algún error procesal importante y deba retrotraerse todo lo actuado hasta el momento en que se cometió la nulidad.

¿Se debe repetir todo?

 Si ha habido algún hecho en el procedimiento que sea nulo (por ejemplo en el emplazamiento incorrecto al demandado, que no fue notificado debidamente) debe retrotraerse todo hasta antes del momento en que se cometió dicha nulidad.  Es decir, repetir todo lo actuado desde el emplazamiento, y volverse a actuar todo según la ley, aunque se tenga que repetir todos los trámites que ya se hayan practicado.

¿Qué motivos se pueden dar para pedir la nulidad de lo actuado?

Se suele solicitar incidente de nulidad de actuaciones sobre todo, cuando una parte considera que ha habido una flagrante indefensióncuando se ha prescindido completamente de las normas esenciales del procedimiento. Es decir, cuando una parte no haya sido oída, no le hayan notificado correctamente de algo, etc etc.., pero también se puede dar cuando esté juzgando un Tribunal que no debía conocer de ese asunto. Cuando se haya realizado algún acto bajo violencia o intimidación. Cuando se hayan realizado los actos sin la presencia de abogado, cuando su intervención fuera obligatoria. Cuando se celebren vistas sin la preceptiva intervención del Secretario judicial. Cuando se resolvieran mediante diligencias de ordenación o decreto cuestiones que, conforme a la ley, hayan de ser resueltas por medio de providencia, auto o sentencia. Motivos comprendidos todos ellos en el artículo 225 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Cuándo se puede pedir la nulidad de actuaciones?

El plazo para pedir la nulidad, como dice el artículo 228.1 de la LEC, será de veinte días, desde la notificación de la resolución que se considera vulnera algún precepto que conlleve la nulidad de pleno derecho, o desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión.

En todo caso, de considerarse fundada la nulidad de actuaciones solicitada, se abrirá un incidente, se le dará traslado a las partes para que aleguen lo que a su derecho convenga (que se opongan o lo acepten), y finalmente decidirá el juzgador.

Si tiene alguna duda, consúltenos. Moya & Marin Abogados.

Comentarios

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104 Comentarios

  1. Juan J.G.

    Buenos días,

    Hace años por un crédito al consumo, que con la crisis no pude hacer frente, el banco reclamó la deuda por vía judicial. Les pedí ajustar cuotas, no quisieron renegociar, aunque durante todo el proceso y después de la sentencia yo les seguí pagando todos los meses lo que podía ingresarles en una cuenta de mora, hasta que el banco me dijo que la cuenta ya estaba a cero

    Como el banco no notificó nada de esto al juzgado, este procedió a dar orden de embargo de las devoluciones de Hacienda. Y ahora parece ser que una empresa ha comprado la deuda (que estaba pagada) y sin notificarme a mí nada, el juzgado ha cambiado el número del Procedimiento (ETJ) al que en su día abrió al banco, y al Procedimiento del banco le han puesto otro número y lo han archivado, así el juzgado le ha transferido a esta empresa los embargos de Hacienda.
    Además solicitaron al juzgado que me embargara lo que tuviera en la cuenta y cada mes la pensión por una deuda superior a la que el banco reclamó en su día en el juicio.
    Hace 6 meses que envíe al juzgado un escrito explicando el error que habían cometido, mandé los justificantes de los ingresos, y que en su día negocié con el banco una minoración y la deuda estaba saldada, pero no me han respondido nada.
    Esta empresa que reclama ahora, no sé quienes son, ni tengo nada firmado con ellos.
    Además ahora revisándolo todo veo que cuando hace años salió el juicio (2017), no me lo notificaron. Me enteré que había sido cuando me mandaron la sentencia. en la que constan como comparecientes dos personas que no soy yo. En su día la sentencia la recurrí, el juzgado ejecutó antes de esperar al recurso, y luego la Audiencia le dio la razón.

    A la vista de estas actuaciones consideran que se podría solicitar la nulidad de las mismas? De ser así, ¿Cómo puedo pedir la nulidad de lo actuado?

    Gracias. Un saludo.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Juan J.G.
      Para poder asesorarle deberíamos estudiar todo el procedimiento.
      Si quiere póngase en contacto con nosotros y le daremos presupuesto.
      Un cordial saludo.

  2. Esther

    Buenos días. Soy presidenta de una Comunidad y hoy se ha celebrado un juicio por disconformidad en una partida de un trabajo realizado por un fontanero.
    El abogado del fontanero en cuestión, ha citado a declarar al antiguo administrador (al cual cesó la comunidad) para declarar y verificar que todos los vecinos estaban informados mediante cartel de las obras a realizar.
    El administrador en ningún momento avisó a la comunidad y, así quedó reflejado su error en el acta comunitaria creada y firmada por él en su día. Hoy al declarar este señor ha mentido diciendo que si que había avisado.
    El acta en ese momento no estaba en mi poder y no he podido defenderme.
    El juicio ha quedado visto para sentencia.
    ¿Es posible solicitar la anulación por falsedad del testimonio? o ¿Es posible solicitar el pago de daños por falsedad a este señor?
    Muchas gracias.

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Esther:
      No lo vemos. Espere a ver qué dice la sentencia, y en caso
      de que no les de la razón, que su abogado les asesore sobre la viabilidad
      o no de recurrir dicha sentencia, que en su caso revisará lo resuelto
      en primera instancia, pero por normal general no se puede introducir
      nada nuevo. Sin otro particular, un cordial saludo.

