Qué significa estar en rebeldía

1 junio, 2016
Abogados en Almería » Noticias » Qué significa estar en rebeldía

Hoy vamos a explicar qué significa estar en rebeldía en un procedimiento civil. ¿QUIÉN ES REBELDE?  Es declarado rebelde quien ha sido demandado en un procedimiento y no comparece en el plazo indicado en el proceso. Puede ser a la hora de contestar a la demanda, a la hora de comparecer en el juicio, o durante cualquier fase del procedimiento. No supone más que eso,  declarar su incomparecencia al proceso, por voluntad propia.

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¿UN REBELDE SERÁ ENTONCES CONDENADO? en el caso de que no, ¿POR QUÉ NO MERECE LA PENA SER REBELDE? Haber sido declarado rebelde no quiere decir que uno vaya a ser ya juzgado y condenado automáticamente, dado que el Juez tiene que considerar acreditado lo que reclama la otra parte y resolver y juzgar. Pero obviamente, estando en rebeldía pierde ese demandado una oportunidad grande de defenderse, dado que nadie defenderá mejor sus intereses que uno mismo.

EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE REBELDÍA. Estar en rebeldía no supone ni reconocer tácitamente los hechos, ni tampoco oponerse a los mismos. Y el juez sólo contará con la versión de la actora (y con su sana crítica) para resolver sobre el asunto.  Por otro lado, ya el Juzgado no tiene el deber de notificarle ninguna resolución a excepción de la Sentencia. Un demandado rebelde que ha sido condenado en sentencia no puede recurrir los hechos que fueron asentados en esa instancia, habiendo tenido oportunidad de hacerlo en su momento oportuno, lo único es que se haya cometido alguna infracción de  derecho o saltado algún protocolo procesal que le deje claramente en indefensión.

¿CUÁNDO PUEDE SER DECLARADO UN DEMANDADO REBELDE? La primera es cuando el demandado, aún habiendo recibido fehacientemente la demanda o teniendo conocimiento del proceso, no comparece en plazo. La otra alternativa es que no sea posible su localización. Pero si a la hora del emplazamiento (entregar la demanda) no se encuentra al demandado de primeras, no se puede pedir su declaración de rebeldía. Deben agotarse todas las vías de averiguación de su paradero para no causarle indefensión.  Se puede hacer a través del Juzgado que tiene forma de hallar distintas direcciones de empresas y personas (con Administraciones colaboradoras como la Policía, Hacienda, Registros, Catastro) y si no ha sido posible (al menos varios intentos) finalmente se puede publicar su emplazamiento (que ha sido demandado) en Boletines oficiales o edictos.

Si tiene alguna duda contáctenos www.moyamarinabogados.es

Comentarios

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280 Comentarios

  1. Ali

    Buenas,

    Me ha llegado una carta del juzgado conforme tengo que pagar una deuda (la reconozco) y que si no respondo en 10 dias se me declará en rebeldía procesal. MI pregunta es si no me presento, supongo que se me declara culpable y se me embargara algo de mi cuenta hasta ahi bien pero yo tengo un viaje dentro de la unión europea en un mes, tendría algún problema?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Ali:
      No, no tendrá ningún problema para viajar.
      La rebeldía procesal significa que el demandado
      no ha contestado a la reclamación y se dictará
      sentencia sin oirle. Pero no tiene efectos perjudiciales
      más allá de que le puedan ejecutar la posible condena dineraria.
      Un cordial saludo

      Responder
  2. Cristian

    Hola,
    La próxima semana tengo un juicio verbal contra un concesionario de coches de segunda mano al que demandé por no querer hacerse cargo de los vicios ocultos de un coche estando en garantía. Por como ha transcurrido todo el proceso (2 años casi) no creo que se presenten pues no han respondido nunca a nada, ni mediación, ni nada…si no se presenta, ¿existe alguna forma de que llegue a cobrar lo demandado? Gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Cristian
      Dependerá de la solvencia del concesionario, si es una sociedad
      limitada en activo, un autónomo titular, con algún patrimonio, cuentas,
      devoluciones etc.. Ya lo verá en ejecución de sentencia en su caso. Un cordial saludo.

      Responder
  3. Paulina

    Que significa que me declaran en rebeldía, y que la sentencia de visitas provisorias del padre se efectúen?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Paulina:
      Como explicamos en el artículo, que no ha comparecido
      en el plazo acordado al procedimiento. Sin otro particular, un cordial saludo.

      Responder
    • Angel

      Hola soy Ángel, somo 4 que estamos en monitorio y los 3 tenemos abogado y mi pareja no ,por cuando fuimos a recoger la demanda fuimos los dos mi pareja y yo que estaba a nombre de los dos y yo llamé para que nos dieran un abogado de oficio y fui yo solo ya que mi pareja trabajaba, y yo pensaba que el abogado que pedí era para los dos por falta de desconocimiento y resulta que no que cada uno tenía que pedir el suyo, yo no lo sabía y mi pareja menos, si la declaran en rebeldía ,que hacemos. Gracias

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado Angel:
        Como explicamos en el artículo, no significa que
        le vayan a condenar. Un cordial saludo.

        Responder
  4. Carlos

    Hola, en abril 2022 demandé a compañía aérea por retraso en un vuelo, en noviembre 2022 recibí notificación del juzgado indicando que admitía a trámite la demanda y comunicaba a la parte demandada, quien tenía 10 días para responder. Estamos en junio y no tengo noticias de nada, hay que hacer algún otro escrito o esperar que haya sentencia?
    Gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Carlos:
      Contacte con su abogado o procurador para que le informen del estado
      del procedimiento. Un cordial saludo.

      Responder
    • Iss

      Buenos días, me a llegado una demanda por impago de alquiler , la vivienda la entregué hace 3 años, 3 años después me llega una notificación de demanda, que pasa si no acudo a la demanda? Me podrán meter en la cárcel? Tendré que pagar una multa ?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Buenos días Iss:
        No, no le meterán en la cárcel por ello. Pero le aconsejamos
        conteste a la demanda en plazo con un abogado, aportando en su caso resolución
        del contrato o finiquito que firmaran en su día y justificante del pago de las rentas
        en su caso, para evitar que le reclamen la cantidad que le reclaman y luego
        puedan intentar embargarle. Un cordial saludo.

        Responder
  5. sandra yamilet flores

    en demanda de alimento, cuando declaran una persona en rebeldía, y nunca fue notificado, le embargan el salario y es ahí donde se da cuenta que hay demanda puede contestar a esa demanda

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Sandra:
      No, si fue declarado correctamente en rebeldía, no puede
      contestar ya a la demanda. Otra cosa es que se le declarara rebelde sin
      haber agotado la diligencia exigible para poder notificarlo.
      En cuyo caso podría pedirse la nulidad de actuaciones. Un cordial saludo.

      Responder
    • Antonio

      Hola estoy en estado de rebeldía porque no conteste la notificación de medidas y ahora me están citando en el juzgado, que pasa si no voy?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado Antonio:
        Pues que seguramente sea condenado sin poder defenderse. Un cordial saludo

        Responder
  6. Nereydamartinezcardenas@gmail.com

    Buenas mi hijo fue declarando en rebeldía k puedo aser para k le quiten eso donde puedo ir k el quiere hablar con el juez es k cadabes que tenia audiencias era dinero y dinero y yo soy una madre pobre para yo pagar tanto dinero a un abogado k puedo aser mi hijo lo k tiene 19 año y es primerabes k el cai preso

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Nereyda:
      Creemos que se trata de otro tipo de consulta
      a la que se refiere a un artículo. Consulte mejor
      con un abogado penalista. Le deseamos tenga suerte.
      Un cordial saludo

      Responder
  7. Bàrbara Pérez

    Buenas tardes:
    Mi pregunta hace referencia a un delito de hurto de 175 pesetas en el año 1915 y una posible declaración de rebeldía por no comparecer ante el juzgado. ¿Qué pena podía conllevar? ¿Cuándo prescribía este tipo de delito?
    Muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sr. Pérez:
      No somos penalistas. Pero seguramente esté prescrito. Un cordial saludo.

      Responder
  8. Julian

    Hola,
    me ha llegado una citacion para comparecer por una demanda de una deuda, de 750 euros.
    Esta deuda la reconozco, y estoy conforme totalmente con lo que se me reclama.
    Ya tengo un embargo, y otras 3 demandas por deudas contando esta, que entiendo se tendran que poner a la cola ya que segun tengo entendido no me pueden embargar dos veces la nomina (lo unico que tengo)

    Si no voy al juzgado,(hablan en la carta de «rebeldia») entiendo que simplemente perdere el juicio y listo no? No habra mas consecuencias? me condenaran a devolver los 750 y costas y cuando acaben los otros 3 embargos les tocará a ellos, correcto?
    Gracias!

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimad Don Julián :

      Sí, es como Vd dice. Puede preguntar en su empresa para que le confirmen la cantidad de la nómina que se le embargará, en su momento (ya sabe que el Salario Mínimo es inembargable, y que todo lo exceda de dicha cantidad se embarga gradualmente). Y puede que pretendan averiguar otros bienes.
      Sin otro particular, un cordial saludo

      Responder
      • Naikary

        Me declararon en rebeldía por meter la contestación un día después del término, después de eso siguió el proceso pero ni las pruebas ni ningún otro escrito fue tomado en cuenta por la rebeldía, interpuse que na apelación a la sentencia y tampoco se tomó en cuenta porq el juez dijo q ya había sido declarado en rebeldía y después interpuse un amparo y tampoco se tomó porq nuevame te me dijeron q en el primer juicio se me declaro en rebeldía, mi precu ya es una persona q fue declarada en rebeldía en el juicio pierde el derecho de apelar o de un amparo por ser declarado en rebeldía solamente en la primera instancia ?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Gracias por contactarnos Naikary.

          Por lo que nos comenta la declaración de rebeldía no significa la pérdida del derecho a apelar
          o recurrir, pero lo que sí se ha perdido es la oportunidad de contestar a la demanda. Y
          por lo tanto sus opciones y la viabilidad de los recursos se limitan bastante.
          Lo sentimos. Reciba un cordial saludo.

          Responder
    • Iliass

      Holaa julian
      Mi caso igual que el tuyo me ha llegado una demanda y no fui a contestar
      Quiero saber cuanto me pueden embargar de mi nomina
      Estoy casado y tengo un niño , estoy de alquiler y gastos del mes
      Si me puedes decir como te va eso
      Gracias

      Responder
  9. Asier

    buenas tardes, en el caso de que una persona (en este caso un responsable político) resulte condenado por ignorar una sentencia judicial y gastar dinero público sin necesidad ¿se trataría de malversación de caudales públicos y prevaricación? ¿dicha condena podría conllevar penas de cárcel? si es así, ¿de cuánto tiempo podría ser esta condena? muchas gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Asier:
      Lamentamos informarle que no llevamos asuntos penales
      para poder asesorarle al respecto. Consulte con un abogado
      penalista en caso de que quiera denunciar esos hechos.
      Un cordial saludo.

      Responder
      • Deimer Orozco pajaro

        Hola buenas tengo una pregunta tengo un viaje a Colombia y me a llegado una notificación del juzgado eso me impide viajar ?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado Sr. Orozco:
          Depende de qué tipo de notificación. No creemos, pero consulte
          antes con un abogado enseñándole esa notificación. Un cordial saludo

          Responder
    • Roberto

      Hola, se puede solicitar declarar en rebeldía en un juicio de partición de herencia?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado D. Roberto:
        Sí. Si se cumplen los requisitos que explicamos en el artículo, se podría
        declarar a alguien en rebeldía como en cualquier procedimiento. Un cordial saludo.

