Si gano el pleito con costas ¿el demandado paga todo y yo no pago nada?
13 junio, 2019Nos realizan la siguiente consulta sobre qué pasa si se gana un pleito con costas, si entonces el cliente no tiene la obligación de pagar nada.
Vamos a aclarar que cuando se gana el pleito con costas quiere decir que , en sentencia, el juez ha impuesto las costas judiciales al vencido, es decir , que el que ha perdido debe abonarle al contrario las costas judiciales que ha sufragado él – tasadas por el Secretario-, con lo que puede recuperar gran parte de los gastos (sino todo), esto es de lo que ha tenido que pagar a los distintos profesionales que le han asistido.
Las costas son los gastos básicos ocasionados en un procedimiento judicial. Es decir los honorarios del abogado, de la representación procesal de la parte (el procurador), y en menor medida, los honorarios de peritos y otros gastos como publicación de edictos, tasas en su caso etc..
Pero estas costas judiciales, para poder reclamárselas al contrario deben ser tasadas (valoradas y limitadas) por el Secretario Judicial. Sin embargo hay actuaciones minutables de honorarios de abogado, procurador y perito que directamente el Secretario Judicial no incluye, dado que se basa en un Baremo de mínimos, pero no por ello se deben dejar de pagar. Por lo que hay que recordar que si bien con las costas judiciales el cliente puede recuperar todo lo pagado, los honorarios de abogado, procurador y perito deben ser primero satisfechos por el cliente, y luego con las costas judiciales probablemente recuperarán todo, pero la obligación inicial del cliente es pagar a su abogado, procurador etc.. y luego podrá recuperar sino todo, gran parte.
Influye también lo que haya pactado con su abogado, se puede pactar que el cliente le cede las costas al abogado, más un porcentaje de lo que se obtenga en el pleito, o cederle las costas y minutarle su abogado la diferencia entre las costas tasadas y sus honorarios reales o lo que estimen ambas partes… De cualquier modo , siempre es mejor hablarlo primero con su abogado y aclararle sus posibles dudas.
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Buenas tardes,
Antes del juicio contra la empresa, el abogado me dijo que un porcentaje de la reclamación de cantidades que se reclama a la misma tras ganar el juicio iba a ser para el. Pues el caso es que la empresa todavía no me ha pagado nada tras ganar la demanda , pero el abogado me reclama esa cuantía (respecto a las cantidades que me debe la empresa)que dice corresponderle. Evidentemente, yo le he dicho que cuando cobre se le pagará esa cantidad, pero insiste en que debo pagar o me denunciara. ¿ tengo obligación de adelantarle ese dinero teniendo en cuenta que no he cobrado ni un euro por parte de la empresa todavía?
Un saludo.
Estimada Dª Claudia:
Dependerá de lo que pactó con su letrado. Los honorarios
indudablemente se han devengado, pero otra cosa es que se
pactara expresamente que dichos honorarios
se cobrarían de un porcentaje de la obtención
de la indemnización.
Sin otro particular, un cordial saludo.
Gané un juicio procedimiento ordinario de una donación en el juzgado de Madrid y Audiencia, respectivamente. Por dicho procedimiento paué a la Letrada 1500€ mas 1000€ de prueba pericial más 999,41€ de gastos de procurador.. No se pactó ni se acordó que las costas quedaran a disposición de la letrada( cesión, fondo de costas). Con el fallo solicite a la letrada que me remitiera copia del mandamiento de pago, para cotejo con la factura 7260€ con IVA, es decir hay un incremento en su cuenta por ingreso de la transferencia que figura en la factura que se ingresa en su cuenta,ninguno en la mía.
Le solicité que me remitiera la parte que le había pagado 3499,41€ no realizandolo. Es decir me encuentro que , si las costas son un crédito a favor del cliente y no del abogado y que se debe proceder a restitur al cliente lo que había pagado pasando una vez hecha esta restitución el exceso al abogado/a no ha sido así, ha pasado la totalidad a la letrada, quebrando el principio de indemnidad , confianza y demas normas deontológicas. Me gustaria saber una aclaración pòr este tipo de actuaciones » profesionales» . Muchas Gracias.
Estimado D. Jose Antonio:
Lo lamentamos, pero eso debería aclararlo Vd con su letrada y en su caso con el
Colegio de Abogados de intermediario. Un cordial saludo.
En primer lugar mi agradecimiento, pero , por el texto sobre el que explico el caso, quería añadir unos matices, que me agradarían repuesta : 1º) La confianza como relación cliente/Letrada se ha quebrado y 2º) Mas bien del término verbal » aclarar», es si me tiene que devolver o no lo que habia pagado. En explicación a una presunta repuesta, ya explicada en el texto, no se pactó ni se manifestó ningún acuerdo, sobre las mismas.