      • Amparo

        Buenas tardes,
        El día 21 de diciembre 2022 en la celebración de un cumpleaños, una señora pegó a mi hijo que tiene 11años. Se personó la policía y fuimos al hospital donde hicieron un parte de lesiones.
        Se celebró juicio de faltas el día 28 de diciembre 2022. Ayer recibo una llamada de la policía diciendo que acaban de recibir el parte de lesiones y que lo mandan al juzgado. Expliqué que el juicio ya se celebró y el policía se sorprendió ya que no tenían el parte de lesiones.
        La señora salió absuelta ya que no quedaron probados los hechos.
        No se citó a ningún testigo, la policía tomó datos a varias personas. La fiscal dijo que tenía todo y cómo se ve, no es cierto.
        Qué podría hacer? Mi hijo tiene pesadillas desde entonces y no puede dormir sólo.
        Gracias

        • Moya Marín Abogados

          Estimada Sra Amparo:
          Lo lamentamos, no llevamos asuntos penales, aunque por lo que
          comenta igual ya es un poco tarde. No obstante
          contacte mejor con un abogado penalista. Un cordial saludo.

  3. Jorge Eiroa

    Estimados Sres, recientemente he celebrado un juicio rapido en el que no se habia citado a un testigo de la parte demandada, a pesar de estar incluido en el escrito de la defensa y no ser inadmitido, por un error del Juzgado de Instruccion. A pesar de la deteccion del error el juicio se llevó a cabo. Espero sentencia. Podria solicitar nulidad de actuaciones? Y de hacerlo seria como incidente o a través del Recurso a la sentencia que se dicte? Era mi único testigo.
    Muchas gracias

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Jorge:
      No creemos que eso sea motivo
      de nulidad de actuaciones, si acaso motivo
      de apelación, siempre y cuando hicieran constar
      su protesta a la celebración del juicio con la
      inadmisión de esa testifical. No obstante, consulte
      mejor con un abogado penalista. Un cordial saludo.

  4. Iván

    En un Juicio de sobre delitos leves el juez decidió no tramitar la denuncia por mi parte, a pesar de haber sido presentada, tanto en la guardia Civil como en los juzgados, apenas un par de días después de la de la parte contraria, y de tener reconocido para este Proceso el derecho a Asistencia Jurídica Gratuita. Inadmite mi Denuncia (con la preceptiva solicitud y aportación de pruebas y testigos) y no me comunica de ningún modo tal decisión hasta la fecha del juicio, casi un año después de ser presentada. No sólo me priva de poder realizar las actuaciones necesarias para revertir la situación, sino que me dice que mi única opción es volver a presentar la misma Denuncia en otro Juzgado. Cuando llega el Juicio y me comunica que figuraré sólo como denunciado, deniega mi petición motivada de invalidar el Juicio. Después de rechazar mi solicitud de nulidad procesal, apenas se me da opción de defenderme durante el juicio. Sobre la Asistencia Jurídica Gratuita concedida, ese Derecho había sido concedido para mi Denuncia, es decir la inadmitida por el Juez, lo cual me deja sin las coberturas judiciales concedidas para la Denuncia o a las deja «desiertas», o en un “limbo judicial”. Con el proceso de apelación paralizado, como debería proceder con el tema de la nulidad procesal, entendiendo esto tal y como lo describo yo, como mi versión, sin mayores implicaciones que la mía propia. Gracias.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Iván:
      Habría que estudiar pormenorizadamente su asunto. De todos
      modos, le adelantamos que no llevamos asuntos de derecho penal,
      le aconsejamos contacte mejor con un abogado penalista. Un cordial saludo

  5. Asier

    Buenos días. Parte codemandada que va a la audiencia previa tras haber presentado allanamiento total. Intenta hacer alegaciones, establecer hechos controvertidos y proponer prueba (dentro de esta un documento posterior a fecha de contestación) pero su Señoría no le permite hablar para nada alegando que se ha allanado. ¿Posible causa de nulidad de actuaciones?

    Un saludo.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Asier:
      Habría que ver exactamente cómo se produjo esto, pero por lo que cuenta
      vemos difícil que haya nulidad de actuaciones. En todo caso su letrado
      debería haber recurrido en reposición (sobre todo en cuanto
      al rechazo de proposición de prueba) y hacer constar su respetuosa protesta para hacerlo
      valer en su caso en apelación. Un cordial saludo.

  6. Ana Maria

    Los jueces no tienen culpa de nada.la culpa es de mi abogado.

    • Antonio

      Una apreciación coherente. Hoy en día los abogados, los dentistas y muchas profesiones se meten a lo q sea con tal de ganar dinero. Aunque no tengan idea.
      Los jueces por otra parte tendrían q saberlo y estar curados de espanto. Pero suelen dejarse llevar por la corriente más cómoda o q más les beneficia, avunq seaz a largo plazo.

  7. Lindy Apan

    Se realizó notificación no directamente pero si en el sistema de notificaciones generales.
    Durante los 4 primeros meses de la pande.ia que por orden del gobernador y publicado en el diario de la Federación.
    Todas las actividades se suspendian hasta en cuanto se diera el aviso de continuar.
    Solidamente la otra parte hizo que desecharán mis pruebas si. Darme por enterada. Se reinician actividades en julio y veo que hicieron esto…desechando pruebas aquí entra el incidente sobre declaración de nulidad de actuaciones.
    Y que posibilidad existe de que me acepten ya que no estaban en función los juzgados para desahogar pruebas.
    Solo se daría prioridad a juicios de manutención y penales.
    Procede?
    Y se tiene que empezar de cero?

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Lindy:
      Mejor acuda a un abogado de su país, que le podrá asesorar mejor del tema.
      Esperamos le vaya bien. Un cordial saludo.