        Responder
  10. José Angel Santos Valle

    Buenos días.
    Tengo un caso de reparto de herencia en Valladolid (yo vivo en Madrid)
    Cuando comparecí a una vista le dije al juez que yo tenía una causa penal abierta en León en la que había una clara vinculación.
    El juez paralizó el proceso de reparto de herencia y mi abogada se enfadó por decir eso ante el juez y dimitió.
    Me notificaron de su dimisión y me dieron 10 días para buscar abogado y procurador de oficio.
    Como el proceso se había paralizado no entendía porqué tenía que buscar otro abogado y procurador.
    Al cabo de 3 meses el juicio se a reanudado y el colegio de abogados de Valladolid me dice que no da abogados de oficio para un caso ya empezado.
    Ya me han advertido en el juzgado de Valladolid que si no presento abogado y procurador para el día de la vista (30 de Mayo 2022) se me declarará en rebeldía.
    ¿Qué puedo hacer?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. José Angel:
      Le recomendamos que busque un abogado de Valladolid, o que pueda
      desplazarse hasta allí, y que se persone en el procedimiento y le represente.

      Un cordial saludo.

      Responder
  11. Lore Ortiz

    Buen día. Hace poco me enteré que hubo un juicio oral mercantil en mi contra. Saque un préstamo para mi madre y está solo hizo algunos pagos, cosa que nunca me dijo. Después de 9 remates adjudicaron mi casa a su favor la cual saco mi esposo por medio de infonavit pero también aparezco como propietaria porque estamos casados por bienes mancomunados. Para la notificación o emplazamiento fueron a casa de mi mamá y no encontrándome (obviamente no vivo ahí) le dejaron los documentos a una pareja eventual de ella con la que tuve problemas y me aleje porque es una persona adicta y violenta (tuvo una demanda de parte de mi mamá y restricción al domicilio). Nunca me dijo nada sobre la demanda pero en la diligencia dijo que yo vivía ahí y que había salido a un trabajo, falso pues ni vivo ahí, ni tampoco trabajo desde que me case (10años de matrimonio) porque tengo dos niñas pequeñas. ¿Que puedo hacer? ¿Como demuestro que esta persona mintió? Estoy sumamente mal porque el préstamo que pedí fue de 50,000 pesos y la casa vale 600,000 y aún no está liquidada. ¿Existe alguna solución?
    -Me demandaron en 2018 y yo ya tenía 6 años de los cuales 5 oficialmente casada en el acta aparece otro domicilio (rentábamos)
    -Mi INE desde el 2017 tiene mi dirección, recibos de servicios públicos de mi esposo y míos desde el 2015, facturas con el domicilio en todo este periodo.
    -La parte actora mando como mi domicilio el de mi mamá y en el contrato aparece “domicilio:SIN nombre” o sea no pusieron domicilio y existe una cláusula que dice “para efectos legales se notificará en el domicilio señalado”, es por eso que tampoco entiendo porque tomaron ese domicilio como mío, si ni en el contrato o pagaré aparece.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Doña Lore:
      Aunque probablemente el concepto de rebeldía se parezca
      y el derecho español sea muy similar a su derecho nacional, le aconsejamos
      que se asesore mejor con un abogado de su país. Un cordial saludo

      Responder
  12. Lidia

    Estoy en un piso de alquiler y la anterior inquilina no ha puesto donde está empadronada, vino un agenre juridico a traer una citación supongo que sera un monotorio, llame a los juzgados para decir que dicha persona no vivia alli, mi pregunta es podrian seguir viniendo a mi casa a traer el cerrificado? Ya que sigue empadronada aqui

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Lidia:
      Lo que tiene que hacer Vd es rechazar siempre las notificaciones
      que vengan en su nombre. Si no las recoge, el Juzgado/o la parte
      tendrán la obligación de buscar otro domicilio de la anterior inquilina.
      Un cordial saludo.

      Responder
  13. María

    Se puede ir a la carcel por no contestar a un proceso monitorio? En caso de no tener bienes, ni dinero ni devoluciones de hacienda pueden ir a mi piso alquilado en busca de algo?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª María:

      Al tratarse de un procedimiento civil monitorio, no puede conllevar nunca penas de privación de libertad.

      Si está Vd. de inquilina en un piso, evidentemente, al no ser de su propiedad, tampoco podrá ser éste objeto de embargo. Otra cosa
      son sus cuentas corrientes, o bienes muebles (suelen ser vehículos) o inmuebles, en caso de que sea titular de alguno, que sí pueden ser objeto de embargo.

      Un cordial saludo.

      Responder
    • Erick

      Buenas noches. Actualmente he demandado a mi patrono por no pagar mi indemnización según el cálculo que la ley dicta y el despido fue injustificado. No se ha presentado a la audiencia, y aún no se fija la fecha para la siguiente audiencia ¿Cómo se procede en un caso de este tipo?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado D. Erick
        Lo lamentamos. No llevamos ese tipo de asuntos laborales. Un cordial saludo

        Responder
      • Melani

        Hola a una amiga la acaban de llevar detenida por acta de rebeldía como puedo saber que está pasando

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Melani:
          No es el tipo de rebeldía que explicamos en el artículo.
          Contacte mejor con un abogado penalista en su país (no sabemos
          si está Vd escribiendo desde España). Le deseamos
          le vaya bien a su amiga. Un cordial saludo.

          Responder
    • Yeray

      Buenas . He sido declarado en rebeldía en un proceso civil . Esto conllevará antecedentes penales?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Buenas tardes Yeray:
        No, como explicamos en el artículo, no conlleva antecedentes penales.
        Tan sólo significa haber perdido la oportunidad para contestar a una demanda
        civil. Un cordial saludo.

        Responder
  14. Miguel A.

    Consulta. Mi exmujer, ha interpuesto demanda para obtener la patria potestad no compartida, Es decir,del hijo en común, obtener la patria potestad completa ella. Por no perjudicar más al menor, ( actualmente 15 años) estoy dispuesto a que así sea. Si no me presento a la vista, sería declarado en rebeldía, y la sentencia quedaría en favor de ella. ¿es así? Que consecuencias podría tener yo si no me presento? La verdad es que no deseo volver a tener ningún encuentro más con ellos.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Miguel A:
      Aunque en principio sería así, al ser un asunto de familia, donde puede
      que le reclamen pensión de alimentos, o le achaquen abandono del hogar etc.., lo
      mejor sería que se asesorara con un abogado y en su caso
      personarse en el procedimiento allanándose. Un cordial saludo.

      Responder
    • Marco

      Buenos días en el caso que la demanda sea por la tenencia de los hijos si no contesta el demandado a quien se da la tenencia ?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado D. Marco:
        Como explicamos en el artículo, no contestar a la demanda no implica
        necesariamente que se estime la pretensión de la demandante, pero lo cierto
        es que se allana el camino bastante para la demandante a que le den la razón. Un cordial saludo.

        Responder
  15. Marisa

    Buenas tardes, muchas gracias por el articulo, me ha resultado bastante útil. Debido a una deuda solidaria en la que estoy con otras 2 personas, hemos tenido que hacer el pago entre yo y 1 de ellas, porque la otra se ha desentendido desde el principio y se declaro en rebeldia. Quisieramos reclamarle la cantidad que le corresponde pagar, deberiamos realizar una demanda conjunta al ser sobre la misma deuda o cada persona le tenemos que reclamar la cantidad que nos debe a cada uno y, por ende, realizar dos denuncias individuales? Muchisimas gracias por su atencion. Un saludo

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Marisa

      Pueden hacer ambas cosas, o interponer una demanda conjunta ambos deudores solidarios frente al tercero,
      o Vd misma. Un cordial saludo.

      Responder
      • Angelica Muñoz

        Que pasa cuando uno no paga un parte por estacionar en zona pintada de amarillo y te llega una carta que dice por apercivimiento de rebeldía. Si no tengo el dinero para pagarlo .puedo pagarlo cuando saque el permiso de circulación.

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Ángelica:
          No creemos que sea este el supuesto del que hablamos en nuestro artículo.
          Pregunte mejor a un abogado o a la Administración pertinente de su país. Un cordial saludo.

          Responder
  16. Nolberto

    Buenos días. La jueza de Falta me declaro en REBELDIA siendo que efectué el descargo en tiempo y forma. Circulando por la autopista Córdoba-Rosario a la altura de Villa Maria me adelante por carril izquierdo a otro vehículo y cometí un exceso de velocidad transitoriamente a 141 km/h (constatada por radar), cuando la máxima general es de 130 km/hora.

    » En cuanto al hecho que se me imputa, debo señalar que dudosamente haya cometido infracción alguna señalando que si bien circulé por esa vía ese día a las 10:15 hs, no me percaté de haber excedido la velocidad máxima de 130 km/hora establecida, momento que el radar registro una velocidad de 142 km/hora del vehículo que yo conducía, momento en el cual realicé un adelantamiento que quizás me indujo a rebasar transitoriamente la velocidad de 130 km/hora en 12 km/hora según radar, entando dentro del margen para este tipo de maniobras de 20 km/hora como establece el art. 48 de la mencionada ley. Además el adelantamiento se produjo sin realizar movimientos zigzagueantes o maniobra peligrosa o intempestiva. «. este encomillado es parte de mi descargo contemplado en la ley de transito de la provincia de Cordoba nº 8560 texto ordenado 2004.

    Como debo seguir, rechazar la resolución o acudir a tribunales ordinario. Muchas Gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Nolberto:
      Mejor consulte con un abogado de su país. Que aunque se puede parecer, el procedimiento
      argentino es distinto al español. Un cordial saludo.

      Responder
      • Sebastian

        A mi ex la an declarado en rebeldía, cuando salga el juicio, quien debe pagar las costas?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Sebastian:
          La condena en costas es un pronunciamiento que tiene que hacer
          el juez en sentencia, y suele hacerlo si considera que ha habido temeridad
          y/o vencimiento objetivo (que le hayan condenado íntegramente).
          Un cordial saludo.

          Responder
      • Vanessa

        Me ha llegado una carta del juzgado donde me declaran en rebeldía por una reclamación de dinero.No sé quién es el demandante ni la cantidad ni nada. Tengo una pensión de 730 € de viudedad por ss y una de 500 por mar. Cuanto me pueden embargar?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Vanessa
          No le pueden embargar la cantidad del salario mínimo interprofesional (1080 €), y sobre
          lo que exceda, va por tramos. Así como el saldo que tenga en su cuenta, también
          va por tramos las partes embargables. Un cordial saludo.

          Responder
    • Alberto Jiménez

      Buenas tardes, me acaban de demandar mis tíos por tema de herencia, lo han hecho porque no he querido ir con ellos contra la otra parte que se niega a aceptar el testamento y por eso me han demandado a mí también, cosa que no entiendo porque yo acepté ante notario que estaba conforme y pagué las costas del mismo etcétera pero como digo una parte delos herederos no estaba conforme y no se presentaron ni pusieron demanda alguna, han sido los que la han aceptado (pero yo no me he unido porque el año pasado creía que tendría justicia gratuita eiría por libre)resulta que no llego éste año al abogado de oficio por muy poco y el año pasado sí al haber salido el procedimiento este año.

      Mi pregunta es, si me declaro en rebeldía (me da igual quién gane, quiero quitarme éste embrollo del medio pero sin renunciar a mí parte, la que decida el juez, me da igual) tengo que pagar al contador partidor y perito más costas igualmente? O al lavarme las manos estoy exento de ello.

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado D. Alberto:
        No le recomendamos que se quede en rebeldía, dado que efectivamente
        le pueden condenar a pagar las costas (los gastos del contador-partidor
        probablemente las tengan que sufragar entre todos). Lo que le recomendamos
        es que se persone con un abogado en el procedimiento y en su caso o se
        allane o conteste a la demanda. Un cordial saludo.

        Responder
        • Alberto

          Gracias por su prontísima respuesta, eso haré, allanarme porque yo estoy conforme con lo que el testamento dice, lo que no estaba dispuesto en su momento es demandar y tener que acarrear costas con un dinero que no tengo… Y a ellos les ha dado igual eso, sabiendo que estaba conforme no entiendo por qué me demandan a mí también.

          Un saludo y gracias.