Muchas Gracias. Y un saludo
Estimado D. Jose Antonio:
Lo lamentamos pero no podemos ayudarle nosotros. Hable con el Colegio de Abogados.
Un cordial saludo
Tuve un accidente de coche después de 4 años cobro indemnización,intereses y costas,el abogado y el procurador me lo pido la compañía del seguro del coche y ahora me reclaman el importe que he recibido x las costas,quién debe o puede quedarse con ese dinero
Estimada Dª Laura:
Depende de lo que haya convenido con su defensa letrada y/o compañía
de seguros. Sin otro particular, un cordial saludo.
Hola Buenas tades,
Gané un juicio tanto en primera instancia como en segunda instancia en los Juzgado de Madrid, Juzgado y Audiencia Provincial, respectivamente. Las costas en que se condena al demandante ya que comparecía como demandado ascendía a 7260€ con IVA. El Mandamiento de Pago lo recogió el Procurador remitiéndoselo a la Letrada, que, sesgun factura, fue ingresado en su cuenta, asi consta en la misma. Con la Letrada acordé el pago de 1500€ mas 1000€ de prueba pericial mas 999,47€ de gastos de procurador. No se pactor, ni se acordó nada, con el resultado de las costas. Al ser vencedor en este caso como parte demandada, le solicite mi reintegro de mis gastos 3499,47€, no habiendolo efectuado, ya que la parte vencida tuvo que pagar su abogado, procurador, pruebas que aportara mas las mías, con lo que me resulta imposible concebir este caso, con el consiguiente perjuicio al principio de confianza, resarcimiento del daño patrimonial y de indemnidad en que me he visto sometido en el procedimiento. El procedimiento era ordinario, una donación. Me gustaría una aclaración. Gracias, anticipadamente.
Buenas noches mi pregunta es la siguiente tuve un caso de DUI decidí contratar a un abogado para ayer me representara en la primera cita en la corte los policías no presentaron. Las fichas y el caso no procedió debe el abogado devolver mi dinero por qué el dijo que asta que mirara los cargos empezaría a t te atrabajar
Estimado D. Eduardo:
Háblelo mejor con su letrado, porque puede que sí tuviera
que realizar actuaciones minutables, o consulte mejor con un compañero de su país.
Un cordial saludo.
En una demanda por impago, hemos llegado a un acuerdo ambas partes. Tenemos que hacernos cargo del coste del abogado de la parte contrária?
Dicen que si no, no firman y nos llevan a juicio.
Estimada Dª Montse,
Normalmente en las transacciones judiciales cada parte paga sus costas, pero no es obligatorio. Hay que estar a la voluntad de las partes.
Puede ser que en su caso, precisamente por motivo de la rebaja que le han hecho, la otra parte quiera que en el acuerdo conste expresamente que Vd. paga las costas
Saludos
buenas noches,la comunidad de vecinos hemos ganado 3 jucios al ayuntamiento de mi municipio por un ascensor, y nuestro gestor dice que tenemos que pagar nuestras costas y las del ayuntamiento poniendo el ayuntamiento todos los recursos que han podido y haciendo que esto haya durado muchos años, esto es asi? tengo la obligacion de pagarlo todo
Estimada Dª Virginia:
Tendríamos que ver la sentencia o sentencias de esos procedimientos que refiere,
para saber exactamente cuál ha sido la imposición de costas. Mándenos si quiere
la documentación a moyamarin@moyamarinabogados.es Un cordial saludo.
hola tengo algunas dudas que no me aclara el abogado: en ganado en segunda instancia un caso de desahucio, y ahora tienen que solicitar la tasacion de costas. mis dudas son: 1. si aun no se interpuso demanda de jecucion para lanzamiento de deshaucio se puede presentar la solicitud de la tasacion de costas? 2. si pudiendo presentarse la solicitud mi abogado puede incluir en su minuta todo lo referente en primera instancia, demanda, vista, y también la interposición de demanda de ejecucion de la sentencia de segunda instancia firme, aun que aun no la ha presentado?
Estimada Dª Cristina;
Le contestamos a sus preguntas:
Sí, la solicitud de tasación de costas es independiente de la ejecución de la sentencia. Se pueden solicitar de manera paralela, o cualquiera de las dos sin instar la otra.
En la tasación de costas se podrán incluir las actuaciones en cuya instancia se haya conseguido la condena favorable de costas. Es decir, si también ha habido condena en costas en primera instancia, sí podrán incluirse las actuaciones realizadas en dicha instancia. Si la ejecución no se ha llegado a instar, evidentemente no podrá incluirse dicha actuación en la tasación. Podrá solicitarse la tasación de la ejecución una vez ésta se inste y finalice.
Esperamos haber resuelto sus dudas.