  8. ana karen

    la actora incidentita, ha usado dicho articulo, donde funda la nulidad de actuaciones, el día en que se celebro audiencia para escucha de menores, se determino que fuera cambiado para otro día, ya que el psicólogo designado y tutor aun no habían aceptado dicho cargo conferido, pero la actora estaba presente, así mismo firmo el acta donde se señalaba dicho cambio, y ahora después de haber realizado la audiencia de escucha de menores, y presentado el dictamen medico del psicólogo, sale con su incidente de nulidad de actuaciones, por que no se le notifico en el domicilio que habían autorizado para ello, alagando que no eran conocedores de dicho cambio …. con que fundamento hago ver que es mentira ???

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Ana Karen:

      Deberíamos conocer mejor los autos. Si quiere que le facilitemos presupuesto
      para personarnos y analizar el asunto, póngase en contacto con nosotros en moyamarin@moyamarinabogados.es
      Un cordial saludo.

  9. Mayte Aguilar

    Se me denuncia en marzo en otra comunidad autónoma, se inician actuaciones de diligencias y demás en un juzgado de esa localidad. No se me comunica nada. Recibo citación para declarar como investigada en mi localidad por videoconferencia.
    Redacto escrito para reclamar que se ha cometido indefensión por no notificar nada, ni denuncia ni actuaciones, según art. 118 de LEC.
    A dónde debo dirigir el recurso, al Juzgado que comete las infracciones de procedimiento o al CGPoder judicial? Espero presentar el escrito hoy mismo, ya que la citación para declarar la recibí por correo ordinario la última semana de octubre.
    Gracias

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Mayte:

      Debe dirigir el escrito al Juzgado en el que se está tramitando el procedimiento, debe fijarse en los datos que constan en el encabezamiento de la citación que ha recibido (Juzgado, tipo de procedimiento, número de autos). Incluso sería positivo que antes de presentarlo, llamara al Juzgado, al teléfono que consta en la citación, para hablar con el funcionario que lleve el tema, y explicarle que desea presentar escrito, por si le sugieren algo.

      Saludos

  10. Sonia

    El 7 de septiembre me embargaron la cuenta sin previo aviso y el día 13 recibí la notificación de embargo.
    Presenté un recurso para que lo declararán nulo.
    Cuánto tiempo tardan en dar una respuesta?
    Hay posibilidades de que lo declaren nulo y me reingresen el dinero embargado?

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Sonia:
      Necesitaríamos más información. ¿Se trata de un procedimiento de ejecución
      que tienen incoado en su contra?. Un cordial saludo.

  11. EDUARDO

    Tengo una amistad que hace nada se ha divorciado por juicio. En ese auto de separación le corresponde la custodia de sus hijas de 3 y 6 años respectivamente pero también hay fijadas muchas visitas del padre que ejerce violencia física contra ellas.

    ¿Hay alguna forma de anular el auto? Las pequeñas lo están pasando muy mal.

    Gracias.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D Eduardo:
      Si existe maltrato debería denunciarse, comunicarlo
      al Juzgado y solicitar urgente modificación de medidas. Que su amiga consulte
      con su abogado. Un cordial saludo.

  12. Adrian

    Buenas tardes.
    Hace mas de año y medio tuve juicio con mi anterior empresa por un despido, no se presentaron, unos meses despues la jueza nos volvio a tomar declaracion y tampoco se presentaron. Por lo que me notificaron que habia ganado el juicio y le condenaban a pagarme salarios, despido, y algunas cosas mas. Al no encontrar cuentas con dinero a la empresa mi abogado me comunico que antes de pedir el dinero a fogasa ibamos a aguntar algunos meses mas a ver si «le encontraban» algo.
    El mes pasado me llamo mi abogado para decirme que mi anterior empresa habia ido a pedir un prestamo y se le habian denegado por tener un embargo del juzgado, en ese momento la empresa demandada solicito a la jueza que se repitiese el juicio por no haberle notificado en el lugar correcto (siendo esto falso pues se le notifico en el mismo domicilio que venia reflejado en la carta de despido).
    Mi pregunta es:
    ¿ En estos casos que suele hacer el juez? ¿Repetir el juicio? o ¿continuar con el proceso? Mi abogado me comento que no cree que nos haga repetir el juicio pero que no sabe.

    Muchas gracias, saludos.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Adrián:
      Si le intentaron notificar en el domicilio social de la empresa, y se agotó
      la diligencia exigible de emplazamiento (intentando averiguar otros domicilios de la empresa, publicación en edictos etc..)
      entonces no habrá nulidad. Si los contrarios consiguen acreditar que no se les emplazó
      correctamente, y que eso le ha producido una indefensión, entonces sí puede que se estime la nulidad y haya que repetir el proceso.
      No obstante su abogado conocerá mejor todo el procedimiento. Un cordial saludo.

      • Pablo

        Hola, en caso de que hubiera que repetir este procedimiento. Existe la posibilidad de que la acción estuviese prescrita, o sea, cual sería la fecha de inicio del computo de prescripción.

        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Pablo,

          Si se refiere a la prescripción de la acción principal de la demanda,
          dudamos que si no estaba prescrita anteriormente, que al declararse
          la nulidad de actuaciones prescriba, dado que con la interposición del procedimiento
          se interrumpe la prescripción. Y será claro el «animus conservandi» del reclamante.
          Sin otro particular, un cordial saludo.