          Responder
        • Jefersson

          Hola buenas tardes me robaron u. Celular hace un año y fue capturado el sujeto pelio con un carabinero lo arrestaron y ese mismo día hicimos la demanda después d un año me.llama a ir a declaración fue y quite la demanda q pasa si yo.co.o víctima no me presento gracias

          Responder
    • Arley

      Buenas noches me llevo una carta del banco con la siguiente información REBELDIA PROCESAL quisiera saber si uno no responde puede ir preso o como es el procedimiento muchas gracias

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado D Arley:

        En un procedimiento civil no puede Vd. nunca ser condenado a pena de prisión.
        La rebeldía procesal significa que el procedimiento judicial que se está sustanciando, continúa sin su presencia, entendiéndose únicamente con el banco demandante.

        Saludos

        Responder
        • Juan

          En un delito leve por estafa no se le ha podido citar de legal forma y esta en busqueda policial, ¿se le puede declar en rebeldia para ser juzgado sin estar presente? la cuantia eran justo 400 (el maximo para delito leve) y quedan 2 meses para que pase un año desde que ocurrio la estafa.
          Muchas gracias

          Responder
          • Moya Marín Abogados

            Estimado D. Juan:
            Mejor consulte a un abogado penalista, dado que nosotros
            no llevamos asuntos penales, pero entendemos que no será
            juzgado hasta que no le citen legalmente. No tiene
            que ver la rebeldía civil de la penal.

            Responder
  17. Fabrizio

    Buenas noches quisiera que me ayudaran a saber que hacer hace aproximadamente un año desde junio del 2020 yo empecé a vivir con mi menor hijo, este año el 18 de junio su mamá se lo llevó a pasear y luego ya no me lo trajo me dijo que el queria vivir con ella y yo no me opuse. Sin embargo quisiera saber como hacer con respecto a sus alimentos ya que ella quiere que yo le pase un monto que yo ahora no puedo sustentar, yo ahorita estoy sin trabajo y hace dos meses que tuve que cerrar mi negocio porque ya no me producia. Todo el año que tuve a mi hijo, ella no aportó ni un sol por él y ahora me dice que yo me encuentro en estado rebelde por demanda de alimentos sin embargo ningún citatorio ni nada me ha llegado a mi domicilio. Quisiera saber si puede llegar a una conciliación o que hacer, gracias.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Fabrizio:
      ¿El asunto que nos comenta sucede en España o en Perú?
      En su caso debería buscar a un abogado de la zona que le asesore
      (porque el derecho de familia no es idéntico con el de allá), aunque
      en líneas generales seguramente debería personarse y contestar a la
      demanda de alimentos argumentando precisamente que no tiene
      capacidad económica para poder aportar esa pensión que le solicita. Un saludo.

      Responder
  18. mayte soler

    Buenas tardes, una hermana que hace años que no tenemos contacto con ella y que se quito los apellidos de mi

    padre con el que vivimos de pequeños, ahora quiere que la reconozcamos como hija de mi padre por causa de su

    herencia y a metido a dos de mis hermanas en el procedimiento como si ellas también reclamaran la afiliación sin

    ellas saberlo…ahora nos llega a un hermano, a mi padre y a mi una célula de citación en la que pone solo

    procedimiento de filiación, y bajo del todo que de no presentarnos nos ponen una multa …y mi pregunta es

    Como puede haber metido a mis hermanas sin que ellas lo sepan y que pasa si no vamos ninguno…

    y ha alguna forma de denunciar que lo esta haciendo usando a personas sin que ellas lo sepan…podemos hechas

    para atrás el procedimiento…muchas gracias por su tiempo.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Soler:

      Lo que le recomendamos, en cualquiera de los casos, es que se personen en el procedimiento, para estar al tanto de primera mano de lo que allí ocurra.

      En los temas de familia y filiación, sus hermanas (de las que afirma que desconocen el procedimiento) antes o después serán citadas por el tribunal, para conocer su opinión al respecto.
      Si la demanda ha sido interpuesta también en el nombre de sus hermanas, han debido de otorgar antes un poder a pleitos o ratificar la demanda a posteriori en el Juzgado, por lo que no es posible que se haya interpuesto en su nombre sin su conocimiento.

      En cualquier caso, como le decimos, lo mejor es que se persone en el procedimiento con letrado y procuradora, y conocerá los detalles de primera mano.
      Un cordial saludo.

      Responder
      • Sebastian

        Mi abogado presento demanda contra el dueño de un pitbull que le destrozo la pierna a mi hijo. fue declarado en rebeldía el acusado en un civil ya que no contesto demanda.
        Luego de eso El juez puso una perito,que perito a mi hijo valga la redundancia.
        La pregunta es?
        Que tiempos luego de esto el juez puede dictar sentencia?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Sebastian:
          Depende del volumen de procedimientos atrasados que tenga el juzgado para resolver.
          Pueden ser semanas o meses. Esperemos no tenga que esperar demasiado. Un cordial saludo.

          Responder
  19. Vivian garcia moya

    Hola,consulta con respecto a una persona que la vinieron a buscar a mi domicilio el poder judicial,la conozco ya que es tía directa,pero años que no mantenemos contacto con ella,me entere que esta en rebeldía por otra tía, pero mi pregunta es, como llegaron a mi casa a buscarla y que consecuencias me trae a mi el que figure me dirección. Gracias.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Vivian:

      Por lo que cuenta no creemos que tenga ninguna consecuencia. Un saludo.

      Responder
    • Srta

      Hola, buenas tardes. Si me citan y demandan para el cese de alimentos y no voy… ¿me puede pasar algo además de cumplirse el cese? (La demanda la hizo «mi padre», aún soy estudiante). Gracias de antemano.

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Srta:
        Como explicamos, lo perjudicial de no personarse en un procedimiento civil
        y ser declarado en rebeldía es que el juez no escuche su versión. Y
        tenga que decidir exclusivamente con los argumentos del demandante.
        Pero no tendrá más repercusión que eso. Un saludo.

        Responder
  20. angell.p

    Hola, tengo una duda, el declarado rebelde puede presentar sus alegatos, sus pruebas, como puede hacer uso de su derecho a la defensa si es declarado rebelde? agradecería mucho si me responden, muchas gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Angel:
      Algo puede hacer, sí. Puede comparecer en la Audiencia Previa con un abogado, y aún no habiendo contestado a la demanda,
      solicitar prueba y en el juicio realizar su fase de conclusiones. Un cordial saludo.

      Responder
    • Natalia

      Hola cual es la condena por rebeldia

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Dª Natalia:
        Como explicamos en este artículo, ser declarado en rebeldía
        en un asunto civil no supone una condena penal. Un cordial saludo.

        Responder
  21. Isabel

    Buenas tardes,

    En dias pasados me entere por casualidad de que había una sentencia por divorcio contencioso en mi contra y de que declarado en situación de rebeldía procesal. Soy residente en el extranjero desde hace varios años y, si hubiera hecho falta, mi ex-cónyuge y mis hijos se podían haber puesto en contacto conmigo para realizar cualquier trámite porque saben de mi ubicación. Mi pregunta es si hay alguna consecuencia por haber sido declarado en rebeldía procesal. Mi intención es personarme en el juzgado correspondiente tan pronto como vaya a España que, estando las cosas como están, no sé cuando podrá ser.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Isabel:
      Debería personarse con un abogado y procurador, y examinar en los autos
      cómo se le intentó notificar, por si se hubiera hecho alguna irregularidad.
      Un cordial saludo.

      Responder
      • Gregorio

        Buenas noches,mi pregunta es:
        He sido procesado por una financiera que m reclama una cantidad de dinero (con razon por su parte)no me he presentado a mingun llamamiento y me han declarado en «Reveldia Procesal»,mi duda es,podrian pedirme carcel o benir la Policia a buscarme a algun sitio?(domicilio,trabajo….)

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Gregorio.
          No, como explicamos en el artículo, la rebeldía procesal no supone haber
          cometido ningún delito, tan sólo haber perdido la oportunidad para contestar
          a la demanda (de reclamación civil) en plazo, lo que seguramente condicione
          la sentencia (reclamándole esa cantidad) en su contra. Un saludo.

          Responder
          • Gregorio

            Muchisimas gracias,m habeis sido d gran ayuda

            Responder
  22. pamela

    Buenas tardes tengo una amigo que hace un tiempo tuvo problemas con otro joven por que el joven golpeo a su esposa y el en defensa de ella le cayo a batazos el le dieron carcel cumplio su condena , luego debia firmar mensualmente, pero comenzo la pandemia y ya eso estaba cerrado para ir a firmar , lo declaran en rebeldia. que pasa ahora como debe proceder

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Pamela:
      No llevamos asuntos penales, le recomendamos que consulte con un abogado
      especialista. Un cordial saludo.

      Responder
  23. Francisco

    Buenas tardes. En un procedimiento ejecutivo se me declara en rebeldía por no haber comparecido tras una notificación de embargo preventivo de bienes (yo ignoraba que debía contestar) El procedimiento continua con embargo de nómina hasta la cancelación total del principal de la deuda. A continuación el juzgado me condena nuevamente a pagar los gastos, costas e intereses pero no ejecuta la acción hasta pasados seis años de esta condena. Durante ese periodo de seis años no hay actividad alguna en el expediente del procedimiento hasta que aparece un fondo buitre que compra la deuda y lo reanuda Las preguntas ¿No se me debió notificar la segunda condena a pagar los gastos? ¿Habría caducado el procedimiento por la tardanza en el tiempo? Muchas gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Francisco:
      Puede que se le caducara la instancia para poder ejecutarle sí,
      pero para poder saberlo deberíamos tener más información. Y tener
      conocimiento del procedimiento tramitado. Un saludo.

      Responder
    • Gerardo martinez

      Hola buen día, estoy casado, mi esposa promovió el divorcio, cuando me emplazaron yo no estaba en casa la recibió otra persona, tengo audiencia el día 27 pero dice que tengo 9 días para contestar el problema es que se vence el día 28 un día después de la audiencia. La pregunta es la audiencia se lleva acabo si aún no se vence mi plazo para contestar la demanda? Y se me declarará en rebeldía por esto?.

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado Sr. Martinez:
        Deberíamos tener toda la información, pero siempre es mejor contestar
        y asistir a cualquier audiencia que no hacerlo. Un cordial saludo.

        Responder
        • Francisco Antonio

          Hola, mi pregunta es sencilla. El día 9 de este mes tengo que comparecer porque ‘allianz’ nos demanda a mí y a mi seguro ‘reale’ 350€ por un golpe que me dieron hace año y medio en una rotonda, pero que el parte amistoso no quedó muy a mi favor, sino bastante neutral. A mí me arreglaron el golpe hace más de un año. Qué pasa si no voy? tendría que pagar los costes del juicio o algo así si me declaran rebelde? Es que no tengo intención de hacer un viaje tan largo por una estupidez como esa. Gracias de antemano

          Responder
          • Moya Marín Abogados

            Estimado D. Francisco:
            Lo normal es que se persone la compañía de seguros en su nombre.
            Pero hable mejor con su compañía de seguros para asegurarse. Un cordial saludo.

            Responder
      • Miriam

        Hola, me gustaría saber si es legal dejar una notificación del juzgado con una niña de 14 años, a la que han hecho firmar un documento
        La notificación es para su padre y actualmente no conozco su domicilio

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Miriam.

          Puede ser correcta, sí, pues el artículo 161.3 de nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil establece:

          3. Si el domicilio donde se pretende practicar la comunicación fuere el lugar en el que el destinatario tenga su domicilio según el padrón municipal, o a efectos fiscales, o según registro oficial o publicaciones de colegios profesionales, o fuere la vivienda o local arrendado al demandado, y no se encontrare allí dicho destinatario, podrá efectuarse la entrega, en sobre cerrado, a cualquier empleado, familiar o persona con la que conviva, mayor de catorce años, que se encuentre en ese lugar, o al conserje de la finca, si lo tuviere, advirtiendo al receptor que está obligado a entregar la copia de la resolución o la cédula al destinatario de ésta, o a darle aviso, si sabe su paradero, advirtiendo en todo caso al receptor de su responsabilidad en relación a la protección de los datos del destinatario.