Un cordial saludo
Buenas, gané un juicio contra mi empresa que no me pagó durante varios meses y el último día del proceso ejecutivo antes de embargarles me pagaron. Ahora tras casi 1 año me han pagado los intereses por demora y las costas de mi abogado, pero mi abogado dice que esas costas son suyas (yo ya le pagué unas costas cuando me pagó la empresa el último día del proceso por ejecutiva). No entiendo por qué me pide ese dinero si ya le pagué, es correcto? También tengo la duda de por qué a mi me cobran la minuta con IVA (un porcentaje de mi cuantía total) si a mi me pagan la cuantía sin considerar IVA. Gracias por atenderme
Estimada Dª Noelia:
Depende de lo que haya acordado Vd con su abogado,
y de lo que realmente le cobrara inicialmente,
dado que probablemente con ello no se cubrían todos sus honorarios.
Las minutas de los profesionales sí llevan IVA, los salarios no.
Un cordial saludo.
Cuando se gana un juicio de modificación de medidas (Pensión compensatoria), puede el demandante de inmediato dejar abonar la pensión que venía realizando aunque el demandado recurra la sentencia.
Gracias.
Estimado D. Juan:
Los recursos sobre las sentencias de este tipo de asuntos de familia no suspenden la eficacia de
las medidas adoptadas por esa resolución, es decir, si la sentencia lo acordó así, puede perfectamente
dejarse de pagar la pensión compensatoria a pesar del recurso interpuesto, eso sí, en caso de ser
finalmente revocada la sentencia le pueden reclamar
de forma retroactiva la pensión durante ese tiempo.
Esperando haberle aclarado, un cordial saludo.
Me ha quedado bastante aclarado.
Muchas gracias por la información y rapidez en tramitarlo.
Saludos respetuosos.
Tuve un juicio civil (como demandado) y lo gané, con imposición de costas a la parte demandante. La parte demandante llevó como abogado a uno de oficio. Han recurrido la sentencia a la Audiencia provincial, y he vuelto a ganar con imposición de costas (de nuevo) a la parte demandante.
Mi abogado me dice que las costas las tengo que pagar yo, aunque se las hayan impuesto a los demandantes en ambos procedimientos, ya que llevaban un abogado de oficio.
Esto es así? Porque tengo que pagar yo las costas de unos juicios que he ganado y que le han impuesto las costas a los demandantes?
Estimado D. José:
Lo que seguramente le habrá dicho su abogado es que Vd. tiene obligación de pagar los honorarios tanto suyos (los de su abogado), como los de su procurador, no las costas.
Las costas contrarias, evidentemente no tiene que pagarlas al haber sido Vd. el vencedor del procedimiento en ambas instancias.
Pero es cierto, que cada parte tiene la obligación de abonar los honorarios de su respectiva defensa técnica (abogado y procurador), con independencia de cuál sea la imposición de costas de la sentencia. Ahora bien, este coste luego se repercute a la parte que haya sido vencida y le hayan impuesto las costas del procedimiento.
Lo que ocurre es que en su caso, la parte contraria, aun habiendo sido vencida, no tiene recursos económicos para afrontar dicho pago, pues por ello tiene abogado y procurador de oficio (son profesionales pagados por el Estado, para las personas que acreditan no llegar a un mínimo de ingresos). Por eso, nos tememos que, como le decimos, no podrá repercutir el coste de su defensa procesal (abogado y procurador) a la parte contraria.
Esperamos haberle ayudado con su consulta.
Hola, he ganado un juicio de lesiones, las costas la paga el, en el fallo, pibe eso y que me tienen que indemnizar Pero ahora están recurriendo / apelando. Mi pregunta es la siguiente?? Igualmente tiene que pagar las costas aunque haya recurrido?? O esto se detiene hasta que decidan la apelación.
Estimado Sr. Juan R.
Las costas no podrán tasarse hasta que no recaiga la nueva Sentencia, puesto que la primera sentencia aún no es firme, y por lo tanto, el pronunciamiento en costas que contiene, tampoco.
Esperamos haberle ayudado. Saludos
En juicio Civil, nombro abogado, Procurador y Perito, le fueron pagando el seguro, (tengo defensa jurídica por CTA. del Seguro vivienda) y le pagaron todo, se celebra juicio y gano y condenan imposición de costas a la parte contraria. es normal que el abogado cobre dos veces? gracias.
Estimado D. Manuel:
Depende de lo que hubiera pactado con su abogado, y qué
es lo que ha minutado. Un cordial saludo.
En un juicio civil, la parte contraria a sido condenada al pago de las costas, pero mi abogada me dice que han intentado que la parte contraria pague las minutas de abogado y procurador desde que salió la sentencia, pero no lo han conseguido.