  13. Caro

    Supongamos que en el juicio en que no emplazaron a tu cliente (o lo emplazaron mal) hay más demandados. Así también, se advierte que uno de los demandados alcanzó convenio judicial con la parte actora. El juicio es Reivindicatorio. Ya se dictó sentencia condenando a los demandados, incluido tu cliente, a restituir el inmueble a la parte actora.
    Resuelve el caso:

    ¿Es posible que tu cliente se mantenga en posesión, a pesar en que ejecución de sentencia ya se hubiera requerido a los codemandados de restituir la posesión apercibida de no hacerlo en tres días se decretaría el lanzamiento en su contra? ¿Porqué?

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Caro:
      Si quiere que le ayudemos a resolver el caso, facilítenos
      toda la información y la documentación del asunto a moyamarin@moyamarinabogados.es, y
      le daremos encantados presupuesto. Un cordial saludo.

    • Maria Jose

      Hola buen día,quisiera consultar si se puede pedir la nulidad de una sentencia de cámara.?Los motivos es porque al momento de resolver,no se valoro la prueba aportada al expte,
      Omitieron carga probatoria importante. .Y la resolución no es congruente,se contradice con toda la prueba que hay dentro del expte.Gracias .

      • Moya Marín Abogados

        Estimado Dª Maria José:

        Pregunte mejor los requisitos a un abogado de su país. Un cordial saludo.

  14. antonio maldonado villa

    hola ,mi consulta se relaciona con la audiencia provincial,donde desestiman recurso de la parte contraria y posteriormente en un escrito de aclaracion lo estiman poniendolo en contra de esta parte , y donde el juez instructor da traslado a las partes siguiendo con la reapertura de la causa penal entendiendo que el fallo es ejecutivo. un saludo

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Maldonado.
      Ya le hemos contestado a la anterior. Un saludo

  15. antonio maldonado villa

    buenos dias . soy j .antonio mi consulta es que la audiencia provincial falla a favor desestimando el recurso de la parte contraria y en un auto de aclaraciones posteriormente estiman el recurso sin ser un fallo arimetrico .
    ustedes me diran un saludo.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Maldonado.
      Nos suena raro, sí . Aunque habría que ver exactamente las resoluciones, la aclaración realizada etc.
      Aunque le anunciamos que no somos especialistas en derecho penal.

  16. Silvia Angosto Moreno

    Vengo con un pregunta a ver si ustedes me pueden resolver la duda. He tenido un juicio por una rentas de un local que yo alquile, sin entrar en por menores el juicio sobre estas rentas, he perdido y tengo que abonarlas, pero leyendo la sentencia me he dado cuenta que hay ciertas cosas relevantes que mi procurador no ha dicho ( ya que yo al juicio no fui por que el me aconsejo que no lo hiciera) pero como ya he dicho son cosas bastantes relevantes como por ejemplo que esas rentas quedaban pagadas con la fianza. Ahora mi abogado me dice que no puedo recurrir la sentencia por que así lo dicta la sentencia, pero no estoy de acuerdo con ella y el solo me dice que ya no se puede hacer nada,pero….el al omitir ciertas cosas no se podria anular ese juicio?.
    Espero haber expresado bien, se que hay ciertas cosas que lo mismo ustedes deben de saber para hacer una valoración adecuada.
    Un saludo.

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Silvia:
      Su abogado conocerá mejor el procedimiento. Pero si el importe es inferior
      a 3000 € no puede recurrir la sentencia. Un saludo.

  17. Antonio

    Buenos dias, he presentado un recurso frente a una resolución que convoca a un procedimiento selectivo en la administración, por vulnerar de forma flagrante tanto el artículo 103 CE, como la ley Ley 39/2015 en su art. 14 .
    Lo cierto es que según la ley tienen un mes para responder, pero una semana antes de finalizar ese plazo, está convocada la primera prueba, y a partir de ahí, el daño ya estará hecho; lo que de aceptarme el recurso y anular, supondrá perjudicar a los candidatos que hayan iniciado el procedimiento, y a los que estamos perjudicados por la resolución.
    Lo cierto es que el procedimiento ya fué suspendido con motivo de la COVID-19, sin suponer problema alguno.
    Se puede solicitar la tutela de un juez de algún modo, para evitar la política de hechos consumados de la administración?
    Gracias.

    • Moya Marín Abogados

      Buenos días D. Antonio,
      Gracias por contactar con nosotros.
      En esos casos se suele pedir junto con el recurso la suspensión del acto impugnado, para precisamente evitar que lo comenta, suceda. Pero también le informamos que es muy difícil que se estime la petición de suspensión.
      Lo que comenta, es desgraciadamente algo muy habitual cuando se impugna un proceso selectivo. Pero si al final le dan la razón, tendrán que retrotaer las actuaciones.
      Sin otro particular
      Un saludo

      • Sheila

        Mi consulta es si se puede pedir la nulidad de un juicio ya que en este juicio dieron un plazo para aportar alegaciones y pruebas que es lo único qué acepto el juez
        Sin embargo el juez dictó sentencia al día siguiente saltándose el plazo para presentar las alegaciones y pruebas
        Espero me puedan ayudar

        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Sheila:
          Habría que estudiar en profundidad el asunto, pero
          si es tal y como nos comenta, sí parece raro, sí. Un cordial saludo

  18. Felix A. Cepero García

    Toda prueba debe ser aceptada, según el principio de igualdad de partes, de contradicción y a la defensa.

  19. MANUEL

    El catastro me aplica 3 fincas con referencia catastral, por este motivo la comision central de justificia gratuita, deniega la peticion del turno de oficio para un procedimiento en el TRIBUNAL SUPREMO. He pedido certficacion de fincas a nivel de toda España y sale negativo.
    EFECTUE LA RECLAMACION Y NO ME HAN RESPONDIDO.