          Si todas estas circunstancias han sido puestas de manifiesto en la diligencia de notificación, puede ser entendida correctamente realizada.

          Esperamos haberla ayudado

          Saludos

          Responder
  24. Andreé Moscol Cruz

    Una consulta, Me llegó una notificación de demanda por alimentos pero no la respondí y ahora me encuentro REBELDE.
    Mi Audiencia es en Mayo. Mi pregunta es debería contratar un abogado para que me defienda, por que creo que yo no puedo decir los hechos que realmente pasaron.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Moscol:
      Sí, le recomendamos que contrate a un abogado para que no pierda
      el resto de oportunidades que tiene para defenderse. Un cordial saludo

      Responder
      • Yamila

        Una consulta sufri un choque y el seguro de la persona en cuestion me ofrecio un porcentaje muy menor al presupuesto del arreglo que me pidieron fuimos a una segunda audiencia y nonse presentaron que puede pasar ahora ya que el abogado de mi seguro no me paso ninguna info y la audiencia se hizo por zomm por protocolo …

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Yamila:
          Póngase en contacto con su abogado, pidiendo que le informe,
          que tiene obligación deontológica de informarle. Un cordial saludo.

          Responder
    • Ismael

      Hola me gustari preguntar un cosa, yo no reconozco ninguna autoridad sobre mi ya que no he firmado nada reconociendo ni asumiendo ninguna ley ni estado ni nada. Aun asi me pueden declarar en rebeldia y etc…?

      Responder
  25. Celia

    Buenas noches tengo una duda denuncie a un hombre por abuso sexual a un menor pero resulta q no era verdad y al chico le quieren declarar rebelde eso le afecta en algo o q tiene q hacer????

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Intente retirar la denuncia
      alegando que fue un malentendido, pero el denunciado
      sí debería comparecer, no estar desaparecido. Pero acuda a un abogado penalista,
      es un asunto delicado. Un cordial saludo.

      Responder
  26. Silvia Solé

    Buenas por delito leve fuu condenada a pagar daños y sancion…envie alegaciones sobre situacion economica me aceptan pago aplazado empece a pagar y ahora mesdidas penales me quieren poner a hacer trabajos comunitarios me da citacion…Pueden hacerlo ya que estoy cumpliendo con los pagos? Que pasaria si no voy a la citacion.? Muchas gracias un saludo

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Silvia:
      Le recomendamos contacte con un abogado penalista, pero no consideramos
      aconsejable dejar de acudir a citaciones de juzgados de instrucción o penales si tiene
      suspendida la pena. Un cordial saludo.

      Responder
  27. Dolores García

    Buenas tardes una vecina me ha interpuesto una demanda por mojarla y causar daños a unas paredes.
    La notificación se me han echo llegar en un domicilio que no es el mío habitual y tampoco se me ha mandado a mi nombre.
    Como no me enteré ni de día de juicio ,el juzgado me ha declarado en rebeldía.
    Puedo interponer algún recurso para notificar que no pude asistir por no estar informada correctamente?
    Muchas gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. García:
      Depende de cómo se hayan hecho procesalmente las cosas. ¿Ese domicilio
      en el que le mandaron la notificación es suyo? ¿Alguien recogió
      la notificación por Vd? Por qué dice que no iba a su nombre, ¿es Vd o no
      la demandada?. Un saludo

      Responder
      • miguel

        Saludos, tengo una demanda desde el pasado año tenia audiencia pero fue cancelada por la pandemia luego de unos meses fui a investigar y me dicen que tengo reveldia pero ellos nunca me contactaron. La cuestion es que pasara conmigo puedo ir preso?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado D Miguel:
          Si es por una demanda civil no puede ir preso. La declaración
          de rebeldía tiene los efectos que explicamos en el artículo. Un saludo.

          Responder
      • Bartolomé aljarilla Otero

        Estoy en rerberdia que tengo que hacer y que causas tengo

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Bartolomé.
          En el artículo lo explicamos. Aún habiéndose declarado rebelde,
          puede comparecer un abogado en su nombre en las vistas que se resten por celebrarse para intentar hacer algo.
          Un cordial saludo.

          Responder
  28. Maria

    Buenos días, mi antiguo casero me ha denunciado a mi junto con 2 inquilinos mas, iniciando un procedimiento para juicio verbal. Una de las personas no realizó alegaciones, pero yo y la persona restante, si. La rebeldia judicial entiendo que solo correspondería a la persona que no ha dado respuesta, es asi? La denuncia es conjunta pero entiendo que al estar notificados individualmente, la respuesta depende de cada uno. El procedimiento va a seguir ahora vias distintas en funcion de las alegaciones de cada uno de los demandados? muchas gracias por vuestra ayuda. Un saludo

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª María:
      Si son Vds codemandados , irá todo en un mismo procedimiento, pero a Vds
      no se les hace extensible esa rebeldía, lo único que el codemandado
      que no ha contestado ha perdido esa oportunidad para alegar. Un cordial saludo.

      Responder
      • María

        Buenos días, en relación a esta consulta, el demandado rebelde está evadiendo la notificación de la sentencia. Tengo entendido que si no la recibe, ésta se publica en el BOE y el demandado ha de darse por notificado. Cuando se publica en el BOE? no sé el plazo que hay desde que se dicta sentencia hasta que se da por notificado a todos los demandantes. Entiendo que para denunciar al codemandado, este debe haber recibido la sentencia necesariamente, es así? muchas gracias por adelantado

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª María:
          Algo así. La notificación de la sentencia, una vez agotada con la diligencia exigible,
          la posibilidad de encontrar una dirección donde notificarle al demandado, debe publicarse
          por edictos o en algún boletín . Una vez hecho ésto, y pasado el plazo para que sea
          firme (20 días) y el cumplimiento voluntario (20 días más desde firmeza), ya podrá ejecutarle.
          Un cordial saludo.

          Responder
  29. Lizet Choque

    Mucho gusto, tenia una consulta, existe algún caso de rebeldía donde no se impongan las sanciones?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Choque:

      No entendemos lo de las sanciones. En un caso de rebeldía por una demanda
      civil en el ordenamiento jurídico español, como explicamos en el artículo, no hay sanciones.

      Responder
    • Paco

      Hola me han mandado una notificación de un juicio de oficio por parte de la seguridad social. Supuestamente la seguridad social ha denunciado a la empresa por fraude aunque mi nombre aparece en el proceso yo no he firmado ninguna denuncia. No quiero saber nada de estos líos.¿tendría alguna consecuencia no presentarme y pasar del tema? Gracias.

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado D. Francisco:
        Consulte con un abogado especialista en laboral. Pero siempre es mejor comparecer que no comparecer. Un saludo.

        Responder
  30. Lucas

    Buenas tardes,
    he demandado, con una demanda de juicio verbal sin solicitar la celebración de la vista (menos de 2000€), a mi antiguo propietario por no devolver parte de la fianza de alquiler trás la resolución del contrato. Me ha llegado notificación por parte del juzgado que declara el demandado en situación de rebeldía procesal y que le será notificado con correo certificado etc.
    Yo ahora por mi parte no tengo que hacer nada y esperar, verdad?
    gracias por la respuesta

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Lucas:

      Sí, efectivamente, lo único que tiene es que esperar a que el juzgado o señale
      vista o directamente sin vista se dicte sentencia. Un cordial saludo.

      Responder
      • Sebastian

        Que pasa si no tengo el dinero que me solicita la otra parte y no tengo bienes personales? Puedo ir preso? Gracias

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Sebastián.
          ¿De qué naturaleza es la deuda? En principio, si se trata de una deuda normal reclamada
          en la jurisdicción civil no tiene responsabilidad penal. Un saludo

          Responder
      • itdamina

        Estoy en la misma situación. Se ha fallado a nuestro favor, y el propietario de la vivienda se ha declarado en rebeldía. Y ahora qué? tengo que solicitar que se inicie trámite legal para que embarguen o algo para que me devuelvan el dinero que me debe? o cómo se hará ese proceso para que yo pueda cobrar?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Buenos días itdamina,

          Si tiene una sentencia favorable de condena frente a un demandado en rebeldía,
          una vez sea firme y transcurra el periodo voluntario, deberá presentar demanda ejecutiva
          para ver si le averiguan bienes al demandado, y poder ejecutárselos sí. Consulte con su abogado.
          Un cordial saludo.

          Responder
  31. miguel

    Buenos días,
    soy propietario de un ático en el cual instale un techado que se aprobó en la junta de vecinos , a los pocos años empezaron a solicitarme la instalación de sistema de recogida de aguas del mismo, pasados varios años me ha denunciado la comunidad , yo he intentado llegar a un acuerdo amistoso ante de los 20 días del plazo y me he comprometido a instalarlo. Ellos aceptan pero quieren cobrarme las costas, ¿tengo la obligación de pagarlas o no ? gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Torres:
      Si se llega a un acuerdo lo normal es que no. Lo que le recomendamos es que mientras
      tanto y por si acaso o presenten un escrito conjunto diciendo que se suspenda el plazo
      por estar las partes en vías de llegar a un acuerdo, o que conteste Vd
      cautelarmente la demanda. Un cordial saludo.

      Responder
    • Lucia

      Si me notificaron de una demanda y en vez de compadecer, huí del país y ahora quiero regresar. Tendría una orden de aprehensión? Me arrestarian al entrar al país?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Dª Lucía:
        Si es por una demanda civil como explicamos en el artículo, no. Si es un
        asunto penal, dependerá. Un saludo.

        Responder
      • Oscar Martínez

        Estimado señor abogado el día de hoy tenía una audiencia laboral donde me tocaba declarar pero llegué 5 minutos tarde y me tomaron como rebeldía eso quiere decir que automáticamente perdí mi caso siendo este laboral?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado Sr. Martínez:
          Aunque sí ha perdido una oportunidad de defenderse, no quiere
          decir que automáticamente lo haya perdido. Algunos jueces son muy estrictos
          con la puntualidad, y si fue citado a una hora, lo mejor es llegar siempre con antelación.
          Lo lamentamos. Un saludo

          Responder
    • Carmen

      Buenas noches. Mi abuela falleció hace 8 años y le dejo en herencia la casa a mi madre, mi madre falleció un año antes que mi abuela. El vecino de abajo nos denuncia porque su casa tiene humedad. Al no haber echo aceptación de herencia, tenemos la obligación de pagar lo que nos reclama. Gracias

      Responder
        • María

          Hola buenas, para un procedimiento de monitoreo en el que me reclaman una deuda que no puedo pagar, si no contesto en el plazo de los 20 días procederán al embargo de bienes. Si no tengo bienes ni dinero, que podría pasar?

          Responder
          • Moya Marín Abogados

            Estimada Dª María:
            No es tan rápido, pero una vez haya sentencia contra Vd y la ejecuten,
            si no tienen nada que embargarle, obviamente no podrán cobrar nada. Lo único
            es que puede que esperen un tiempo a que Vd tenga mayor solvencia y poder
            embargarle entonces. Un cordial saludo.

            Responder
  32. Inés

    Buenas noches,
    Demandé a mi vecino por tema de humedad en mi vivienda, ésta quedó inhabitable y tuve que irme de mi piso. El tema lo lleva mi seguro y me comentó el abogado que mi demanda se aceptó a trámite a fecha de 10 de septiembre. Han pasado casos dos meses y no sé cuál es el siguiente paso. Estoy casi segura que mi vecino será declarado en rebeldía porque se niega a cualquier negociación ( llevo un año y medio con este tema). Mi abogado me comentaba que es difícil saber si le llegó la demanda y que habrá que esperar. ¿Qué puedo hacer? ¿ Algún consejo?
    Muchas gracias.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Inés:
      Por ahora sólo puede Vd esperar. Su abogado le comunicará cuando se produzca
      el emplazamiento del demandado si contesta en plazo o no. Un cordial saludo.