Por ello, deben iniciar la tasación de costas contra él en el Juzgado, pero previamente debo abonarles las minutas.
Esto es correcto??
Estimado D. Doroteo:
Sí, es perfectamente correcto.
Buenos noches! Tengo una duda.
He tenido un juicio y lo he ganado me entregaron la correspondiente sentencia donde pone que costas procesales serán declaradas de oficio, no entiendo lo que quiere decir.
La parte contratia lo recurrió y lo volvio a perder, esta segunda vez me tenian que haber entregado otra sentencia para comunicarme que era firme?
Pagué a mi abogada sus honorarios al ganar el juicio mi abogada me debería devolver el dinero que le abone en su día?
Muchas gracias por su ayuda.
Estimada Dª Susana:
Cuando las costas son declaradas de oficio, significa
que ninguna parte está condenada a pagar las costas del otro.
En la sentencia de Segunda Instancia puede haber otro pronunciamiento
distinto, pero si bien significa que puede recuperar todo o parte del
importe de los honorarios de su abogado en esa instancia, a su abogado
debe pagarle, y recuperar las costas del contrario. A no ser que pacte
otra cosa con su letrado. Un cordial saludo.
He pagado a mí representación en proceso de desahucio según hoja de encargo profesional, han condenado en costas a la parte contraria y mí abogada me dice que las costas son de ella, ayúdeme no se sí es correcto, gracias un saludo.
Estimado Sr. Castillo:
Dependerá de lo que tenga pactado en la hoja de encargo. Aunque
teóricamente las costas son del cliente para recuperar parte o todo
de los honorarios que le haya abonado ya a su abogado y procurador,
puede que se haya pactado que directamente se las quedara el letrado.
Un cordial saludo.
Buenas tardes agradezco la aclaración, pero en la hoja de encargo profesional sólo consta él total del procedimiento y la forma de pago, gracias por todo un saludo
Hola, hice una reclamacion de gastos hipotecarios, ahora las costas me las ingresan a mi, mi abogado dice que es todo integro suyo, es cierto o de ahi le tengo que pagar a el y el resto es mio. Unos dicen una cosa y otros la contraria. No se que hacer. No quiero lo que no es mio pero tampoco que me engañen. Gracias
Buenos días Iratxe:
Depende de lo que pactó con su abogado. Pero si Vd no le
ha abonado honorarios a su abogado, como suele pasar
en estos temas, es normal que quiera que le transfiera íntegras
las costas. Un cordial saludo.
Tuve un accidente de tráfico donde perdi un camión siniestro total, tuve lesiones físicas baja 6 meses, Daño emergente y lucro cesante totalmente demostrable por facturas y declaración de la renta. Hemos presentado reclamación según mi abogado lo justo y razonable. Y la compañía contraria a ofertado una indemnización donde solo se cubre danos físicos, no estamos de acuerdo y queremos reclamar todo íntegro ya que no se ha contemplado lucro cesante, Daño emergente, ni pérdida del vehiculo, pero nuestro abogado insiste en que cobremos ese dinero a cuenta y luego reclamemos lo demás vía judicial, según dice que es la vía más favorable? Ya que ir a juicio por el importe íntegro puede suponer costas elevadas en caso de perder el juicio? Tengo entendido que las costas se pagan si el juez dictamina que la cantidad a cobrar es inferior a la solicitada o si hay alguna irregularidad, de no haberla no se por que se emplean en hacer la reclamación en dos partes?
Muchas gracias de ante mano.
Estimada Dª Maria:
Por lo que nos comenta, puede ser, que
se reciba a cuenta una cantidad y reclamar la restante.
Pero consulte mejor con su abogado, que el conocerá con mejor
profundidad el asunto. Un cordial saludo
Buenos días,yo hice una reclamación de gastos hipotecarios q salió en el procedimiento ordinario sin imposición de costas …el banco apelaría digo yo pues no tenía idea de nada y el abogado recurrió la apelación y saliendo desestimado y con imposición de costas al banco ,esas costas me las ingresan a mí y yo como no sabía se lo digo al abogado y me dice que son suyas ,yo sé las doy pues me manda un desglose de minuta suya y de procuradora pero a mayores me dice que le debo el dinero del procedimiento ordinario entonces mi pregunta es la siguiente ,le tenía que haber dado el dinero de las costas a él o eso era mío.
Saludos
Estimada Dª Beatriz:
Depende de lo que hubiera pactado con su abogado. Aunque en puridad
las costas son del cliente para recuperar lo que le ha tenido que pagar
a su abogado, muchas veces, se ceden directamente al abogado para no tener
que pagarle primero a él (como ha podido pasar en apelación). Pero si no ha
habido condena en costas en primera instancia, indudablemente esos honorarios
se los debe pagar directamente Vd. Un cordial saludo.