  20. Sergio

    Hola. Se trata de un procedimiento Social donde ya es firme por inadmisión de recurso de casación. Una vez devuelto los autos al juzgado de primera instancia, y comparecer para verlos, observo en la documental de la otra parte, que hay un documento que no fue aportado en el acto de juicio y tampoco está especificado en el índice documental. Sin embargo, fue tenido en cuenta por su señoría de segunda instancia para estimar en parte el recurso de suplicación y disminuir la cantidad de dinero que me tenían que dar. Pregunto ¿Es factible solicitar nulidad de actuaciones? Gracias

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Sergio:
      Tal y como nos lo comenta, lo vemos complicado. Un cordial saludo.

      • Sergio

        Gracias por su respuesta. Pero un documento que no fue debatido en el acto del juicio ¿No produce infracción de las normas o garantías del procedimiento, causando indefensión? Un documento que aparece en los autos de forma extemporánea.
        Se podría entonces instar otro procedimiento que restituye los daños ocasionados. ¿Responsabilidad patrimonial del Estado Juez?

        Saludos

        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Sergio.
          Puede ser, aunque lo vemos complicado. No obstante pregúntele al letrado
          que le ha llevado el procedimiento, él tendrá una visión
          completa de todo. Un saludo.

  21. Lucia Rojas

    Quiero saber si es cierto que se paga por presentar una nulidad de actuaciones en materia civil Y cuanto es y que si el juez falla a favor se regresa el dinero ?

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Rojas:
      Tendríamos que estudiar su caso, para ver viabilidad y emitirle en su caso presupuesto.
      Mándenos si quiere toda la información y documentación a moyamarin@moyamarinabogados.es.
      Un cordial saludo.

    • Marlon omar angulo tuz

      Buenas noches mi duda es la siguiente los 20 días que dan para presentar una nuladidad de actuaciones es apartir de que se notifica la sentencia definitiva o apartir de que notificación se refieren

      • Moya Marín Abogados

        Estimado Sr. Marlon:
        En el caso de que haya existido alguna causa clara para pedir la nulidad (que se haya vulnerado algún precepto o requisito procesal, causando alguna indefensión)
        será desde la notificación de la resolución que se considera vulnera algún precepto (en su caso desde la sentencia) o desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión. Un saludo

  22. Carlos Martin

    Me surge la duda de que ocurriría respecto de los plazos en el caso de que se desestimara la nulidad de las actuaciones. En el caso de que se haya solicitado nulidad de actuaciones en medio de un procedimiento, si se desestima, si se computa desde la desestimación de nulidad o al no haberse considerado el plazo ha seguido corriendo.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Martín:
      Si es una ejecución no se suspende, a no ser que el Juez expresamente lo acuerde. Un cordial saludo.

  23. juan

    Perdón, quizás mis preguntas anteriores fueron demasiado escuestas.

    Se trata de un juicio de delitos leves.
    Fui sin abogado.

    En plazo pedí anulación de juicio por no admitirme una prueba y otra ni me permitieron sacarla de la cartera.
    Después de recibir sentencia provisional hice un escrito solicitando la anulación del juicio y suspensión de plazo para solicitar abogado de oficio.

    Fue ignorada mi petición de juicio nulo y me negaron el derecho a suspensión para solicitar abogado de oficio. «TODAS LAS PARTES TIENEN UN PLAZO DE CINCO DÍAS Y PARA EL RECURSO DE REPOSICIÓN ES NECESARIO QUE SEA CON REPRESENTACIÓN DE ABOGADO, POR LO QUE LE QUEDAN CUATRO DÍAS»

    Vale, me han impedido mi derecho a tener asistencia letrada. No puedo poner escrito de reposición. Me han ignorado la petición de juicio nulo. Por ello, pregunto:

    Para pedir juicio nulo, ¿ se puede pedir sin abogado?
    ¿Cómo se llama el procedimiento?
    ¿Los veinte días son hábiles o naturales?
    ¿Tengo alguna salida?

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Juan:
      Los 20 días para solicitar la nulidad de actuaciones son días hábiles. Pero
      por lo que comenta vemos complicado que se la acepten, dado que si quería
      estar asistido por un abogado en ese acto, debería haberlo pedido antes, no
      a posteriori. Y el hecho de que le hayan denegado una prueba no tiene
      que ser necesariamente nulo. Le deseamos tenga suerte. Un saludo.

  24. juan

    Para pedir juicio nulo, ¿ se puede pedir sin abogado?
    ¿Cómo se llama el procedimiento?
    ¿Los veinte días son hábiles o naturales?

  25. Irene

    Buenos días, he solicitado la nulidad de actuaciones porque me llegó directamente un embargo tras un juicio verbal al que no fui convocada. ¿Cuánto tiempo tarda el juzgado en dar respuesta?

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Izquierdo:
      Depende del Juzgado y el volumen de trabajo que tenga. Puede ser en una semana o en meses.
      Lo que sí le recomendamos es que esté personada para recibir correctamente la notificación.
      Un cordial saludo.

  26. eusebio

    Hola .

    Se despachó una ejecución civil sin tener el actor acción ejecutiva , atendido que el título carece de fuerza ejecutiva por ser nula la obligación de condena , consiste en elevar a público un documento privado que no reúne los elementos esenciales de la contratación , por tanto , estar ante una obligación inexistente , con lo cual no cabe ni otorgar escritura pública , ni pagar el precio , porque no es cierto , el cual por otro lado tampoco se les ha abonado íntegramente a los ejecutados . Después de haberse realizado muchas barbaridades procesales en el procedimiento , entre ellas haberse autorizado el notario una escritura en la que no se ha elevado a público el documento privado originario , sino otro distinto , y posteriormente sin existir causa haber inscrito el Registrador de la Propiedad , la parte demandada ha solicitado en varias ocasiones nulidad de actuaciones , que se declare inexistente la escritura pública y la inscripción registral , siempre la deniega el juzgado , alargando el proceso , entendemos que es para adquirir por usucapión . ¿ Qué tenemos que hacer para que finalice el procedimiento toda vez que el Juzgado no se mueve de su postura ?