      Responder
  33. Luz Hernández

    ¿Qué consecuencias económicas tiene la declaración de rebeldía?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Luz:

      La declaración de rebeldía en sí, nada. La sentencia que se dicte seguramente sí. Un cordial saludo.

      Responder
  34. Mariel

    Hola. me hicieron una demanda por embargo, solo recibi la demanda y por error en las fechas no la lleve a tiempo para que mi abogado conteste. ya esta la sentencia puedo hacer algo??

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Mariel:
      Lo tiene complicado, pero apelar sí puede aplelar. Un saludo

      Responder
      • sonia

        ¿Y si no estuviera la sentencia ni fuese aún la vista? ¿Podría anularse de alguna forma la declaración de rebeldía?. Me entregaron la demanda pero por desconocimiento no hice todos los pasos y me declararon en rebeldía. ¿podría mi seguro de responsabilidad civil no cubrirme por culpa de esa rebeldía?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Sonia.
          Si no ha habido aún vista, aún puede personarse (aunque contestar a la demanda, no).
          Depende de su póliza, pero algunas compañías es verdad que alegan que cuando media culpa
          o dolo en el asegurado no cubren sus siniestros. Un cordial saludo.

          Responder
    • Domingo

      Hola buenas noches, una consulta, iniciamos una demanda contra la Anses por suspensión de pensión de guerra mediante una medida cautelar, el fiscal general determinó, verosimilitud con el derecho y urgencia en la demora, ahora el juzgado le dio varias oportunidades para que presenten las resoluciones administrativas que dieron origen al beneficio que veníamos usufructuando hace seis años y medio…primero le dieron 10 días para presentar las resoluciones administrativas, luego 10 días más y así varias veces sin respuesta, incluso el juez ordenó restituir la Obra social y tampoco hicieron caso, la pregunta, se podrá pedir se decrete la rebeldía y la negligencia en la producción de prueba?… y presentar de parte la documental, ya que nosotros poseemos las actuaciones administrativas que dieron origen, muchas gracias, aguardo sus comentarios.

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado Sr Domingo:
        Lo lamentamos, no podemos ayudarle. Pregunte mejor
        a un abogado de Argentina. Un cordial saludo.

        Responder
        • Maria

          He realizado un demanda que el juez aceptó sobre la utilización de la herencia sin mi permiso y sacar beneficios económicos sin contar con mi parte, uno de los demandados solicito que necesitaba pedir un abogado, han pasado 5 meses desde entonces, no hay un tiempo tope para que este circule y no se quede estancando ?

          Responder
          • Moya Marín Abogados

            Estimada María:
            Sí, más o menos. El demandado habrá solicitado que se le designe un abogado de
            asistencia jurídica gratuita (turno de oficio). Entre que lo tramitan y le asignen a un abogado se suspende
            el plazo de contestación, pero ese plazo no es ilimitado. Un saludo.

            Responder
  35. Daniela

    Hola …a mi. Amigo no le llego nunca la notificación para presentarse y cuando llego … Lo detuvieron por reveldia ahora esta detenido a la espera..que se hace en este caso ? Graciad

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Daniela:
      Lo lamentamos, si han detenido a su amigo será por un asunto penal, no por la rebeldía civil
      que explicamos en este artículo. Un saludo

      Responder
  36. christopher

    alguein me podria traducir esto a un texto mas legible para una persona sin conocimientos judiciales, de ante mano gracias

    tengase por evacuado traslado en rebeldia.
    proveyendo escrito pendiente el dia 28 de agosto de 2020
    visto:
    el merito de los antecedentes, la objecion a la certificacion de deudas presentada por la parte demandada y el traslado evacuado en rebeldia de la demandante, se resuelve:
    que no se hace lugar a lo pedido por improcedente debiendo solicitar la parte requirente, el cese por la via que en derecho corresponda.

    de ante mano muchas gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Christopher:
      Sin ver la resolución completa y sin el contexto, no le podemos decir mucho:
      No obstante, parece que una parte se encuentra en rebeldía (sin comparecer al procedimiento)
      y a la otra le deniegan lo que ha solicitado, sin perjuicio de reclamarlo por otra vía.

      Un cordial saludo.

      Responder
      • Dulce

        Demandé Al Padre De Mi Hijo Y Lo Notificaron El Día 07 De Setiembre Le Daban 9 Días Para Contestación Que Es El Día De Hoy Pero No Ha Contestado, Si Se Le Entrego Personalmente La Demanda. En Este Caso Si Se Le Toma Como Rebeldía Que Es Lo Que Procedería ??

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Dª Dulce:
          Es un poco raro el plazo de 9 días. Pero de cualquier modo,
          si no ha contestado a la demanda en plazo, será declarado en rebeldía con los
          efectos que explicamos en el artículo. Un cordial saludo.

          Responder
          • Martin

            Hola. Mi abogado no contesto la demanda en tiempo. Ya se me declaró la rebeldía.

            Aun puedo ganar?

            Ya me citaron para la declaración de partes

            Responder
            • Moya Marín Abogados

              Estimado Sr. Martín:
              Como explicamos en el artículo, no significa que se de
              por probada la versión de la otra parte, pero sí que
              ha perdido una oportunidad para defenderse. Un saludo.

              Responder
  37. alexandro

    como responde cuando e sido declarado rebelde un demanda un modelo por favor

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Alexandro:
      Si ha sido declarado rebelde, como explicamos en el artículo, ya no puede contestar a la demanda.
      Un saludo.

      Responder
  38. BRENDA

    el declarado rebelde en un proceso ordinario civil , tiene derecho a un abogado de oficio designado por el juez?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Brenda:
      No es exactamente así. No lo designa el juez. Acuda al Jugado o al Colegio de Abogados de
      su ciudad, y pregunte, por si cumple los requisitos y si puede ser beneficiaria de asistencia
      jurídica gratuita en esa fase del procedimiento (aunque sea para intentar llegar a un acuerdo).
      Un cordial saludo.

      Responder
  39. Hector

    Una consulta yo fui de mandado por pencion de alimentos pero cuando me de mandaron yo esta va privado de libertad es posible que igual tenga que pagar pencion de alimentos ono

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Hector:
      Vd tiene que ser notificado fehacientemente, incluso en un centro penitenciario.
      Independientemente de que eso no quita, que probablemente sí deba pagar esa pensión de alimentos. Un cordial saludo.

      Responder
      • Ana laura

        Hola mi hermana y yo y mi mama tuvimos el descuento de mi papa ahora mi papa nos demandó para quitarlo era 60% 20 cada una, y si estamos de acuerdo mi hermana y yo que nos lo quite pero mi mama esta casada y ella quieres obtener sus 20 pero nosotras no queremos ir a la demanda que se tome como rebeldía pero quiero sabe que ami mama igual se la quita aun que este casado con el 22 años y tienen una enfermedad que la impide trabajar Consejo porfabor

        Responder
  40. Alejandro saavedra

    Buenas!! Una duda,tengo un hermano en aislamiento en un penal,incomunicado hace 16 Dias,tenia una causa pero salio absuelto hace 10 años,porque un juez pidio pedido de captura hacia el? Y segun esta en estado de rebeldia y ahora lo trasladan al lugar donde segun el tenia esa causa

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Alejandro:

      No llevamos asuntos penales. El artículo es sobre la rebeldía en el proceso civil. Un saludo.

      Responder
    • Magaly Paucar

      Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente. Mi padre y mi madre no pudieron pagar la totalidad de la deuda que tenían con una entidad financiera. Sin embargo, dos meses antes de que la entidad solicitara una medida cautelar, mis padres hicieron un anticipo de legítima para mí y mis 3 hermanos. En razón ello, la entidad inició un proceso para que se declare la ineficacia de acto jurídico, dónde el abogado que contrataron mis padres contestó la demanda y presentó excepción de incompetencia por territorio pero solo a nombre de mis padres cuando todos mis hermanos y yo también éramos demandados y ahora nos han declarado rebeldes. ¿Qué podemos hacer ? Nos han citado para el día 03 de diciembre pero no sabemos si debemos presentarnos a pesar de estar como rebeldes. ¿Qué pasará con el proceso ?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Sra. Paucar:
        Consúltele mejor al letrado que les lleva el asunto. Pero en términos
        generales siempre es mejor comparecer. Un cordial saludo.

        Responder
  41. Martín Salas.

    buenas noches, si una persona es rebelde (No contesta la demanda) eso imposibilita que se reciba la causa a prueba o no?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Martín:
      No, el recibimiento del pleito a prueba (que es la fase donde se solicita la prueba, se admite y se practica)
      si bien seguramente no sea necesaria cuando el demandado es rebelde y queden los autos directamente vistos para sentencia,
      sí puede practicarse también, por pedirlo la parte o por interesarlo el juez. Un cordial saludo.

      Responder
    • Cristina

      Me declaran en rebeldía, pero no ha sido mi culpa, yo contraté abogado y procurador para responder a la demanda y lo hicieron fuera de plazo. Me dijeron que lo había hecho dentro del plazo y no fue así. Ahora que tengo que hacer?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Dª Cristina:
        Si tiene fehaciencia de que Vd le facilitó a su abogado y procurador con antelación suficiente
        la demanda para contestarla en plazo, y por dejadez o negligencia de dichos
        profesionales lo hicieron de forma extemporánea y ha sido Vd declarada en rebeldía (y dicho
        pronunciamiento es inatacable), con el perjuicio que ello le puede suponer, podrían incurrir en responsabilidad, sí.

        Responder
  42. María López

    Saludos. Si condenan al demandado por rebelde, me indican que ahora mi causa será tramitada por los abogados de embargo, cual es el siguiente paso?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. López
      No entendemos muy bien a lo que se refiere. ¿A la ejecución del
      procedimiento?. Un saludo

      Responder
      • Alicia

        Buenas me acaban de notificar.como rebeldía, cuando yo puse esa denuncia porque yo no fui, quería saber que sentencias pueden poner

        Responder
          • Isabel

            Somos españoles y residimos en el extranjero. La comunidad d propietarios nos denunció y no fuimos al juicio. ¿ Si el juez nos declara en rebeldía tendremos problemas para entrar al país a visitar a la familia? ¿Puedes entrar en España o te detienen? La deuda es de 937 euros y 310 en costas. Mil gracias

            Responder
            • Moya Marín Abogados

              Estimada Dª Isabel:
              Si se trata exclusivamente de una reclamación de cantidad civil -parece ser que por cuotas impagadas de comunidad-
              no tiene nada que ver con tener responsabilidad penal, y obviamente no les pueden detener. La declaración de rebeldía en
              ese procedimiento no les afecta en absoluto, no se preocupen. Un cordial saludo.

              Responder
  43. Mishel Enriquez

    Buena noche tengo una dudita ¿Puede ser el actor (demandante) declarado rebelde?
    si, no y ¿Por que razón?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Buenos días Sra. Enriquez:
      No puede ser declarado rebelde, porque el actor ha interpuesto la demanda y está personado en el procedimiento,
      pero si no se presenta a los señalamientos que hayan sido fijados, sí se le puede tener como desistido y se archivará
      el procedimiento, incluso con costas.
      Esperamos haberle resuelto la duda. Un cordial saludo.

      Responder
      • Alfredo Díaz Garcia

        Al declarar rebelde a un demandado tiene este algún
        Problema legal por no contestar a la demanda

        Muchas gracias

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado D. Alfredo,

          No más problemas a parte de haber perdido la oportunidad de contestar
          y defenderse adecuadamente a lo que le reclaman en la demanda. Pero
          en la jurisdicción civil, no existe ninguna otra responsabilidad, si es
          a eso a lo que se refiere. Un cordial saludo

          Responder
        • Mayra

          Hola mi hermano tiene que firmar una causa y se nos incendió la casa y nos fuimos a otro lugar y desde hay no pudo seguir firmando y ahora quiere volver a firmar y no sabe como hacer en cuarentena

          Responder
          • Moya Marín Abogados

            Estimada Dª Mayra:
            No entendemos del todo su consulta, y tal vez se refiera a una jurisdicción distinta a la española.
            Pero seguro que las autoridades pertinentes pueden aclararle cómo hacerlo. Un cordial saludo.

            Responder
            • marlene da costa

              mi hijo no tiene el apellido del padre .es especial S.donw. y la juez lo cita y esta en rebeldia. no quiere darle manutencion

              Responder
              • Moya Marín Abogados

                Estimada Sra. Da costa:
                Si está en rebeldía el procedimiento (aún siendo de filiación de paternidad) el juez
                si existen suficientes indicios probatorios puede acordar las medidas que considere
                y dictar sentencia favorable a Vd. Un saludo

                Responder
  44. Hector Enrique

    Hola Buenas Tardes, en mi caso de juicio laboral el juez me concedió por medio de un Amparo Directo la SUSPENSIÓN DE ACTO RECLAMADO, el cual la empresa nunca dio cumplimiento a dicha suspensión, y se le notifico en tiempo y forma tanto a la empresa como a su servidor, me podrían orientar por favor que puedo hacer, ya que el Abogado Defensor que me puso el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje no me ha dado razón acerca esta situación.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Hector:
      Ha habido un malentendido. Está contactando con un despacho de abogados español.
      Un cordial saludo.

      Responder
    • Joaquín

      Hola
      Solicité un abogado de oficio y me he enterado hace unos días de que me ha sido denegado junto con la factura del abogado (380€).Me dicen ahora que estoy obligado a seguir con abogado, algo que no entiendo puesto que ya no es de oficio y si privado lo cual seguiría costándome el dinero. A no ser que me declare en rebeldía. ¿Qué me supondría declararme en rebeldía?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimado D. Joaquín:
        En el artículo relacionado le explicamos los efectos de que sea declarado en rebeldía. Un saludo.

        Responder
      • Gema

        Hola buenas tardes mi ex recibió el 10 de junio la demanda de divorcio a día de hoy no se a presentado cuanto más puedo tardar en salir el juicio?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Gema:
          Si no ha contestado a la demanda en plazo, el señalamiento del juicio
          debería salir en breve, pero depende de cada Juzgado y más con estas circunstancias.
          Esperamos que no sea muy larga su espera. Un cordial saludo.

          Responder
  45. JOSÉ

    Buenas tardes ,
    Tengo una pregunta … cuando se inicia un proceso de reclamación contra una financiera y se le notifica la demanda tiene 20 días hábiles para responder a ella, si no lo hacen cuanto tiempo tarda el juzgado en resolver dicha demanda?porque claro si nunca responden esto se puede eternizar , no se si en este caso se les declara en rebeldía igual que a un particular.
    gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Buenos días D. José:
      Se les declara en rebeldía igual que a los particulares. Pero igualmente
      deberá ser juzgada y condenada. Un saludo.

      Responder
      • Sebastián

        Buenas tardes necesito hacer la siguiente consulta, yo vivo en españa y tengo unos Prestamos bancarios que he tenido que dejar de pagar ( unos 18 000 euros la suma total ) hace unos 9 meses que no puedo pagar. Quiero empezar a pagarles ya que me dicen se encuentran en contencioso. Por asuntos familiares tendré que estar en mi país argentina de 2 a 3 años. Mi pregunta es si pueden llegar a buscarme y reclamar la deuda en argentina. Gracias!!

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado Sebastián:
          Es difícil, pero sí existen mecanismos judiciales
          para reclamar una deuda internacional. Aunque
          probablemente el acreedor se quede intentando embargar o averiguar
          bienes que tenga Vd aquí. Un cordial saludo.

          Responder
  46. ANGEL

    A 28-02-2020
    Hola buenos dias
    tengo una demanada por no pagar unas facturas de unas maquinas de obras publicas. El Juicio sera en Junio de 2020.
    Bien yo estoy en el paro y solo tengo una pension de viudedad de 500 euros.
    Solicite defensa gratuita en varias ocasiones y el Colegio de Abogados no me lo a condedido.
    Me exigen estar en el Juicio con Abogado y Procurador , como voy a estar si no tengo dinero para pagar a mi Defensa?
    Este es un caso de una empresa que tenia de instalacion de placas solares hicimos una obra de instalacion y como es logico alquilamos maquinaria gruas ect.
    No pagamos porque la verad fue debido a que la empresa que nos estabamos sub contratados no nos pagos unas facturas al igual que hacienda no exigio el pago de iva de esas facturas, que tambien no pague por lo dicho anteriormente.
    Yo se que no e pagado las facturas y que no puedo pagar por lo dicho anteriormente no tengo dinero ni para mis gastos de meidos de vida con una pension y sin trabajo ya hace años.
    Que puedo hacer si es que se puede hacer si es que se puede hacer algo dentro de la Ley?
    Si no me presento al Juicio se que voy a estar en Reveldia Procesal y que sere embargado.
    Pero como estare con la Ley despues de este Proceso de No pagar unas facturas?
    Gracias por su atencion.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado D. Angel:
      Si sólo tiene esos ingresos, no es normal que no le hayan concedido Asistencia Jurídica Gratuita.
      No obstante si reconoce Vd adeudar esa cantidad, lo mejor sería intentar
      llegar a un acuerdo con el reclamanante (fraccionamiento de pago, una quita, etc..)
      Aún así, si es condenado a pagar esas facturas y no lo hace, no tiene relevancia penal, pero sí
      le intentarán embargar o ejecutar esa cantidad (más intereses y costas) a través de los bienes que le averigüen.
      Un saludo.

      Responder
      • Andrea Moscoso

        Cuando una persona es citada por edicto de prensa ¿procede la rebeldía?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Buenas tardes, un «edicto» publicado en prensa, en España no se suele utilizar para emplazar a nadie.
          Un edicto en los boletines oficiales o en el tablón de anuncios del Juzgado, sí. Un saludo.

          Responder
  47. Lorena alonso

    Buenos días me pusieron en rebeldía a mí y a tres personas más por la venta de un piso, se adelantó un dinero que se llevó mi tío(era para hacer los papeles) y está ocupando el piso en cuestión no hay manera de hablar con el, hablamos con la persona que puso la demanda dijo que la quitaría para poder hacer los papeles sin ese agobio pero no la quito y nos llegó la rebeldía, ahora que podemos hacer porque no sabemos cómo poder hacerlo y que consecuencias acarreará, muchas gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Alonso:
      Si ha sido hace poco la declaración de rebeldía, entérense si han
      señalado ya fecha de juicio/audiencia previa, y persónense con un abogado.
      Sin otro particular, un cordial saludo.

      Responder
    • Eva

      Buenas tardes
      Donde trabajo actualmente dos compañeras han denunciado a la empresa por varios motivos (antigüedad, categoría etc) no llegaron a un acuerdo con la empresa y el paso siguiente ha sido ampliar la demanda e ir contra las compañeras de la oficina cosa que no entendemos el porqué y el motivo. Hemos tenido una reunión con empresa y lo primero que nos han dicho es que no estamos obligadas a presentarnos (cosa que no me fio) y que ello no va a recaer en ninguna multa. Otra cosa que nos dicen es que pueden ir solo 2 compañeras de las 11 que estamos y cuando estemos en el juicio decir que nos adherimos a lo que diga el abogada de la empresa o como último apcion la empresa nos pone un abogado pero tendriamos que pagarlo nosotras ya que si hacen ellos frente al pago parecería que hay favoritismo palabras textuales. Estamos en una situación que no sabemos que hacer creemos que la empresa lo único que busca es sus intereses y no piensa en defenderemos o representarnos. Nos pueden aconsejar o decirnos que pasa si no nos presentamos o que deberíamos hacer. Gracias

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Dª Eva:
        Deberíamos estudiar el asunto previamente. Si quiere que se lo llevemos
        contáctenos y le facilitaremos presupuesto. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

        Responder
      • Christopher

        Que puedo hacer si en un juicio ordinario mercantil ya están realizando incidentes de liquidación y mi abogado nunca hizo nada más que pedirme que autorizara a personas. Eso fue lo que me dijo una persona en el juzgado cuando vio mi expediente. Pero que puedo hacer?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado Sr. Christopher:
          Lo lamentamos, pero con la información que nos ha dado no podemos ayudarle.
          Un cordial saludo.

          Responder
  48. Núria

    Buenos días,

    Mi ex no me passa la pensión de alimentós, me enteré que una empresa le debía dinero y le puse una demanda. La sentencia salío a mi favor. La empresa izo una transferència bancaria al juzgado el pasado 27 de novembre de 2019 y a día de hoy no he cobrado todavía.
    Me comenta el abogado y el procurador, que le tienen que notificar a mi ex … però mi ex dice que el no ha recibido nada (no se si se hace el loco). En el caso de no encontrar-lo y no poderle comunicar… cuanto tiempo voy a tardar en cobrar? pq me hace mucha falta 🙁 . Cuantas notificacions se le tienen que hacer??? y si no lo encuentran … no cobro??

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Nuria:
      Si no se le encuentra, y una vez agotada la diligencia exigible
      se le podrá dar notificado por edictos. Y en ese caso se le podrá
      embargar de los bienes y cuentas que se le encuentren. No obstante
      su abogado sabrá cómo proceder. Un cordial saludo

      Responder
  49. susana

    Buenas tardes;
    Al padre de mi hijo lo han declarado en Rebeldia Procesal.
    Le interpuse una demanda por incluminento de manutencíon desde diciembre de 2018 hasta la actualidad.
    Levo pruebas de que en más de 10 ocasiones no ha acudido las visitas.
    Creeis que podrían quitarle la patria potestad?
    Me han comentado que actualmente hay penas de cárcel por no cumplir con la manutención, es verdad?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Susana:
      Dependerá del juez de cómo considere esas circunstancias. No pagar la pensión de alimentos durante varios
      meses puede ser constitutivo de delito penado en el código penal, sí. Un cordial saludo.

      Responder
  50. Yenny

    Buenas tardes me declararon rebelde por no presentar un documento a tiempo que puedo hacer

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Yenni:
      Si ha sido demandada en un procedimiento civil ordinario, y se refiere a que no presentó
      la contestación a tiempo, puede aún así presentarse a la Audiencia Previa
      e intentar solicitar otra prueba que no sea la documental. Y que el día del juicio le asista
      un abogado para que la defienda aún sin haber contestado a la demanda. Un saludo

      Responder
  51. rocio

    Buenos días, quería comentarle la siguiente situación:

    si me declarado en rebeldía y después decido personarme, ¿qué efectos provoca esa personación?

    Gracias.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Buenos días Sra. Carrasco
      Depende del momento de la personación. Como decimos, si al haber sido emplazada no contestó en plazo y fue declarada en rebeldía,
      no obstante puede personarse en la Audiencia Previa o en el Juicio e intentar defenderse (aunque no pueda hacer valer documentos o periciales
      que hubiera tenido que presentar en el momento oportuno). Sin otro particular, un cordial saludo.

      Responder
  52. Estefani

    Que pasaría si el rebelde es admitido al proceso. Qué efectos habría para mi como parte rebelde

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Estefani:
      Como hemos respondido a otras consultas, haber sido declarada rebelde quiere decir que ha perdido
      Vd la oportunidad de contestar a la demanda en plazo y forma, pero eso no quiere decir automáticamente
      que pierda su derecho a defensa, o que el juez le vaya a dar la razón a la otra parte. Un saludo.

      Responder
      • Yeison

        Hola, me di cuenta por una amistad q yo tenía una demanda por divorcio, nunca me notificaron nada, ni mi ex pareja me llamo a decirme nada, solo se q se estaba divorciando contenciosamente. Pero al día d hoy me di cuenta q me declararon en rebeldía, quisiera saber q puedo hacer, ya que por medio del juzgado y de mi expareja no me di cuenta, aparte q no vivo en la misma ciudad y por ende no me daba cuenta de la demandapero sigo teniendo el mismo número de teléfono y q mi exesposa sabe y no me lo hizo saber. Gracias.