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Eusebio:

      Es una consulta un poco complicada para resolvérsela por aquí. Si quiere
      mándenos la documentación de su asunto a moyamarin@moyamarinabogados.es, y le damos presupuesto para emitirle
      informe jurídico. Un cordial saludo.

  27. Jhon Erazo

    Buenos dias, tengo una demana en contra por un desahucio que nunca me hicieron ya que desocupe el piso pero el propietario nunca me contesto al llamado de entregarle las llaves del mismo, despues de unos meses y obrando de mala fe, me llega la demanda con embargo sin haber recibido nunca antes ninguna notificacion pues llegaban al piso desocupado. he pedido nulidad con mi abogado pero el juez la ha desestimado y ha dictado en mi contra. ¿QUE PUEDO HACER?

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Erazo:
      Recurrir si está en plazo. Que tenga suerte. Un cordial saludo.

  28. Maria Jesus Carriedo

    Buenos días, hace unos recibí en mi domicilio la sentencia de una juicio verbal en el que actuaba como parte demandante y en la que he sido condenada. Voy a pedir la nulidad del proceso debido a que considero que ha habido errores durante el proceso ya que no se ha procedido con la citación de los testigos solicitados por mi parte. Se puede pedir la nulidad aunque el Juzgado haya dicho que no hay posibilidad de recurrir??? es bueno presentar una nueva demanda por el mismo motivo cuando ya tienes una sentencia en tu contra???

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Maria Jesús:
      Por poder, puede intentar solicitar nulidad de actuaciones, independientemente
      de que no quepa recurso, pero tiene que acreditarlo bien esa nulidad. Sobre un asunto ya
      juzgado, no puede volver a presentar nueva demanda. Asesórese bien con un abogado. Un saludo.

  29. Fanny Elvir

    Hola no expone el motivo porque solicitan la anulidad, pero manifiesta que no se da traslado de la oposición al moratorio presentado anterior y suspensión de plazo para formular impugnación

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Fanny:
      Por lo que nos comenta (y sin haber visto la resolución que no nos ha facilitado) parece que se han retrotraído
      las actuaciones y le permiten al demandado oponerse ahora por no haberse dado traslado anteriormente. Un saludo.

  30. Fanny Elvir

    Hola soy la parte demandada de un juicio monitorio que en su momento el juez declaró como cerrado el caso y dio paso a juicio verbal como derecho fundamental solicitado por mi parte he recibido una notificación de la parte demandante donde solicita la nulidad de lo acturado cómo debo actuar

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Fanny:
      Deberíamos ver los motivos por los que se pide la nulidad. Un saludo

  31. Victoria

    Buenas noches
    Después de un juicio verbal se dictó sentencia admitiendo parcialmente la demanda de la parte demandante. En la sentencia se recogía no cabe recurso de apelación. Al cabo de 7 días me llega otra sentencia sobre el mismo hecho, donde el juez rectifica sobre cantidades y vuelve a establecer la sentencia y recoge sobre esta no cabe recurso alguno.
    Considero que ocurrieron ciertos problemas en juicio verbal que pueden ser dignos de nulidad de actuaciones y tengo alguna que otra pregunta: En la primera sentencia no se debió informar a las partes de qué recursos caben posibles si en su caso el recurso de apelación no cabía interponer? es decir, no es objeto de nulidad el no comunicar los recursos posibles trás la sentencia? y la segunda pregunta, es posible interponer una nulidad de actuaciones cuando aparece en la sentencia «no cabe recurso alguno»?

    Muchisimas gracias por su respuesta.

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Victoria:
      Es raro lo de que las hayan notificado dos sentencias distintas.
      Quizás una subsanaba de oficio un error material de la anterior.
      Como le decíamos a otra consulta, hay sentencias que no son susceptible de recurso, tal y como establece el artículo 455.1 de la LEC «las sentencias dictadas en toda clase de juicio, los autos definitivos y aquéllos otros que la ley expresamente señale, serán apelables, con excepción de las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando ésta no supere los 3.000 €». Si es su caso, entonces no se puede hacer nada. Un cordial saludo.

    • M.l

      Hola,en un juicio por 130 euros de estafa me aplicaron la multirencidencia y me condenaron a 1 años de prision,el supremo ahora dice que la multirencidencia no es aplicable al delito leve de estafa,al no especificarlo el legislador,como si lo puso en el delito de hurto…ya se anularon sentencias así,en cambio yo me tengo que comer el año de prisión? Por otro lado el que era mi letrado dio una entrevista a un periódico diciendo que así es la única manera de que dejase de delinquir ya que con las multas de los anteriores delitos leves no había dejado de hacerlo…¿es lógico que un abogado defensor pronuncie eso en un periódico tras la sentencia? Si hay solución me gustaría saber un presupuesto si hay algo que aún se pueda hacer,estoy a espera de cumplir la sentencia ya que aun no me presente en prisión.