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado Yeison:
          Le recomendamos se persone en el procedimiento con un abogado,
          y compruebe si intentaron notificarle debidamente antes de declararle
          en rebeldía. Si no lo fue, podría pedir nulidad de actuaciones. Un cordial saludo.

          Responder
  53. Raul Gomez Vazquez

    Buenos Dias Caballero. de entrada le agradesco el hecho de compartir esta informacion con todo el publico,

    Aprovechando la ocasion queria preguntarle, ¿su anterior legislacion a que pais pertenece?
    Lo que pasa es que soy de Mexico y creo que ciertas cosas no son compatibles con lo estipulado en la legislacion de mi pais.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Gómez:
      Efectivamente le escribimos desde un despacho de España, que trabaja con la legislación española,
      y aunque seguro que es parecida, no será igual que la legislación mexicana. Reciba un cordial saludo

      Responder
  54. VERONICA ALICIA

    MUY BUENOS DIAS TENGO UNA GRAN DUDA ,SI NO ME PRESENTO A JUICIO POR ACUSE DE RECIBO POR MODIFICACION DE MEDIDAS DE PENSION FAMILIAR QUE ME HA PUESTO EL PADRE DE MIS HIJOS QUE PASA ? NI ME PRESENTO AL JUICIO ?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Dª Verónica:
      Pasará que no podrá defenderse de lo que digan. Lo que no quiere decir necesariamente que le
      vayan a dar la razón al padre de sus hijos. Pero es una oportunidad que pierde. Un saludo.

      Responder
      • David

        Hola buenas si tengo juicio civil por reclamación de dinero y no me presento al juicio que ocurre?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado Sr. David:
          Si es Vd el que interpuso la reclamación lo sobreseeran y puede que le impongan las costas.
          Si Vd es el demandado, lo declararan en rebeldía y probablemente le condenen a pagar. Un saludo

          Responder
    • Elena

      Buenos días , me han declarado en rebeldía por un procedimiento de modificación de medidas de mis hijos, por no haberme personado ni contestado en plazo a la demanda. Hay señalado juicio para dentro de 2 semanas. Podría perdonarme con un abogado y defenderme el mismo en dicho juicio proponiendo pruebas etc? O ya no puede defenderme?

      Gracias

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Dª Elena:
        Depende del procedimiento. Pero en principio , aunque haya perdido
        Vd la oportunidad de oponerse por escrito y acompañar documentos,
        sí puede Vd personarse con un abogado, acudir a la vista, y proponer
        otro tipo de prueba como interrogatorio de parte. Un saludo.

        Responder
  55. Alejandra

    Buenos días, yo tengo una duda.
    A un persona que se ha declarado en rebeldía se le puede multar o puede ir a la cárcel

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sr. Alejandra:
      Depende de si es en un tema penal o civil. Si es un asunto civil, (como el que nos referimos en el artículo)
      no supone multa o cárcel, tan sólo que no se ha personado ni contestado a la demanda, con lo que ello supone.
      Un saludo.

      Responder
  56. Victor

    Buenos días,
    He puesto una demanda de juicio verbal y la parte demandada ha sido declarada en rebeldía. En el escrito en el que me notifican la rebeldía del demandado me solicitan que me pronuncie sobre la celebración de la vista durante tres días, ¿Qué debo hacer? ¿presentar un escrito en el juzgado diciendo que quiero que se celebre la vista?
    Gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Víctor:
      Si está en rebeldía el demandado y su demanda está bien argumentada, no creemos que sea
      necesario celebración de vista. Pida que se quede visto para sentencia, que el juzgado
      seguramente agradezca realizar un trámite menos. Un saludo.

      Responder
      • Kendry

        Hola, un amigo que había cumplido una condena le había impuesto tomar unas charlas de rehabilicion a la cual el no asistió y lo volvieron a detener usted cree que su detención sea por mucho tiempo?

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimado Sr. Kendry:
          No llevamos asuntos penales. No obstante, para que otro abogado le pueda responder, faltan muchos datos.
          Un saludo.

          Responder
  57. Diva sanchez

    He recibido una notificacion rebeldia. Donde me reclaman una deuda la cual no he podido pagaryaqtengo nomina embargada por otra financieta. Notificacion pone DILIGENCIA DE ORDENACIÓN..que signfica puedo ir a la carcel

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Sánchez:

      No, no irá a la cárcel. Si ha sido declarada en rebeldía significa que no ha contestado a la demanda. Pero es un asunto civil.
      Seguirán embargándole cantidades hasta cubrir la deuda. Un saludo.

      Responder
      • Diva sanchez

        Ok muchas gracias estaba preocupada por si iba a la carcel es lo q mas temo yo estoy pagando poco a poco varias deudas lo que no puedo pagar son todas ppr q no me llega mi sueldo soy consciente de q mantengo esas deudas y por eso me demandan y a la vez tengo cuenta embargada de verdad q pesadilla estpy viviendo …

        Responder
  58. Maria

    cuanto tiempo tienes para entregar la documentación en el colegio de abogados para pedir asistencia gratuita después de recibir una demanda
    Gracias

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada María:

      Lo antes posible, e indique en el Juzgado que ha solicitado asistencia jurídica gratuita (turno de oficio)
      para que se suspenda el plazo para contestar a la demanda, si no seguirá corriendo. Un saludo.

      Responder
      • Emilia

        Me llegan notificiones a mi casa que me tengo que presentar en muchos lugares, pero por el temq de mi trabajo no pude ir, queria saber como puedo ver eso o solucionarlo, temgo que hacer tareas comunitarias y firmar y no pude asistir

        Responder
          • Antonella

            Hola una consulta ..tengo un juicio en suspensión.. me pusieron pagar una multa ..que todavía la parte restante quedan por avisarme..bueno tenía que presentarme a firmar ..pero las pocas veces k fui no estaba abierto y por tiempo tampoco pude volver a ir..me llego una notificación ase poco que no llegue ni leerla ni verla ya que mi mamá solo pasó sus datos..ni firmo..pero le tomaron los datos y ella solo llego a entender lo último que desia punible penalmente?que seria??que puede pasar??

            Responder
            • Moya Marín Abogados

              Estimada Dª Antonella:
              Lo lamentamos, pero con la información que nos ha proporcionado
              no podemos aventurarnos a adivinar qué ha pasado. Intente
              averiguarlo y personarse con un abogado. Un cordial saludo.

              Responder
    • LUIS

      Estudia si te interesa acogerte a la ley de segunda oportunidad.

      Dependiendo de tu situación, puede ser una solución.

      Un saludo

      Responder
    • Carolina

      Hola fui demandada en lo mercantil y mi aval no recibio notificacion y ahora desisiten de mi e indican que el juicio ahora es contra el por rebeldia.

      Responder
  59. Andres

    Hola.
    Se podría cancelar una demanda de tráfico si las dos partes ya se han puesto de acuerdo y el demandado no ha contestado la demanda? El abogado del demandado ya ha escrito que quiere cancelar la demanda, y el demandado también debe contestar? o ya es suficiente por la parte del demandante?
    Gracias.

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimado Sr. Andrés:
      Si aún no sido emplazado el demandado, será suficiente con que el demandante (el que reclama)
      presente un escrito al juzgado desistiendo de la demanda, pero si ya ha sido emplazado, deben ambas partes
      presentar un escrito conjunto desistiendo conjuntamente. Un cordial saludo.

      Responder
    • milo

      Hola buenas
      Quería preguntar si una persona que se declara en rebeldía
      Si se le cita a juicio y acude

      Puede negarse a presentar su declaración de renta ( es alemán y reside en Alemania y trabaja )
      Pero tiene un juicio por custodia de 2 niños españoles en España .

      Y puede recurrirla la STC
      Agradecida
      Gracias

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Sra Malena:

        Un demandado puede estar en rebeldía y negarse a presentar
        documentación, pero el juez lo debería tener en cuenta y tomar
        las medidas oportunas. La sentencia podrá ser recurrida, pero si no se
        opuso debidamente difícilmente prosperará su recurso, puesto que no puede
        reproducir ningún argumento.

        Un cordial saludo.

        Responder
  60. sarita

    caso de alimentos:
    maria demanda alimentos a Juan, ambos están en distintas Provincias, Juan no tiene domicilio dentro de la ratio donde fue demandado, por ello contesta la demanda y señala domicilio procesal dentro de su ratio y no dentro de la ratio de Maria, juez pide subsanar y que señale nuevo domicilio procesal, pero el no contesta la demanda por que desconoce algún domicilio dentro de la ratio de Maria por ello es declarado rebelde.
    pregunta: Juan no tendrá el derecho de apelar la sentencia de primera instancia, si el Juez accede al monto del petitorio solicitado por la demandante?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Sara:

      Creemos que por el vocabulario que emplea, su consulta se trata de un asunto fuera de España, y en todo caso incumbe a un derecho que lamentablemente desconocemos (derecho argentino o de otro ordenamiento jurídico de Sudamérica) , puesto que somos un despacho de abogados sito en Almería y Madrid (España). Le mandamos un cordial saludo.

      Responder
  61. allina jerca

    Buenos dias, he tenido un siniestro en junio de 2017, yo siendo la culpable del siniestro. Los coches han cido averiados del impaccto y no hubo ninguna victima. A venir la policia por la demanda del otro conductor,nos ha hecho el informe de los hechos, la ambulancia ha attendido los ocupantes del coche implicado y a mi, declarandonos a todos muy asustados , la senora acompaniante del vehiculo contrario muy muy sustada del impacto y todo bien de momento. Informe de inmediato a mi compania aseguradora del siniestro y me dijeron que no tengo que preocuparme de nada, que a partir de ahora se van a ocupar ellos . A cabo de una semana me llamaron de la compania aseguradora contraria para confirmar los hechos, los he dicho que he pasado el siniestro a mi compania , y he preguntado de la senora acompaniante del otro vehiculo…me dijo que esta bien, que no me preocupo por nada , que solo lleva un collar por precaucion, que asi lo impide el procedimiento..y nada mas.En mayo de este ano, 2019, he recibido una carta en cual fuy citada como parte demandada junto con mi compania aseguradora, por motivo de impago de las candidades solicitadas de la parte demandada..por lo visto la persona acompaniante del coche a necesitado 530 dias de recuperacion, sin ninguna de ingreso hospitalario.En la carta pone que ella pedia 33000 euros, y la compania le ha pagado , conforme con el peritaje medical efectuado, solo 18000. en la carta me demandava a mi como persona fisica junto con la compania, para pagar 15000 restantes mas los gastos del juicio de unos 3000 euros, un total d aproximadamente 18000 euros, y que tenemos que presentarnos en juicio
    Como jui en extranjero, he llamado a la compania aseguradora pasa, y ME DIJERON que no tengo que compadecer en ningun juicio, que se presentaran ellos y arreglaran todo como es debito.TENFO un seguro total plus con defensa juridica,y me seguraron QUE NADA, QUE NO HAY QUE HACER CASO Y NO PRESENTARME EN NINGUN LADO QUE ASI ES EL PRODECIMIENTO y todo se arreglara
    Por supusto, ayer, viernes, en dia de 14 de junio a.c, al llegar del trabajo, encontre una notificacion electronica que llego al ajudamiento en cual pone que soy notificada como unica parte demandada en juicio de recuparacion de estos 18000 euros, y CONSIDERADA REBELDE JUCICIAL POR NO PRESENTARME EN EL JUICIO ANTERIOR para declarar los hechos
    Como es posible esto?? El avogado de mi compania presentando.se, como es posible que me demanden como persona fisica, yo facilitando.le desde elprincipio mi seguro, y cobrando del seguro la mitat de que piden por un dano corporal que al fin y al cabo yo no fuy informada en ningun momento que existia, solo al final cuando no han cobrado que han pedido.Que hago en este caso, con un juicio en 2 dias como rebelde judicial y por que me demandan a mi si han cobrado la mitat de la aseguradora?