      • Moya Marín Abogados

        Estimado D. Luis:
        Lo lamentamos, no llevamos asuntos penales. Deseamos que le vaya bien. Un saludo

  32. Iñigo

    Ante un proceso de juicio verbal entre ambas partes y tras notificarse sentencia, en ella aparece no cabe recurso de apelación. Solicito en plazo recurso de apelación por infracción de normas de garantía procesal, pero no recibo respuesta. Debo considerar que es silencio administrativo.
    Mi pregunta es si puedo solicitar nulidad de actuaciones contra una resolución donde no cabe recurso de apelación pero que ya han pasado varios meses desde la entrega de la misma, dado que yo estaba esperando la respuesta a mi recurso.
    También saber si existe un plazo más amplio sobre la posibilidad de presentar nulidad de actuaciones que los estrictos 20 días y donde quedan recogidos en la LEC.
    Un saludo y gracias por su tiempo.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Iñigo,
      Lo lamentamos, pero no creemos que pueda caber nulidad de actuaciones, porque
      seguramente sea un asunto, que por cuantía no quepa recurso de apelación, según el artículo 455
      de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Un cordial saludo

  33. Maria

    Buenos días!
    Ayer he recibido sentencia de un juicio por reclamación de cantidad a unos deudores, que no se presentaron a la vista, ni ellos ni su abogado y procurador designados. Su abogado va a intentar pedir incidente de nulidad ya que, tres días antes del juicio, se interpuso una denuncia de un deudor sobre otro por violencia de género (están casados) y entró en vigor una orden de alejamiento según argumentan, por lo cual no podían acudir al juzgado.
    Nos consta que esta persona sigue residiendo en el domicilio familiar, como si nada hubiera ocurrido, lo cual hace sospechar de una falsa denuncia para poder justificar su ausencia (no así la de su abogado y procurador designados…). ¿Debería solicitar a un investigador que recabe pruebas de que tal denuncia es falsa, para oponernos al previsible incidente de nulidad que van a solicitar?¿tiene posibilidades de prosperar dicho incidente?
    Gracias

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª María:
      Con lo que nos cuenta, no vemos muchas posibilidades a que prospere esa solicitud de nulidad
      de actuaciones, dado que como Vd, no vemos que exista ningún error procesal. Debían haber
      acudido a la vista (al menos uno de ellos), o si no, solicitar con antelación la suspensión del acto
      y no pedirlo a posteriori. Un cordial saludo.

  34. Pepe

    Hola buenas mira en el 2011 me acusan de un robo con fuerza en las cosas tengo abogado de pago y me ponen un preocurador,en el 2015 me dicen que tengo el jucio, el jucio se suspende y lo vuelven hacer en 2018 pongo nuevo abogado y nuevo procurador me condenan a 6 meses de prision.Ahora me llega una carta a casa que en 10 días en prision llamo ami abogado y me dice que no sabe nada,vamos al juzgado y me dicen que se le a informado al preocurardor pero no al de ahora de 2018 al de 2011 mi abogado apedido la anulación de las cosas por no poder defenderme que ese procurador le están llegando las cosas y las deja en visto que es lo que tengo que hacer llevo esperando más de 1 semana para que me contesten y no se nada

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Pepe:
      Consulte con su abogado, dado que él sabrá mejor qué es lo que ha pasado.
      Un cordial saludo.

  35. Mayte

    Se puede pedir la nulidad de un juicio cuando celebraron sin dos testigos ,uno de ellos un agente de policía y teniendo pruebas de que el otro agente conoce a la parte denunciante

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Mayte:
      Por lo que cuenta, nulidad de actuaciones no lo vemos, debería haber sido solicitada «tacha» para el testigo con amistad manifiesta con la otra parte y haber recurrido
      y protestado la no admisión de otros testigos en su caso. Un saludo.

  36. Alberto

    Buenas..pasando el juicio que tuve en 2019..mi abogado se vendió y no entrego documentos necesarios y justo el día después se hizo escrito impugnando el juicio..antes de recibir sentencia….se siguió después con el procedimiento con su siguiente recurso que esta todavía pendiente…se podría pedir nulidad?

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Alberto:
      No lo vemos claro. Un saludo.

    • JOSÉ ARROYO

      BUENAS MI HERMANA HA SIDO DESAHUCIADA CON EJECUCIÓN DE SENTENCIA EL VIERNES 27/11/2020, SIN QUE PREVIAMENTE SE LE HEYA COMUNICADO ESE HECHO. (QUE SE IBA A PROCEDER ESE DÍA A LA EJECUCIÓN).
      EL ABOGADO DEFENSOR (DICE NO SEBER NADA). (LOS QUE INTERVINIERON EN LA EJECUCIÓN DICEN QUE SE LO HABIAN COMUNICAADO A LA PROCURADORA POR LO TANTO ESTABA COMUNICADO.
      1º PUEDO DENUNCIAR A MI ABOGADO Y PROCURADORA SI ES ESTO CIERTO?.
      2º SERÁN NULAS TODAS LAS ACTUACIONES LLEVADAS A CABO EL VIERNES SI CMO DICE I ABOGADO NO TEIA CONOCIMIENTO DE NADA?.
      3º PUEDO DENUNCIAR LAS FORMAS QUE UTILIZARON (CON GUARDIA CIVIL, POLICIA ETC…) SIN PERMITIRME HABLAR CON MI ABOGADO Y DARME 5 MINUTOS PARA ABANDONAR MI CASA PROCEDIENDO A CAMBIARR LA CERRADURA?.
      4º A DÁ DE HOY SE PUEDE EJECUTAR UN DESHAUCIO SIN TENER SOLUCIÓN HABITAIOAL PARA MI FAMILIA, EN SITUACIÓN DE PANDEMIA?.
      POR FAVOR NECESITO AYUDA.

      • Moya Marín Abogados

        Estimado Sr. Arroyo:
        Si Vd o su hermana estaba personado en el procedimiento con procuradora
        y la fecha del lanzamiento fue comunicada a su procuradora, que
        es la que representa legalmente a las partes, entonces sí está adecuadamente
        realizado el acto de comunicación, y no creemos que pueda pedir la nulidad
        de actuaciones. Lo lamentamos, un cordial saludo.

  37. Benifer

    Se puede solicitar la nulidad de una sentencia del 2012 ya cumplida por enterarme ahora que hubo tacha de los testigos. La Juez tomó como testigo a los ocupantes del coche contrario, yo iba sola y cobraron indemnización. Fui absuelta en primera instancia por otro juez, en 2008, porque nos considero a ambas partes por igual y con versiones contrarias, no condeno s nadie, pero hubo un error y la abogada contrario consiguió que se repitiera el juicio.

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Benifer:
      Por lo que nos cuenta parece que hay ya sentencia
      de la Audiencia Provincial y es firme. Que unos testigos
      fueran tachados (son «tachados» por la parte contraria y se tiene en consideración
      o no esa tacha por el Juez) no influye para pedir una nulidad de actuaciones.
      Lo lamentamos. Un cordial saludo

  38. Eréndira Conny

    SE PUEDE PRESENTAR EL INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES, ANTE UNA CANCELACIÓN DE ALIMENTOS QUE NO ME NOTIFICARON SOY ESTUDIANTE Y ME CANCELARON ALIMENTOS, PERO NO ME NOTIFICARON EN MI DOMICILIO, Y YA SALIO SEN TENCIA DEFINITIVA

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Conny:
      Tendríamos que ver. Saber si se le intentó notificar de forma adecuada y si notificaron
      al otro cónyuge. Un cordial saludo.

  39. Miguel

    En un juicio contencioso de la parte demandante, es decir, contra la Administración, el letrado de aquélla, se pone completamente nervioso, callado y sin decir nada, pero que absolutamente nada, recayendo sentencia favorable al Ministerio del Interior, siendo todos los argumentos, entendemos, favorables al demandante ¿se puede esgrimir la indefensión como causa de nulidad de la vista celebrada? Gracias y un saludo

    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Rivera:
      Tal y como describe, no, no parece que haya habido nulidad de actuaciones. Un saludo.

  40. LUIS

    BUENOS DIAS.. VI EL SUCESORIO DE UNA CAUSA QUE LLEVO HACE 5 AÑOS.. Y DICTAN UNA SENTENCIA EL 27/08/2020 LA CUAL NO FUE NOTIFICADA MI ABOGADA EN SU CASILLA DIGITAL.. CUANTO TIENE DE PLAZO PARA PEDIR LA NULIDAD DE ESTO.. YA QUE NO FUE INFORMADA DE NADA.. NO DIMOS CUENTA DE LA SENTENCIA ENTRANDO AL EXPEDIENTE POR INTERNET.

    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Luis:
      Se tienen 20 días de plazo para denunciar la nulidad de actuaciones desde que se supo.
      No obstante, no entendemos muy bien su consulta. Desconocemos a lo que se refiere con lo de «sucesorio de una causa».
      Por otro lado, si se refiere a que su letrada fue notificada a través de Lexnet el 27 de agosto de este año,
      aún están en plazo para recurrir la sentencia. De cualquier modo, infórmese mejor con su abogada. Un cordial saludo

  41. Begoña

    Donde se debe presentar la nulidad? En el juzgado e instrucción donde se hizo el auto o en otro lugar?

    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Begoña:
      La nulidad de actuaciones se presenta ante el Juzgado donde se han tramitado los autos sí. Un saludo.

    • Melissa cruz

      Se puede pedir la nulidad en audiencia cuando todo el procedimiento fue incorrecto, ya que esa no era la vía según la ley y el ente judicial no se percató en todo el procedimiento.

  42. Jose Luis de Grado Arrebola

    Buenas noches
    He recibido una sentencia del tribunal económico regional el que me anula el acto impugnado de una providencia de apremio condenando a la Agencia Tributaria a hacer una nueva liquidación en periodo voluntario.

    ¿Esta resolución deja sin efecto los actos interruptívos de la prescripción vuelvo con los cuatro años que tenia.?

    Muchas gracias por la contestación

    • Moya Marín

      Estimado Sr.de Grado,

      Buenos días, gracias por su consulta, si está interesado en que le estudiemos el asunto, mándenos la documentación
      que tenga a moyamarin@moyamarinabogados.es . Un saludo.

    • Juan González

      Iniciaron un juicio de guarda y custodia y pensión alimenticia en Nezahualcóyotl puedo presentar incidente de nulidad dado que el último domicilio conyugal fue en CDMX y no en el estado de México

      • Moya Marín Abogados

        Estimado Sr. González:

        Lo lamentamos, consulte a un abogado de México, dado que aunque existen similitudes, no
        es igual el derecho español y el mexicano. Un cordial saludo.

        • rocio

          Buenas tardes, yo presente un juicio de acción Proforma, dictaron sentencia, pero en la sentencia se omitieron las medidas y colindancia mi pregunta es puedo tramitar el incidente de nulidad de actuaciones, pues las medidas y colindancias son necesarias para poder escriturar

          • Moya Marín Abogados

            Estimada Dª Rocio
            Lo lamentamos, pero no entendemos su consulta.
            Si quiere, póngase en contacto con nosotros a través
            del correo electrónico moyamarin@moyamarinabogados.es
            remitiéndonos toda la documentación y le remitiremos presupuesto.
            Un cordial saludo.

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