    Responder
    • Moya Marín Abogados

      Estimada Sra. Jerca:

      Si bien las compañías de seguros responden de su asegurado, el reclamante está en su derecho de reclamar
      al conductor responsable y su la compañía, o sólo a uno de los dos. Aunque lo normal es que sólo se demande
      a la compañía contraria. Le recomendamos que contacte con su Cia de seguros, para que, a pesar de haber
      sido Vd declarada en rebeldía le aseguren que finalmente van a responder ellos en caso de ser condenados por más cantidad .
      Si no, le podría Vd reclamar a su propia compañía si su póliza no tenía ninguna limitación. Un cordial saludo.

      Responder
  62. andres

    Buenas tardes. Hace dos meses firmé un contrato de arras de un piso no habitable que había que reformar y en dicho contrato se puso la condición de que el vendedor tenía que arreglar el techo del piso. El mismo día de la firma de las arras, el vendedor me dejó la llave del piso, para yo poder ir por el piso con diferentes empresas para valorar los arreglos que yo quería realizar y de hecho fui varias veces con diferentes personas. Un mes despues, el ultimo dia limite para la firma de la compra venta, antes de ir a la firma, fui al piso con un aparejador para verificar que el vendedor habia realizado el arreglo del techo pactado en arras.
    Debido a que no lo habia realizado, cosa que yo me habia percatado dias antes. Pues ese mismo dia le envie: email, whatsapp y burofax (que no quizo recibir, no lo recogio de correos). Donde yo le decía que no firmaría por incumplimiento de contrato y que me devolvieran el dinero dado en arras. Ni siquiera quería el doble como me correspondería en contrato. Una semana despues recibo un correo electronico, diciendome que los trabajos que había que realizar estaban hechos. Y que además me había denunciado por entrar ilegalmente en la propiedad.
    Yo no les he reclamado judicialmente todavia el doble de las arras, puesto que estoy esperando respuesta de mi petición de abogado gratuito.
    La pregunta que quería hacerles es:
    Me encuentro actualmente en el extranjero. Y hace 2 días la policia local ha ido por mi casa y al no haber nadie (vivo solo), han dejado un papel para que vaya a recoger documentacion oficial de mi interes.
    Estoy seguro que será algo del juzgado relacionado con la denuncia que me pusieron. Puede ser citandome a declarar o para el propio juicio.
    Nadie ha recogido nada y solo se por un vecino que ha visto dicho papel de aviso en el suelo.
    El tema es que estoy de vacaciones fuera de españa y no pensaba regresar hasta dentro de al menos un mes. ¿Pero que puedo hacer para que no tenga problemas por no asistir a una mas que probable citación?
    ¿Debería decirle a alguien que me recoja los papeles y en caso que sea una cita en breve, podría solicitar por email o algo asi el aplazamiento hasta mi vuelta de vacaciones?
    ¿Cual sería los siguientes pasos que harían si no me localizan?
    ¿Y por ultimo, si tienen alguna opinion sobre la posibilidad que me condenen por la citada denuncia por enrtada ilegal en casa no habitada ni habitable, ya que el vendedor me dió la llave para yo poder entrar, pero no tengo un escrito donde me lo diga. Aunque si he entrado con varias personas para que me presupuesten los trabajos a realizar e incluso nos hemos cruzado en el piso con algun fmiliar del vendedor, que nos ha visto entrar con la llave.
    Gracias

    Responder
    • Carla, Ll

      Cuantas notificaciones o citaciones , para una comparecencia ya con sentencia firme, tiene que rechazar un demandado para declararlo en rebeldía?

      Responder
      • Moya Marín Abogados

        Estimada Dª Carla:
        Si el Juzgado ha intentado notificarlo fehacientemente en el domicilio
        correcto, y ha sido el demandado el que ha rehusado cogerlo , con una basta.

        Responder
  63. renzo

    buenos dias en mi caso ya s ele notifico tres veces a la demandada por causal de divorcio la cual no asistio a ninguna pero pasa que en sernot decian que no daban con la direccion hasta que yo me acerque y hable con el juez luego de que el hablara con la secretaria y le pudio que haga el seguimeinto .. bueno.. ahora me dicen desde de 8 mese de espera que lo impulse mi abogado como haria ahora ya que el se encuentra de viaje y que quiere decirme ocn impulsarlo ??..

    gracias.

    Responder
    • Moya Marín

      Estimado Sr. Renzo:

      Buenos días, normalmente con «impulsarlo» se refieren a que se presente algún escrito solicitando el impulso procesal, es decir pidiendo que se reactive y continúe el asunto.

      Responder
  64. Micol

    Buenas noches a mi me notificaron por pension alimenticia a la casa de mis padres yo trabajo y radico en otra ciudad asi que mi padre devolvio el exp. Pero lo declararon inadmisible dandolo por bien recibido , declarandome rebelde y citandome para el 16 de msyo. Mi pregunta es ahora que tengo que hacer?

    Responder
    • Moya Marín

      Buenos días Dª Karina:

      Si se refiere a que le han notificado una citación judicial (aunque sea a través de sus padres) o una demanda, debería personarse en el procedimiento o informarse qué le reclaman. Sin otro particular, un cordial saludo.

      Responder
  65. Manuel

    Buenos días,
    La Fuscslia ha iniciado un procedimiento de tutela por incapacidad por un problema de salud mental
    El demandado no se ha presentado en el plazo indicado
    Creo que lo siguiente es declarar en rebeldía por no personsrse?
    Que pasará con ese sujeto declarado en rebeldía ?
    Quedo a la espera de su respuestas
    Gracias

    Responder
    • Moya Marín

      Estimado Sr. Quiñonero:
      Si la incapacidad la ha instado el Ministerio Fiscal, lo normal es que si no se persona nadie en su defensa, que sea nombrado un defensor judicial para velar por sus intereses.
      Un saludo.

      Responder
  66. Miguel Navarrete Espejo

    Como arrendador he ganado 2 sentencias favorables a mi. Una del juzgado local de primera instancia de orizaba ver y el segundo confirmando la sentencia por el TSJ de Veracruz. El 19 de Feb 2019 recibí una notificación de amparo promovida por la arrendatarios ante juzgado federal por juicio de garantías emplazandome a proporcionar domicilio para oir y recibir notificaciones en un término de 3 dias. Mi abogado lo hizo hasta después de 10 dias. Esto me deja en indefensión por rebeldía? Agradeceré su comentario

    Responder
    • MoyaMarin

      Estimado Sr. Navarrete:
      Disculpe, pero creo que existe un malentendido, está contactando con un despacho de abogados sito en Almería (España) y creemos que
      se refiere a un asunto en México, cuyas leyes son distintas. Un saludo.

      Responder
  67. Elizabeth Rosales

    Hola.he demandado a unapersona que no me ha devueltola fianza por alquiler d euna habitacion.La handeclarado en rebeldia porque no contesta no recibe las notificaciones.he recibido sentencia y la he ganado ella debe pagarme coninteres ,pero no se le ha podido notificar la sentencia.yo he solicitado la ejecucion d ela sentencia pero ha sudo denegada por que la sentencia nole ha sido entregada .ahora debeo de solicitar la notificacion de la sentencia por edictos’ si ya ha sido declarada rebelde?.
    Un saludo

    Responder
    • MoyaMarin

      Buenos días Sra. Rosales, a la consulta que nos hace, efectivamente tienen que notificarle la sentencia a la demandada rebelde, si no la encuentran en ningún domicilio conocido, una vez agotada la diligencia exigible, deberá notificarse la sentencia dándole publicidad a través de edictos o de boletines oficiales.

      Responder
  68. Sonia Onetti Gómez

    Buenos días, ayer recogí una carta donde me emplazan a presentarme en 20 días a contar desde el siguiente al de la fecha de emplazamiento en el juzgado de mi ciudad por un impago de deuda. Pero el emplazamiento tiene fecha del 20/12/2018 y yo recibí la notificación esta semana. Indican que me declararán en rebeldía pasado ese plazo. Cómo debo proceder…?? Gracias

    Responder
    • MoyaMarin

      Buenas tardes y gracias por su consulta. El plazo de 20 días para personarse y contestar comienza desde que Vd. recibió la citación, con independencia de la fecha de ésta. Desde luego lo más recomendable es personarse en los autos con abogado y contestar a la demanda, dentro del plazo de 20 días concedido. Si quiere, mándenos la citación que ha recibido a moyamarin@moyamarinabogados.es y estudiaremos su caso sin compromiso. Saludos.

      Responder
      • marina

        Hola
        Un personaje me debe dinero con sentencia firme, el juzgado ha ordenado su busqueda a la policía pero dicen que no le encuentra, qué puedo hacer?
        Gracias

        Responder
        • Moya Marín Abogados

          Estimada Sra Gavino:
          Si está personada con abogado en ese procedimiento lo normal es seguir instando
          averiguación patrimonial sobre el deudor y solicitar se le embargue todo lo que le encuentren (a través de Hacienda, DGT, Bancos etc…)
          Si se refiere a que no le pueden notificar la sentencia se podrá publicar por edictos.

          Un saludo.

          Responder
          • Kathia

            Buenas tardes mi ex esposo y padre de aún mi menor hijo me hizo una demanda por nulidad de paternidad en el juzgado civil con sede aucayacu yo respondí en su momento pero me solicitaron una dirección de la zona urbana y como no conozco a nadie en esa zona no volví a contestar y ahora me declararon rebelde.
            Mi residencia es en la ciudad de Lima y de la parte demandante también no entiendo xq el juez no consideró que no podemos ir a aucayacu es más mi hijo estudia acá en Lima y esta a dos meses de tener 18 años.
            Que se puede hacer una vez que dicten sentencia

            Responder
            • Moya Marín Abogados

              Estimada Kathia:
              Creemos que ha habido una confusión. Está contactando con un despacho de abogados de Almería (España). Aunque
              se pueden parecer, el derecho peruano tendrá diferencias con el español. Un cordial saludo y le deseamos suerte.

              Responder
              • Nicolas

                Estimados abogados, me han declarado en rebeldía por una deuda con una financiera, me pueden embargar todo mi sueldo, mi sueldo es el salario mínimo, espero su respuesta un saludo.

                Responder
                • Moya Marín Abogados

                  Estimado Sr. Nuñez: Si no ha contestado a la demanda, y está justificada esa deuda, probablemente sea condenado. Otra cosa
                  es que en ejecución de esa sentencia no puedan embargarle el salario, si no supera el SMI, si lo supera por poco le podrán embargar el 30%
                  así como si le encuentran otro tipo de bienes o cuentas. Deseamos le vaya bien.

                  Responder
            • Jose

              Hola e demandado a mi ex mujer para una modificación de medidas en la pensión de alimentos ya que uno de mis hijos tiene 21 años y trabaja, ella no a contestado a la demanda , podría reclamarle lo que le estoy pasando de más cuando nos llamen a juicio ? Gracias

              Responder
              • Moya Marín Abogados

                Estimado D. José:
                En principio no, la modificación de medidas no tendrá efectos retroactivos, aunque deberíamos
                conocer el asunto. Sin otro particular, un cordial saludo.

                Responder
          • Rosa

            Buenos días, mi consulta es la siguiente:
            Durante el año 2020 en plena pandemia me quedé sin trabajo y a duras penas pude ir pagando el alquiler, aunque fui haciendo ingresos en la medida de mis posibilidades, en Diciembre de ese año y teniendo una deuda con mi casera de 2000 euros y habiendo solicitado la ayuda al alquiler hasta hoy sin respuesta decidí marcharme para no acumular más deuda y no perjudicarla más.
            Durante el año 2021 he estado sin trabajo y viviendo gracias a la ayuda de amigos, sin domicilio fijo al que me pudieran notificar, recientemente empiezo a trabajar y me embargan la cuenta por importe de 5000 euros.
            Mi pregunta es que puedo hacer ahora y ante esta situación, teniendo una nómina de 850 euros, y sin haber podido defenderme y explicar mi situación.
            Muchas gracias

            Responder
            • Moya Marín Abogados

              Estimada Dª. Rosa:
              En relación a su consulta, le hemos escrito a su correo preguntándole
              una serie de dudas. Un cordial saludo.

              Responder

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